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La familia de Marta del Castillo, a trav&#233;s de una plataforma de colaboradores creada al efecto, est&#225; recogiendo firmas con el objeto de que el Gobierno convoque un refer&#233;ndum para preguntar al pueblo espa&#241;ol si quiere que se instaure en Espa&#241;a la cadena perpetua para delitos como los que, presuntamente, han cometido los implicados en el caso de la joven sevillana desparecida el pasado 24 de enero.
Ya han superado las 600.000 y seguir&#225;n recabando m&#225;s, si bien no hace falta un n&#250;mero m&#237;nimo como las 500.000 que establece la proposici&#243;n de ley, ya que en nuestro ordenamiento jur&#237;dico no est&#225; prevista la regulaci&#243;n mediante la cual por iniciativa popular se pueda pedir un refer&#233;ndum, seg&#250;n se&#241;ala el catedr&#225;tico de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla, Jos&#233; Mar&#237;a Morales Arroyo. Agrega que en Espa&#241;a, el refer&#233;ndum que existe es el consultivo y tiene que ser &#171;convocado por el Rey, mediante propuesta del presidente del Gobierno , previamente autorizada por el Congreso de los Diputados&#187;, seg&#250;n reza el art&#237;culo 92.2 de la Constituci&#243;n.
Por tanto, por muchas firmas que recoja Antonio del Castillo, el padre de la joven desaparecida, s&#243;lo el Gobierno podr&#225;, si as&#237; lo decide y ve oportuno, convocar dicha consulta. &#171;Lo que est&#225; haciendo esta familia -comenta el catedr&#225;tico- es buscar apoyo social y por eso, cuantas m&#225;s firmas recoja, mejor, para conseguir sus fines pues es una forma de presionar al Gobierno que al ver tantas firmas, equis millones o las que sean se preguntar&#225; &#191;Algo pasa aqu&#237;? Las firmas son una manifestaci&#243;n social una llamada de atenci&#243;n y s&#243;lo eso porque cauce jur&#237;dico para que ellos pidan un refer&#233;ndum no existe&#187;.
De esta forma, Antonio del Castillo, una vez decida que tiene firmas suficientes -el padre de Mari Luz super&#243; los dos millones- ha de llevarla al presidente del Gobierno, al que le hace falta el acuerdo del Consejo de Ministros para su tramitaci&#243;n. La iniciativa s&#243;lo puede ser controlada por el Congreso de los Diputados que tiene que aprobarla expresamente y por mayor&#237;a absoluta.
Pero, &#191;y la cadena perpetua, se puede instaurar?; &#191;ha de cambiarse la Consitituci&#243;n para ello?; &#191;c&#243;mo se tendr&#237;a que hacer? Independientemente de que se convoque o no refer&#233;ndum y de lo que arroje la consulta -la decisi&#243;n popular no tiene efectos jur&#237;dicos directos- en el C&#243;digo Penal Espa&#241;ol s&#237; se puede introducir la cadena perpetua, la cual no est&#225; regulada a pesar de que se establecen penas de prisi&#243;n m&#225;ximas de 30 a&#241;os, y tambi&#233;n de 40, aunque esta &#250;ltima para delitos de terrorismo.
&#171;Sin embargo -a&#241;ade el profesor Morales Arroyo- , antes se tiene que cambiar el art&#237;culo 25 de la Constituci&#243;n, por la v&#237;a del art&#237;culo 168, ya que nuestro ordenamiento punitivo est&#225; orientado a la reinserci&#243;n social y con la cadena perpetua dif&#237;cilmente se puede reinsertar nadie&#187;. El catedr&#225;tico se refiere, concretamente, al apartado segundo de ese art&#237;culo que dice as&#237;: &#171;Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estar&#225;n orientadas hacia la reeducaci&#243;n y reinserci&#243;n social y no podr&#225;n consistir en trabajos forzados&#187;.
De modo que, si se decide cambiar dicho art&#237;culo, se tiene que aprobar el &#171;principio&#187;, es decir, la conveniencia u oportunidad de la revisi&#243;n, por mayor&#237;a de dos tercios de cada C&#225;mara (Parlamento y Senado). Si sale afirmativo, las C&#225;maras quedan disueltas autom&#225;ticamente y han de convocarse nuevas elecciones generales. Las elegidas habr&#225;n de ratificar la decisi&#243;n adoptada por las anteriores por mayor&#237;a simple ya que la Constituci&#243;n no especifica qu&#233; tipo se precisa. Despu&#233;s se habr&#225; de estudiar el nuevo texto y aprobarse por mayor&#237;a de dos tercios de ambas C&#225;maras. La revisi&#243;n por la v&#237;a del 168 exige, por tanto, el visto bueno de dos legislaturas distintas. Adem&#225;s, y seg&#250;n el punto 3 del 168 &#171;aprobada la reforma por las Cortes Generales, ser&#225; sometida a refer&#233;ndum para su ratificaci&#243;n&#187; popular.
Jos&#233; Mar&#237;a Morales Arroyo comprende a la perfecci&#243;n la postura de los padres de Marta y de todas las personas que est&#225;n indignadas con este caso pero advierte que las reformas legislativas se tienen que hacer con serenidad y no &#171;en caliente&#187; a golpe de sentimiento. En cuanto a la reforma de la Constituci&#243;n, recuerda que &#171;la doctrina entiende que &#233;ste es un problema de tipo pol&#237;tico en virtud del cual hay resistencia en Espa&#241;a a reformar la Carta Magna, hay miedo reverencial cuando todos los textos de nuestro entorno se reforman con naturalidad&#187;.
Por otra parte, la b&#250;squeda de alg&#250;n rastro que lleve a Marta del Castillo sigui&#243; ayer en el vertedero de Alcal&#225; de Guada&#237;ra sin novedad alguna. Hoy se suspende por descanso de los operarios y ma&#241;ana contin&#250;a. Se cumplir&#225;n 20 d&#237;as.
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