16 May 2008
La Asociación Custodia Paterna nace para ayudar a los padres divorciados
La Asociación Custodia
El Centro de Prensa de Zaragoza ha sido el escenario escogido por
“Queremos hacer consciente a la sociedad de la realidad que existe, de que los hijos necesitan a ambos padres, y si esto es lo mejor para los hijos según los profesionales de este sector, entonces, que sea ése el ratio para un juez al momento de otorgar custodias compartidas”, ha enfatizado el presidente de
Esta ventana de solidaridad entre afectados por un "doloroso proceso" ofrece la posibilidad de encontrar un apoyo, dentro de un amplio abanico de posibilidades, para que los “nuevos pobres”, según manifiesta Bona, no queden tan desvalidos como hasta ahora que, después de muchos años de matrimonio, se ven desprotegidos socialmente a una edad en que comenzar de nuevo ya no resulta fácil, sin ayudas o apoyos terapéuticos, económicos y/o legales.
Esta innovadora iniciativa contempla la posibilidad de ofrecerle a la sociedad nuevos puntos de vista a través de su página web: www.custodiapaterna.org . Para ello, Custodia Paterna ha contemplado la existencia de un foro público donde diferentes contenidos den cuenta de una realidad mediante una base de datos informativa que, a modo de hemeroteca, incluye artículos de dominio público sobre
Por otro lado, existe un foro privado para socio donde se pueden coordinar estrategias conjuntas de apoyo entre madres y padres divorciados para lograr soluciones beneficiosas para todas las partes implicadas en un divorcio.
Asimismo,
Para ello, Custodia Paterna ha dado un primer paso remitiendo su carta de presentación al fiscal general del Estado así como al Consejo del Poder Judicial y al Justicia de Aragón, ya que en
15 May 2008
Indignación ante el apoyo del T. Constitucional a la ley integral de violencia de género
CONFEDERACIÓN ESTATAL DE ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES SEPARADOS
Paseo Zarategui, 100. Edificio Txara 1. 20015 - Donostia
Presidente: Justo Sáenz
Más información en: www.custodiacompartida.org
NOTA DE PRENSA:
Indignación ante el apoyo del T. Constitucional
a la ley integral de Violencia de Género
Madrid, 14 de mayo de 2008
La disconformidad de esta Confederación de Asociaciones con el sentido de dicha resolución se sustenta en las siguientes valoraciones:
1. La citada norma de 2004 constituye una agresión a
2.
3. Por si fuera poco, esta política y el encaje de bolillos que para justificarla el propio TC ha estado intentando a duras penas tejer en la resolución anunciada recientemente, no sólo constituyen verdaderas reformas encubiertas, no declaradas y fraudulentas de nuestra Constitución, sino que además nos apartan más y más del marco jurídico de la Europa comunitaria, cuyo ordenamiento ha sido un referente en
4. Resulta especialmente llamativa, entre la argumentación que, según refería hace pocas semanas la prensa, ha manejado el TC para avalar la Ley, la fórmula eufemística sustitutiva del término "discriminación" utilizada para justificar esa misma discriminación, cuando se apela al "mayor desvalor que supone la conducta del hombre que maltrata a su pareja". Un desvalor en el que basar un agravante penal es aceptable si penaliza la conducta; no es aceptable, en cambio, cuando se plantea penalizar al individuo por el hecho de pertenecer a un sujeto colectivo (en este caso, además, de carácter genético), de tal manera que si no perteneciere a él dejaría de ser punible esa misma conducta. Por ejemplo, es un agravante legítimo de la pena el hecho de que cualquier persona (hombre o mujer) ejerza violencia sobre otra cuando existe relación de parentesco, y más todavía si se ejerce desde un padre o madre sobre unos hijos. Igualmente puede y debe considerarse agravante el hecho de que la violencia se produzca en el marco de una relación de pareja, actual o pasada, sea quien sea el sujeto que la ejerza, rubio o moreno, hombre o mujer, gordo o alto. Eso es un desvalor, violentar al ser que ha sido amado, pero no lo es o no debería serlo el hecho de que en el DNI aparezca la etiqueta: varón. También es aceptable como agravante la conducta objetivamente sexista, como es calificada de agravante, por ejemplo, la conducta