10 Dic 2007
Pintan feo en Bolivia
411 artículos (así, uno detrás de otro) se han aprobado este fin de semana en la Asamblea Constituyente de Bolivia en una sesión de más de 15 horas. Lectura de propuesta, breve debate (brevísimo, diría yo) y votación a mano alzada. Bueno, nada del otro mundo, pensarán muchos. Pero si añadimos que la oposición no ha estado presente, que se ha realizado en una ciudad eminentemente gubernalista (ahí, ahí, presionando) y que más de 350 personas se encuentran en huelga de hambre por los métodos del presidente Evo Morales, entonces sí que se convierte en algo del otro mundo.
Constitucionalistas y analistas nada sospechosos de antigubernalismo (más bien lo contrario) hablan de la legitimidad del proceso habiéndose aprobado en una sola sesión, cuando no de socavamiento de la democracia. Uno de los más graves errores de la reforma aprobada es establecer distintos tipos de tribunales, para indígenas y para el resto (supongo que blancos, criollos y demás). Esto, de entrada, ya supone la fulminación de la igualdad ante la ley que toda carta magna que se precie ha de recoger (aunque no exista un solo país del mundo donde se cumpla en la práctica). Y no somos nadie para decirles a los bolivianos cómo han de redactar su constitución, pero este error garrafal puede llevar al país a un colapso y a la rebelión no-indígena (y con razón). Enfocar un asunto mayor como es este estableciendo "clases" de bolivianos (de primera ya de segunda) no se le ocurre ni al que asó la manteca y esperaba el chicharrón.
Ahora bien, no todo está perdido. La norma aún no ha sido aprobada en referéndum, por lo cual todavía queda tiempo para hacer rectificar al gobierno de Morales. Los 'toques' dictatoriales de los dirigentes izquierdistas en latinoamérica (de los que tantos celebramos su elección) hacen tambalear a una región que, desde luego, no ha estado, está, ni estará a corto plazo para tambalearse. Aunque, mirando mejor, peor están todavía los gobernados por la derecha. Dios mío, ¿qué hacemos con latinoamérica?
14 Nov 2007
Criterios uniformes
Al final, el juez Vázquez Honrubia ha considerado pertinente condenar a Guillermo Torres y Manel Fontdevila al pago de 3.000 euros (cada uno) por la ya más conocida viñeta de 'El Jueves' en toda su historia. El juez ha considerado la caricatura "objetivamente injuriosa". ¿Artículo aplicado? El 491 del Código Penal (con referencias al 490.3). Veamos cuáles son:
Artículo 490.
3. El que calumniare o injuriare al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son.
Artículo 491.
1. Las calumnias e injurias contra cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior, y fuera de los supuestos previstos en el mismo, serán castigadas con la pena de multa de cuatro a veinte meses.
2. Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.
Calumniare e injuriare son las palabras clave aquí. Vayamos entonces a su definición (tomaremos la RAE como referencia):
calumnia.
1. f. Acusación falsa, hecha maliciosamente para causar daño.
2. f. Der. Imputación de un delito hecha a sabiendas de su falsedad.
injuria.
1. f. Agravio, ultraje de obra o de palabra.
2. f. Hecho o dicho contra razón y justicia.
3. f. Daño o incomodidad que causa algo.
4. f. Der. Delito o falta consistente en la imputación a alguien de un hecho o cualidad en menoscabo de su fama o estimación.
Está claro que calumnia no ha sido. Ha sido un delito por injurias. Una injuria es un agravio y un agravio es una ofensa. Opiniones hay miles. Pero, si lo pensamos detenidamente, la caricatura era bastante ofensiva (y de mal gusto, pero no es ese el tema ahora). Con lo cual, visto así, la sentencia sería acertada. Sin embargo, los habrá que piensen que no era ofensiva, en cuyo caso la sentencia estaría equivocada.
