28 Feb 2011

ANIVERSARIO: DÍA DE LA MUJER TRABAJADORA

Escrito por: Estrella Cardona Gamio el 28 Feb 2011 - URL Permanente

El próximo 8 de marzo del 2011, se conmemora en todo el mundo el Día de la Mujer Trabajadora, y yo quisiera honrarlo en mi espacio trascribiendo una declaración de derechos de la mujer que en 1789 escribiera la primera feminista que declaradamente entra en la historia: Olympe de Gouges, una hija de la Revolución Francesa a la cual su osadía le costó la vida.

En La trampa de ser mujer encontrareis su biografía junto a la de destacados personajes femeninos que dedicaron su existencia y sus afanes a procurar la igualdad entre hombre y mujeres. Lamentablemente, todo cuanto Olympe de Gouges expuso en su tiempo, continúa vigente en la actualidad.

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS

DE LA MUJER Y DE LA CIUDADANA

Olympe de Gouges, 1789

(Incluido en el libro LA TRAMPA DE SER MUJER)

ARTÍCULO PRIMERO

La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos, Las distinciones sociales no pueden estar fundadas más que en la utilidad común.

II

El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles de la Mujer y del Hombre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la resistencia a la opresión.

III

La meta de toda soberanía reside esencialmente en la Nación que no es más que la reunión de la Mujer y el Hombre: ningún cuerpo, ningún individuo, puede ejercer autoridad que no emane de ellos.

IV

La libertad y la justicia consisten en devolver todo lo que pertenece a los otros; así, el ejercicio de los derechos naturales de la mujer sólo tiene por límites la tiranía perpetua que el hombre le opone; estos límites deben ser corregidos por las leyes de la naturaleza y de la razón.

V

Las leyes de la naturaleza y de la razón vedan todas las acciones nocivas para la Sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas leyes, prudentes y divinas, no puede ser impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ellas no ordenan.

VI

La ley debe ser la expresión de la voluntad general; todas las Ciudadanas y Ciudadanos deben concurrir personalmente, o por medio de sus representantes, en su formación, y debe ser la misma para todos; todas las Ciudadanas y todos los Ciudadanos; siendo iguales a sus ojos, deben ser igualmente aceptables a todas las dignidades, puestos y empleos públicos, según sus capacidades y sin más distinción que la de sus virtudes y sus capacidades.

VII

Ninguna mujer puede ser excluida de ser acusada, detenida y encarcelada en los casos determinados por la Ley. Las mujeres obedecen como los hombres a esta Ley rigurosa.

VIII

La Ley no debe establecer más que las penas estrictas y evidentemente necesarias y nadie puede ser castigado más que en virtud de una Ley establecida y promulgada anteriormente al delito y legalmente aplicada a las mujeres.

IX

Todo el rigor ejercitado por la Ley, recaerá en cualquier mujer que haya sido declarada culpable.

X

Nadie debe ser importunado por sus opiniones incluso fundamentales; si la mujer tiene el derecho de subir al cadalso, debe tener también igualmente el de subir a la Tribuna con tal que sus manifestaciones no alteren el orden público establecido por la Ley.

XI

La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciosos de la mujer, puesto que esta libertad asegura la legitimidad de los padres hacia los hijos. Toda Ciudadana puede, pues, decir libremente, soy madre de un hijo que os pertenece, sin que un prejuicio bárbaro la fuerce a disimular la verdad; con la salvedad de responder por el abuso de esta libertad en los casos determinados por la Ley.

XII

La garantía de los derechos de la mujer y de la Ciudadana precisa una utilidad mayor; esta garantía debe ser instituida para ventaja de todos y no para utilidad particular de aquellas a quienes es confiada.

XIII

Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, las contribuciones de la mujer y del hombre son iguales; ella participa en todas las prestaciones personales, en todas las tareas penosas, por lo tanto, debe participar en la distribución de los puestos, empleos, cargos, dignidades y otras actividades.

XIV

Las Ciudadanas y Ciudadanos tienen el derecho de comprobar, por sí mismos o por medio de sus representantes, la necesidad de la contribución pública. Las Ciudadanas no pueden adherirse más que por la admisión de un reparto igual, no sólo en la fortuna sino también en la administración pública, y si determinan la cuota, la base tributaria, la recaudación y la duración del impuesto.

XV

La masa de las mujeres, agrupada con la de los hombres para la contribución, tiene el derecho de pedir cuentas de su administración a todo agente público.

XVI

Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de los poderes determinada, no tiene constitución; la constitución es nula si la mayoría de los individuos que componen la Nación no ha cooperado redactándola.

XVII

Las propiedades pertenecen a todos los sexos reunidos o separados; son, para cada uno, un derecho cuando la necesidad pública, legalmente constituida, lo exige evidentemente, y bajo la circunstancia de una justa y previa indemnización.

ANIVERSARIO: DÍA DE LA MUJER TRABAJADORA Copyright 2011 Estrella Cardona Gamio

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Sobre este blog

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Estrella Cardona Gamio, escritora

Soy Licenciada en Bellas Artes y autora de novelas, relatos y cuentos infantiles, también he sido miembro de la Asociación Española de Periodistas y Corresponsales, y he colaborado en prensa muchos años con artículos temáticos y relatos cortos. Mi primera novela publicada en papel fue, hace años, El otro jardín. En 2006 publiqué un libro de relatos, La dependienta, y el manual Taller libre de literatura -respuestas a preguntas de escritores noveles-, en 2007 Adriel B. -la novela de una alcohólica-, La trampa de ser mujer -manual para recobrar la autoestima perdida-. En 2008, El abrigo de Clark Gable y otros relatos y, el infantil, El abuelo que no sabía explicar cuentos. A finales de 2009 una novela de humor, La canción de la manzana, con prólogo de Mikel Urmeneta. En diciembre 2011, La otra vida de T. Loure. Asimismo he colaborado en radio con programas temáticos propios.

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