racista. De igual modo que se aplica un agravante cuando alguien ejerce violencia sobre una persona de color por ser de color, porque pretende su sometimiento por ser de color (pero ojo, no todas las personas de color agredidas son objeto de violencia por el hecho de ser de color), de modo análogo, si la violencia ejercida sobre una mujer se ejerce efectivamente "por el hecho de ser mujer", esto es, que hay una justificación o una motivación de la violencia en la creencia o ideología del agresor de considerar a la víctima un ser inferior por ser mujer, en ese caso, puede aplicarse lógicamente el aumento de la pena que prevé todo agravante. Pero no es esto lo que establece
5. En absoluto. Lo que esta Ley establece es que cualquier conflicto entre un hombre y una mujer entre los cuales exista o haya existido relación sentimental obedece, per se, a una motivación sexista, a un deseo de dominación del hombre sobre
6. Al eufemismo del "desvalor", el TC pretende añadir, según refería El País, la argumentación de que la conducta del maltratador (hombre) es más reprobable por ser "más frecuente". De acuerdo con los datos del Centro Reina Sofía para el estudio de la Violencia, la violencia que ejercen las madres sobre los hijos es estadísticamente mucho más frecuente que la que ejercen los padres sobre la prole, pero no por eso se le ocurre a nadie criminalizar a las madres, ni aplicar un criterio discriminatorio en el tratamiento penal de estas conductas igualmente reprobables. También es de todos sabido que, dentro de la violencia que sufren las mujeres, en los últimos años el porcentaje de víctimas donde el agresor es extranjero es porcentualmente muy superior al índice de población extranjera en nuestro país. Es decir, aunque objetivamente la violencia que ejercen los extranjeros sobre sus parejas es mucho más frecuente, sin embargo, por fortuna todavía no se le ha ocurrido al legislador castigar más severamente a los agresores extranjeros por el hecho de ser extranjeros ni está en el ánimo de nadie criminalizar a este colectivo, que ya se encuentra en una situación bastante precaria.
7. Para mayor absurdo, la ideología subyacente en
8. En tal sentido se ha de resaltar que la norma resulta claramente discriminatoria para las propias mujeres, a quienes se considera, por el mero hecho de ser mujeres, inferiores a los hombres en la relación de pareja. Tal definición y conclusión contenida en la norma resulta humillante para la mujer española de siglo XXI, sin perjuicio de reconocer que siguen existiendo situaciones de discriminación y mujeres que siguen sufriendo situaciones de dominación machista, situaciones que, sin duda, hay que corregir y mujeres que hay que proteger y que, sin embargo, se ven perjudicadas con esa consideración genérica, extensiva a todo el género femenino.
9. Como conclusión, creemos que tanto
10.
14 May 2008
El Constitucional avala la ley integral contra la violencia de género
Siete magistrados votan a favor y cinco en contra del artículo que permite aumentar las penas en caso de que el maltratador sea el varón
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EFE / ELPAÍS.com - Madrid - 14/05/2008
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El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado hoy por siete votos a favor y cinco en contra la constitucionalidad del artículo 153.1 del Código Penal modificado por la ley de violencia de género y que permite elevar las penas en los casos en los que el varón sea el agresor y la mujer
La resolución del Pleno del TC obedece a una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia respecto al mencionado artículo. La duda de la juez se sustentaba en la posible violación del principio de igualdad ante la ley recogido en el artículo 14 de
Según informa Julio M. Lázaro, los siete votos a favor han correspondido a la presidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas, al vicepresidente, Guillermo Jiménez, y a los magistrados progresistas Elisa Pérez Vela, Eugeni Gay, Pascual Sala, Manuel Aragón y Pablo Pérez-Tremps. Han votado en contra los magistrados conservadores Roberto García-Calvo, Vicente Conde, Javier Delgado, Jorge Rodríguez-Zapata y Ramón Rodríguez-Arribas.