Sea como fuere, es increíble cómo existen en este nuestro mundo digital (algo que, sin lugar a dudas, puede extrapolarse a la calle) opiniones opuestas sobre situaciones parecidas. Me explico. Los hay a los que les parece faltal la condena a los dibujantes de El Jueves y, sin embargo, estarían dispuestos a votar a favor del ahorcamiento de Jiménez Losantos por pedir la abdicación del Rey. Por otro lado, están aquellos a los que la condena al semanario les parece ejemplar, y sin embargo, con Federico, hasta la muerte. ¿No es absolutamente paradójico? Dependiendo de que quien actúe de uno o utro modo nos caiga bien o no, pensamos de una u otra forma. Pues mira, bonita, no. O para todos café, o para ninguno.
En cualquier caso, no conviene olvidar que los artículos de la Carta Magna hay que leerlos completos. Son ya demasiados los que se llenan la boca con el artículo 20 de la Constitución para cubrir sus insultos bajo el manto de la libertad de expresión. Pero se olvidan del cuarto punto de ese artículo:
4. Estas libertades [refiriéndose a la difusión de ideas y opiniones, la producción y creación literaria, artística, científica y técnica y la libertad de cátedra] tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
No todo vale en pro de la libertad de expresión. ¿Entienden?
03 Oct 2007
Consultas populares, tralará
Los vascos (y vascas) tenemos derecho a dedicir sobre nuestro futuro y por ello voy a convocar al pueblo vasco (y a la puebla vasca) a una consulta popular... bla, bla, bla... Personalmente creo que he oído a Ibarretxe decir esto unas... no sé... quinientas cincuenta y cuatro veces. Con un error de más/menos uno. Supongo que a todos ustedes les pasará lo mismo. Y a todos los políticos, presidente Zapatero a la cabeza, se les llena la boca diciendo que eso es ilegal, que no está dentro de la Constitución y 'que te pego, leche' si lo haces.
La verdad es que tienen razón, para qué negarlo. Sin embargo, deberíamos conocer varias cosas. Primera, que una consulta popular no es un referéndum, porque carece de carácter vinculante. Y segunda, que, de momento, es ilegal en el País Vasco y en Cataluña y Andalucía no. Parece de risa. Pues lean:
Estatuto de Autonomía para Andalucía
Artículo 78. Consultas populares.
Corresponde a la Junta de Andalucía la competencia exclusiva para el establecimiento del régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento, la realización y la convocatoria por ella misma o por los entes locales en el ámbito de sus competencias de encuestas, audiencias públicas, foros de participación y cualquier otro instrumento de consulta popular, con la excepción del referéndum.
Estatuto de Autonomía para Cataluña
Artículo 122. Consultas populares
Corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva para el establecimiento del régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento, la realización y la convocatoria por la propia Generalitat o por los entes locales, en el ámbito de sus competencias, de encuestas, audiencias públicas, foros de participación y cualquier otro instrumento de consulta popular, con excepción de lo previsto en el artículo 149.1.32 de la Constitución.
Juas, juas. No me digan que no es, como decimos por aquí, para mear y no echar gota. ¡Pobre Ibarretxe! Resulta que le hubiera salido todo mucho más fácil si hubiera optado por una reforma estatutaria y no por su fastuoso (y rechazado) plan.
Aun así, me gustaría destacar aquí un dato. Como diría algún periodista pedante, fuentes fidedignas me han asegurado que si la consulta popular (o incluso el referéndum) se llegase a realizar incluyendo a Navarra, el batacazo que se llevaría Ibarretxe sería monumental. Su consulta le daría un portazo en las narices del que no se recuperaría jamás. Ahora bien, si sólo incluye al País Vasco, la cosa está más empatada. No tengo una opinión bien formada sobre cómo debería hacerse la consulta, pero creo que estos datos deberían tenerse en cuenta. Con ellos en la mano, la guerra (incluyendo la de ETA) está ganada.
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Fernando Blázquez
24 años, salmantino. La informática fue mi primera elección. Luego me di cuenta de que necesitaba dedicarme a algo más "humano". Lo intentaremos con el periodismo.
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