Desde la aprobación de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se han presentado 180 cuestiones de inconstitucionalidad, de las que el Constitucional ha admitido a trámite 127 en relación al artículo 153.1. a cargo de doce jueces, de los 835 competentes en asuntos de violencia machista que hay en España.
El resto de las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas se refieren a los artículos 171.4, 172.2 y 148.4 del Código Penal, que también fueron modificados por la ley de violencia de género, y que establecen un agravamiento de las penas por lesiones o amenazas en caso de que el agresor sea un varón.
La norma entró en vigor el 22 de diciembre de 2005, aunque su capítulo penal y judicial no tuvo vigencia hasta seis meses después.
El aumento de las penas en los casos en que el maltratador sea hombre resultó ser uno de los puntos que generaron una mayor polémica durante la tramitación parlamentaria de la ley, apoyada de forma unánime por todos los grupos políticos.
13 May 2008
Carta a la Ministra de Igualdad a través de su blog "Amanecer en Cádiz"
Carta a la ministra de igualdad
http://www.asdimcc.org/node/102
Señora Ministra quisiera saber si tiene usted la intención de reunirse con
Desde que tomó posesión de su cargo sigo oyendo hablar mucho de igualdad (se les llena la "boca" ;) pero dicha igualdad también ha de ser real en las custodias de nuestros hijos. Es un total anacronismo que en esta España del siglo XXl más del 95 % de las custodias recaigan en manos de las mujeres y apenas un 3 % en manos de los hombres.
Siempre he dicho (y lo seguiré diciendo) que custodia compartida es "sinónimo de igualdad real y efectiva" entre mujeres y hombres. Sin dicha corresponsabilidad la anhelada incorporación de la mujer al mercado laboral (y a los estudios) seguirá siendo una "quimera".
Es totalmente inaceptable que halla padres custodios que recurran a terceras personas para hacerse cargo de sus hijos mientras el padre no custodio (o visitador) queda como una mera "figura contemplativa".
Ni que decir tiene que la lacra de la "violencia doméstica" se vería disminuida, pues creo que uno de los orígenes de dicha violencia está en que uno de los padres queda apartado de sus hijos y no es capaz de asumirlo o aceptarlo. No quiero con ello justificar que todo aquel que pierda la custodia de sus hijos "recurra" a la violencia (ni de lejos) , pero debemos entre todos buscar la raíz de dicha situación y una vez que las tengamos poner los medios.
También quisiera manifestarle Señora Ministra mi más absoluta disconformidad por la utilización mediática de terminología como "violencia machista" o "terrorismo machista". La violencia por desgracia se está ejerciendo por ambos sexos (mucho más por parte del hombre) pero parece ser que "vende" más la aparición en los medios de comunicación de aquellos casos protagonizados por hombres.
Le remito a mi blog http://lacomunidad.elpais.com/antoniopegaso en el cual podrá leer información sobre todo lo relacionado con la custodia compartida, violencia doméstica etc y también podrá leer artículos de prensa y condenas por violencia en el seno de la pareja en el cual la mujer ha sido la denunciada o detenida.
Debemos tener muy claro que cuando una pareja se rompe (si hay hijos) ambos hemos de velar por los mismos, no es de recibo recurrir a estrategias (denuncias falsas) con el único cometido de agilizar el divorcio y obtener la "recompensa material y económica" (vivienda, coche, pensión compensatorio y de alimentos etc).
Hemos de pensar que nuestros hijos son responsabilidad de mamá y papá, por consiguiente si mujeres y hombres vamos de la mano ello redundará en beneficio de nuestros hijos. Si cada uno hace la "guerra por su cuenta y riesgo" solo conseguiremos dañarles y fomentar esta lacra que es la violencia doméstica.
Tengo depositadas muchas esperanzas en usted Señora Ministra, y le puedo decir que al igual que yo hay muchas personas en España que confian en que usted y su equipo puedan tomar medidas para que la "igualdad" en todos los aspectos de la vida dentro de poco se convierta en algo natural y que deje de ser notícia, pues será una gran victoria para la sociedad española en su conjunto.
Reciba un cordial saludo y espero que le llegue esta misiva.
Atentamente Antonio Fernández Castillo.
Alcalá de Guadaíra (Sevilla)
Fuente: http://bibianaaido.wordpress.com/
Informe técnico de La Comisión Deontológica del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid
Informe técnico de
Cúmpleme informar que tras debate y aprobación por parte de
Entendemos que lo recomendable en estas situaciones de informe conjunto, sería que cada profesional se atribuyese dentro del texto las afirmaciones concretas que realiza dentro de su estricto ámbito de competencia profesional, siendo claramente identificables los apartados escritos por psicólogo, trabajador social y educador, de forma que se pueda responsabilizar a cada uno de las apreciaciones que estima dentro de su campo de conocimiento.
Ahora bien, el objetivo del informe es una valoración integral que exige necesariamente la interdisciplinariedad, por lo que seguirá siendo imprescindible que haya un apartado de valoración global y conclusiones-recomendaciones en el que todo el equipo plasme una valoración consensuada y de conjunto.
El trabajo inter y multidisciplinar exige la conjunción y sinergia de aportaciones, si bien asumiendo la responsabilidad que cada profesional contrae. Y dicho lo anterior, en el ámbito de la justicia existen equipos profesionales que están así referenciados en las normas tales como
Estamos ante un tema en que la práctica cotidiana, la inmediatez, la flexibilidad, la adaptación a las demandas judiciales a veces en distintos foros, lleva a este trabajo en equipo donde la responsabilidad es compartida, si bien se estima que cada profesional (reiteramos) debiera firmar su aportación a título individual para concretar sus responsabilidades y realizar dicha firma también en la parte conjunta de equipo referida a valoración, diagnóstico, asesoría.
Estimamos que dadas las características de los profesionales que se desempeñan en el ámbito de la justicia, ha de considerarse ajustado a la normativa jurídica que les ampara y obliga, el que se eleve un informe conjunto del psicólogo y otro u otros profesionales sin diferenciar los apartados del mismo. En todo caso, y desde nuestro Código Deontológico, no parece asumible ni prudente manejarse de esta manera pues lleva claramente a equívocos. Pudiéramos concluir que existe un punto de fricción entre la ley y el Código Deontológico del psicólogo mucho más garantista. Creemos que puede resolverse esta disparidad de criterios firmando conjuntamente los miembros del equipo pero dividiendo el informe en distintos apartados que amparen la función, objeto de trabajo y conclusiones de los distintos profesionales, ya sean estos educadores, trabajadores sociales, psiquiatras o psicólogos. Esta es la línea de actuación que ha de seguirse sin duda.
En conclusión, la emisión de informes firmados conjuntamente por un psicólogo y cualquier otro profesional sin diferenciar qué apartados del mismo ha realizado cada profesional no se ajusta a nuestro código deontológico. Caso contrario se conculcaría el artículo 14 pues el psicólogo con su firma daría autenticidad a profesionales que sin su titulación y preparación podrían confundirse con el ejercicio de la Psicología. ¿Cómo discriminar lo aportado por cada uno? ¿A quién ha de consultar el juzgador? Además el principio de independencia y autonomía profesional amparado en el artículo 16 del Código Deontológico del Psicólogo podría quedar también contaminado. El artículo 17 de dicho Código, cuando habla de la autoridad profesional del psicólogo también podría quedar confundido, asimismo el artículo 19 del mismo código podría llevar a equívoco en lo referente al material, evaluación, intervención o tratamiento estrictamente psicológico.
Por último, el artículo 21 del citado Código Deontológico resulta concluyente al especificar “el ejercicio de la Psicología no debe ser mezclado, ni en la práctica, ni en su presentación pública, con otros procedimientos y prácticas ajenos al fundamento científico de la Psicología”.
Trabajo interdisciplinar sin duda, en equipo magnífico, pero siempre identificando la aportación y responsabilidad que le es propia e intransferible al psicólogo por su propio bien y el del colectivo al que representa.
Madrid, a 23 de octubre de 2007
Presidente de
(Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid)
Divorciados y separados podrán deducir el pago de pensiones al acceder a una VPO
por contra, los perceptores deberán declararlas como ingresos ante etxebide
La persona que deja el domicilio conyugal entrará en los sorteos de forma "inmediata" en lugar de a los dos años
Noticias de Gipuzkoa - Axier Burdain
donostia. Buenas noticias para las personas separadas y divorciadas que residen en la CAV y que desean acceder a las viviendas de Etxebide y Bizigune. El Gobierno Vasco ha modificado el decreto correspondiente a las viviendas públicas y ha decidido que cualquier ciudadano que pague una pensión compensatoria a su ex pareja podrá deducir este montante completo de su declaración de ingresos a la hora de solicitar un piso, tanto en régimen de compra como de alquiler. Una medida moderna con la que el Ejecutivo autonómico pretende "adaptar la normativa de la VPO a las nuevas circunstancias".
Después de analizar el actual panorama familiar de la comunidad autónoma, los responsables de la Consejería vasca de Vivienda han constatado que, desde el año 2001, se ha duplicado el volumen de separaciones y divorcios. Euskadi ha pasado de registrar
Para contrapesar el esfuerzo económico que representa el abono de una pensión compensatoria, el Departamento de Vivienda ha anunciado que, a partir de ahora, realizará modificaciones sustanciales en el cálculo de ingresos para acceder a los sorteos. Así, el ex cónyuge que tiene la obligación de abonar la pensión compensatoria "deberá probar documentalmente que la está pagando para poder minorar esta cantidad de sus ingresos a efectos de Etxebide", según explicaron los portavoces de la consejería.
Esta corrección a la baja puede, en muchos casos, marcar la diferencia entre quedar excluido de las listas o formar parte de las bolsas de sorteo. "Puede permitir no superar los máximos de compra, fijados en 33.000 euros, o de ciertos tipos de alquiler, cuyo tope está fijado en 21.000 euros", precisaron. Pero también tendrá efectos sobre las personas perceptoras de las pensiones, ya que deberán declararlas como ingresos ante Etxebide a la hora de optar a una VPO.
La renovación del decreto que regula el régimen de los pisos protegidos y las medidas financieras en materia de suelo y vivienda resulta, a juicio de los responsables del Departamento vasco, "aún más necesaria tras la entrada en vigor de la Ley del Suelo", ya que ha introducido importantes modificaciones. Concretamente, el articulado establece como novedad que "las pensiones compensatorias serán tenidas en cuenta tanto como ingreso del ex cónyuge que la perciba como minoración de ingresos del ex cónyuge obligado a abonarla, siempre y cuando el ex cónyuge obligado a abonar la pensión compensatoria pruebe documentalmente que la ha satisfecho de forma efectiva".
Otra modificación que forma parte de las ya introducidas en el decreto servirá para permitir que la persona que se ve obligada a abandonar el domicilio conyugal pueda participar en los sorteos "de forma inmediata", y no a los dos años, como marca la norma anterior. Otra novedad es que, en caso de venta de la vivienda conyugal, también podrán tomar parte en los sorteos los dos ex miembros de la pareja siempre que la venta no supere un precio derminado.
cupo social Asimismo, los divorciados y separados residentes en la CAV pasarán a formar parte del cupo social para viviendas en alquiler, grupo en el que también tienen cabida las familias monoparentales y las mujeres que han sufrido maltrato, "un cupo que tiene mayor probabilidad de resultar agraciado en los sorteos". Además, los separados y divorciados inscritos en el registro de Etxebide que tengan la custodia de los hijos compartida "podrán hacer constar como unidad convivencial a dichos hijos en ambas solicitudes".
En los casos de custodia no compartida, los hijos pasarán a formar parte de la unidad convivencial de la persona encargada de su cuidado. "El ex cónyuge no custodio podrá solicitar que se tenga en cuenta a dichos hijos a los efectos de las dimensiones o números de habitaciones de la futura vivienda".
Otro cambio atañe a las renuncias. Anteriormente, si se rehusaba en dos ocasiones al piso adjudicado, el solicitante quedaba excluido de las rifas durante dos años. Ahora, dos renuncias expresas darán lugar a la expulsión automática de los registros durante dos años. Además, un rechazo tácito por no haber sido posible localizar al agraciado también será motivo de exclusión, medida que animará a los solicitantes a mantener actualizados los datos de domicilio y teléfono de contacto.
Finalmente, el Gobierno Vasco establece que una renuncia expresa a cualquier programa de Etxebide "producirá la exclusión inmediata de dicho programa".
12 May 2008
PLATAFORMA EUROPEA POR LOS DERECHOS DE LA INFANCIA
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Convocatoria para
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Asamblea Constituyente: Sábado, 24 de mayo de
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Estimadas/os compañeras/os,
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Os invitamos a participar en la asamblea constituyente de una nueva macroestructura dentro de nuestra lucha por los Derechos de
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La nueva Plataforma Europea será la organización sucesora de
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Sin embargo, dicho planteamiento se ha visto superado por el surgimiento y la consolidación paulatina de
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En la actualidad,
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Su epicentro será España, por lo cual nuestras reivindicaciones más acuciantes no podrán ser otras que las siguientes:
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1.- Derecho primordial de los/as hijos/as de progenitores separados/divorciados a seguir teniendo por IGUAL tanto a la figura materna como paterna en su vida cotidiana y en su educación y formación de su personalidad e identidad cultural.
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2.- Cambio profundo de la legislación actual respecto a
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3.- Persecución jurídico-legal de todo progenitor y/o autoridad judicial y/o administrativa que impide y/o obstaculiza una relación paterno-filial fluida y continua tal como lo establecen todas las Convenciones Internacionales sobre los Derechos de
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5.- Una nueva alarma social por el continuo deterioro de los Derechos más fundamentales y sagrados de cualquier niño/a: tener un padre y una madre por igual; disfrutar de una infancia sana y feliz; vivir en un medio ambiente intacto; no estar sistemáticamente sometidos la presión consumista y materialista de la actual sociedad occidental; no ser explotados o instrumentalizados en beneficio de los adultos.
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Pues bien, para todas aquellas asociaciones y demás entidades, y a las personas en general que quieran adherirse a este nuevo proyecto de Plataforma de Accionismo Reivindicativo Internacional, les rogamos de acudir el 24 de mayo del
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(Hasta la fecha, han confirmado su participación más de 30 asociaciones o personas no asociadas de toda España. Asimismo, la mayor asociación italiana, PAPA SEPARATI ONLUS NAZIONALE, ya se ha adherido a
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Richard Monteghepardi. Tel. 62 804 11 25
Francisco Fernández Cabanillas. Tel. 60 638 93 57
Carlos Juárez. Tel. 64 645 52 46
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(*) El nombre tiene carácter provisional y será sometido a votación al principio de la asamblea constituyente.
09 May 2008
Espejo Público - "Denuncias falsas y Custodia Compartida"

06 May 2008
Confederación Estatal - Nota de Prensa sobre el Informe C.E.S
CONFEDERACIÓN ESTATAL DE ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES SEPARADOS
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Paseo Zarategui, 100. Edificio Txara 1. 20015 - Donostia
Presidente: Justo Sáenz,Tf: 606 731 752 / 943 292 496 / E-mail: agipase@euskalnet. net
Comunicación y Prensa: Fernando Basanta: 675 51 23 08 / E-mail: coparentalidad@ yahoo.es
Más información en: www.custodiacompart ida.org
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Esta confederación viene denunciando desde hace años la conculcación del principio de igualdad de todos los españoles y españolas ante la ley y quiere hacer notar que esta pérdida de derechos viene precisamente propiciada por las mal llamadas políticas de igualdad que nunca van a erradicar la violencia intrafamiliar con el recorte de derechos y libertades.
Estamos convencidos de que es totalmente contraproducente para la erradicación de la violencia intrafamiliar en España el tratamiento que se le está dando en la actualidad confundiendo intencionadamente los conceptos de violencia de género y violencia intrafamiliar, dejando fuera del ámbito doméstico la violencia que se ejerce sobre el resto de miembros de la unidad familiar, manipulando de esta manera los datos con fines políticos.
Tampoco se va a erradicar la violencia intrafamiliar mediante un trato discriminatorio en los juzgados sino, todo lo contrario, seguirá trágicamente aumentando sobre todos los miembros de la unidad familiar, incluida la mujer, en contra de lo que se quiere hacer creer a la opinión pública.
En este intento de ocultación de la verdad es como hay que entender las reacciones del feminismo político radical frente al informe del C.E.S. madrileño.
Este informe no hace sino dejar patente ante la opinión pública que la enorme cantidad de medios económicos invertidos en las políticas de género no están siendo bien aprovechados en verdaderas políticas de igualdad sino en políticas discriminatorias que consecuentemente no van a dar el resultado buscado, sino el contrario.
Aunque decirlo resulte políticamente incorrecto para el Gobierno actual y para los grupos de presión feministas radicales, seguimos reivindicando
05 May 2008
Rupturas a la europea, el nuevo divorcio
Jueces, abogados y psicólogos se unen para fomentar acuerdos que minimicen los daños al menor tras la separación de la pareja. La custodia compartida se abre paso en la sociedad. Crece la moda de la mediación, que favorece la igualdad en los procesos.
Diario de Sevilla - María José Guzmán | Actualizado 05.05.2008 - 13:34
Hay conflictos que no se solucionan en los tribunales, relaciones enconadas a prueba de leyes y resoluciones. No hay papeles que puedan arreglar algunas separaciones y divorcios. “Una cosa es la solución judicial y otra la emocional”, advierte Gracia Morales. Habla con conocimiento de causa, porque está separada y porque por su despacho de abogados pasan a diario muchos temas de familia. El suyo es uno más de los que hay en Andalucía, donde cada día se tramitan 70 rupturas de media. Pero su filosofía se distingue del resto. “Cada caso es un mundo”, apunta la letrada que, a raíz de su experiencia personal, comprendió que cada pareja requiere una solución y que hay otros divorcios posibles, si no buenos, beneficiosos para todas las partes. Un convencimiento que le ha llevado a tener que abandonar algún asunto.
En más del 90 por ciento de los casos, según los letrados consultados, las partes buscan un acuerdo económico que reparta de la manera más ventajosa los bienes y, si hay menores, establezca un régimen de custodia que en la gran mayoría de los casos va asociado a la concesión de la vivienda y la pensión. “La mayoría de las separaciones y divorcios son de mutuo acuerdo, pero algunos no son sinceros ni comprometidos y se alcanzan desde una perspectiva egoísta, para lograr una resolución rápida que suponga los mínimos costes”, confirma el magistrado Francisco Serrano, titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla.
Su visión tampoco es una más. Desde su juzgado remite muchos casos a gabinetes de psicólogos y mediadores porque su experiencia le dice que hay crisis que acaban en patologías, pues no se supera el duelo ni el luto por la pérdida de la pareja y se hace partícipe de este sufrimiento a los hijos. “La mala leche no entiende de sexo; tras el divorcio te encuentras con padres negligentes que pagan las pensiones y abandonan a sus hijos y con madres que asumen que los hijos son de su propiedad, y al revés. Los menores son utilizados como armas arrojadizas y la sociedad ve estas interferencias, lo sabe y no hay que discutir, sino buscar soluciones”, explica el magistrado.
Agustín Fernández lo hace desde hace siete años en
Los especialistas defienden que el buen divorcio comienza antes de iniciar los trámites legales. José María Morán lo tuvo muy claro. Él ya conocía la teoría de gestión de conflictos y, de hecho, enseñaba las técnicas a sus alumnos de
Ambos se dieron cuenta de que la defensa de sus intereses no tiene por qué pasar por la pérdida del interés de la contraparte y no tardaron en alcanzar un acuerdo. La abogada tiene la custodia de sus hijos con un régimen muy flexible y el profesor firmó la custodia compartida del suyo cuando éste tenía 3 años. “Es absurdo que por criterios culturales, antropológicos o simbólicos se siga diciendo que la mujer está más capacitada que el hombre para cuidar y educar a su hijo”, argumenta un hombre que aprovecha su testimonio público para apoyar las reivindicaciones de muchos padres separados que pasan “un auténtico calvario”.
Así define Jesús Rosado, un padre divorciado de Ronda, su situación. “Paso una pensión de 600 euros más la mitad del importe de la hipoteca de la casa, vivo con mi madre sin posibilidad de rehacer mi vida ante la falta de recursos y veo a mis hijos tres horas por la tarde los martes, jueves y viernes y los fines de semana alternos”, comenta este padre a quien “estas generosas visitas” le saben a poco y por ello se escapa por las mañanas para ver a sus hijos en el colegio. Buscó ayuda, “pero no di con las personas adecuadas” y sigue luchando por establecer una relación de normalidad.
La propia terminología sobre el divorcio que se ha popularizado entre la sociedad revela cuáles son algunas de la emociones de estos padres, por ejemplo, ante el llamado régimen de visitas. “Es preciso cambiar algunas expresiones y buscar otras cargadas de afectos positivos, es una estrategia para superar el divorcio”, comenta el psicólogo cordobés José Manuel Aguilar. Este experto reflexiona acerca del lenguaje y, apunta, entre otras cuestiones, que no es lo mismo visitar a los hijos dos días por semana que vivir con ellos dos días. Los padres asociados en la plataforma www.custodiapaterna.org reflexionan en su foro sobre el significado del vocablo “mi” y concluyen que los hijos son “mi responsabilidad, no mi propiedad”. Ellos son padres que han asumido en solitario la tutela y con su experiencia demuestran que no sólo es posible, sino que hay hombres tan capacitados o más que las mujeres para ello.
Al juez Serrano no le gusta perderse en cuestiones conceptuales. “La patria potestad siempre se comparte, es el deber de velar por los hijos, alimentarles, educarles y procurarles una formación integral”, alega. Por ello suele hacer una recomendación a las parejas que llegan a su juzgado: “A la sociedad no le importa si ustedes han fracasado como pareja, como matrimonio, pero sí si lo hacen como padres”.
Tanto el magistrado como el psicólogo cordobés confirman que la sociedad está evolucionando. “El progreso se puede aplazar, pero nunca detener”, advierte Aguilar. La visión de familia tradicional se va superando. De hecho, cada vez hay más sentencias referidas a parejas de hecho, que nunca se casaron pero tienen hijos en común. “Pero, sobre todo, lo que reconozco es que hay muchos padres que quieren seguir participando de la crianza y educación de sus hijos porque durante la convivencia en pareja ya lo han estado haciendo”, argumenta el juez en favor de la custodia compartida. “Ésta es una figura igualitaria que reconoce sus derechos de padres y madres”, insiste Aguilar.
Muchos profesionales prefieren no poner títulos. Custodias compartidas siempre las ha habido, aunque este término no figurase en la sentencia de divorcio. Las han firmado padres que creen que la educación y crianza de los hijos es cosa de dos. El mediador Agustín Fernández también percibe un cambio de mentalidad, sobre todo en los padres jóvenes. “Y también otros padres y madres que manipulan a sus hijos para fastidiar al contrario, en algunos casos, involuntariamente”. La mediación ayudaría a eliminar estas situaciones. Pero los expertos consultados coinciden en que en Andalucía todavía falta cultura de mediación y equipos para atender estos servicios, algo que no contempla la nueva Ley de Mediación en trámite.
Ya llegó el divorcio exprés. Ahora se espera que llegue otro divorcio, el que posibilita que todos ganen, incluido el menor. En Andalucía hay recursos y profesionales dispuestos a acortar el camino. Y funciona. Muchos países europeos son testigos.
Sobre este blog
Custodia Compartida
abbot2La finalidad de este blog no es más que gritar en este peculiar desierto llamado "España" por necesidades tan básicas como "ser y ejercer como padre"...
• Por una ley de COPARENTALIDAD que respete el derecho de nuestros hij@s a seguir teniendo una madre y un padre tras los procesos de separación y divorcio.
• Por el fin del maltrato institucional a los hij@s de madres y padres separados.
• Por una verdadera IGUALDAD entre hombres y mujeres.
• Por seguir siendo padres y madres tras la separación.
• Por tí...Aitana, porque te quiero.
