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Como los que seguis este blog sabeis, o deber&#237;ais saber porque es p&#250;blico.
El Instituto Internacional para la Exploraci&#243;n de Especies de la Universidad Estatal de Arizona (EEUU), junto con un comit&#233; internacional de tax&#243;nomos (cient&#237;ficos encargados de explorar y catalogar las especies), han anunciado, como cada a&#241;o, el 'Top 10' de las especies nuevas descritas en 2008.

La lista incluye a algunas especies que se caracterizan por alguna caracter&#237;stica extrema: el m&#225;s peque&#241;o, el m&#225;s largo, etc. As&#237;, en ella se encuentra un caballito de mar diminuto, una planta de caf&#233; sin cafe&#237;na, una bacteria extrem&#243;fila (capaz de sobrevivir en condiciones extremas) que vive en un spray de pelo, una serpiente enana de 10 cent&#237;metros, un largu&#237;simo insecto de casi 60 cent&#237;metros, un pez f&#243;sil que representa al viv&#237;paro (que pare cr&#237;as y no huevos) m&#225;s antiguo hasta ahora conocido y una serpiente extraordinariamente enroscada, entre otros.


 A instancias de uno de nuestros  asociados y asiduo de su blog, nos ha propuesto que colaboremos desde la Fundaci&#243;n en se&#241;alar una rara especie de Jueces que si bien no son prevaricadores es verdad, pero son tan da&#241;inos a la sociedad como &#233;stos, se llamara esta rara especie el  "  judex tortuosus ", que es un animal tan peligroso que emosionandose en el cumplimiento de su deber y por causa de su estupidez mayuscula puede condenar a un ser inocente y se queda el muy estupido tan tranquilo  creyendo encima que hace bien las cosas.

Hemos pasado de condenas crueles como la padecida por Sisamn&#233;s, un alto magistrado que prevaric&#243; bajo el reinado persa de Cambises, y que  fue condenado a muerte y a que se tapizara con su piel el sill&#243;n en estrados donde impart&#237;a justicia, para que se sentara en &#233;l su hijo Otan&#233;s, sucesor judicial de &#233;ste y que con tan expl&#237;cita advertencia, no se le ocurri&#243; prevaricar, sino que incluso lleg&#243; a ser un famoso general en la armada de Dar&#237;o. A imponer las leves penas del art. 446 y ss. del C&#243;digo penal. 

 Por cierto , Sr. ALVALLO, no se deje enga&#241;ar, porque a Federico se le permita hablar, si ha abierto la Caja de Pandora ya no se puede cerrar sin m&#225;s. La verdad material es lo &#250;nico que hay que averiguar el pueblo espa&#241;ol que es el realmente soberano no se merece menos. Urge llegar a la Verdad para sentirnos libres y porque se lo debemos a las v&#237;ctimas. Sea cual sea &#233;sta, ya somos mayores y capaces de esperar cualquier  resultado.
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    <name>FUNDACION HERACLES CONTRA LA CORRUPCION JUDICIAL</name>
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 El que crea que la sociedad espa&#241;ola esta muy judicializada es porque tiene poca memoria, deber&#237;a haber leido una s&#225;tira escrita por Aristofanes contra Cle&#243;n, en los d&#237;as despu&#233;s de Pericles. Este Cle&#243;n, "Consolid&#243; su influencia en las clases m&#225;s pobres mediante su medida de triplicar el pago a los jurados, la cual prove&#237;a a los atenienses m&#225;s pobres de un medio f&#225;cil de sustento. La conocida afici&#243;n de los atenienses por los litigios aument&#243; su poder; y la pr&#225;ctica de la "sicofancia" (encontrando material para falsos cargos), le permiti&#243; eliminar a aquellos que quer&#237;an poner en peligro su ascendiente". Resultando de esta pol&#237;tica un periodo de demencia social que Arist&#243;fanes reflej&#243; para nosotros en esta Comedia suya basada en un acontecimiento tr&#225;gico. La carcajada que produce su cr&#237;tica es de las que cruzan los milenios y nos permite ver con sorna lo que fue un drama tan real como la vida misma.

Los acontecimientos que inspiraron la s&#225;tira transcurrieron  en Atenas .</message>
    <name>Pedro L&#243;pez</name>
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    <message>Pongamos las cosas en su justo lugar, porque cuando se fija uno en las patolog&#237;as puede confundir al personal.

 Rescato de otro blog un comunicado de fecha 20 de mayo de 2007. Es de la  Asociacion para la igualdad ante la Ley y  dijo:

&gt;&gt;El sabado pasado la Asociaci&#243;n para la igualdad ante la Ley se disolvi&#243; porque sus integrantes han roto algo que era lo b&#225;sico desde que se constituy&#243; el 18 de mayo de 1998: su disciplina y anonimato.

Jamas se puede hablar de las intimidades de nuestra amada profesi&#243;n. La JUSTICIA es nuestra vida.

Su presidente no toler&#243; que algunos de sus miembros silenciasen tan injustamente que en M&#225;laga y por culpa de algunos elementos tenemos a lo peor de la Magistratura, pero tenemos y nos compensa a todos al Exmo Sr. Arroyo Fiestas y al Excmo Sr. D Manuel Vill&#233;n , fiscal jefe de la Audiencia. Y eso es un valor a&#241;adido al Estado de Derecho.&gt;&gt;

 En efecto, han citado a los dos mejores, si hubiesen citado al sucesor del Excmo Sr.Don Manuel Vill&#233;n ya no estariamos tan de acuerdo.
  Pero deber&#237;amos saber que en Espa&#241;a pese a todo existen muy buenos jueces, muy buenos magistrados y muy buenos fiscales y buenisimos abogados, incluso en el sentido machadiano del t&#233;rmino. &#191; Qu&#233; ocurre entonces ?
     Pu&#233;s que el mundo es tan canalla que las cosas buenas las calla y las malas las pregona en exceso.
  La huelga pasada de jueces es una muestra del descontento de &#233;stos que tienen que trabajar en unas condiciones poco adecuadas y con una falta de medios que no son de recibo.
  La prevaricaci&#243;n judicial es un cancer que tiene la Judicatura espa&#241;ola y los &#250;nicos cirujanos adecuados para eliminar el mismo son los jueces decentes que amen la Justicia y que empleen tolerancia cero contra esa lacra. Pero no es justo echar toda la culpa de que a&#250;n exista &#233;sta a los jueces a los que se les acusa de un mal comprendido corporativismo. Entiendo que la Abogac&#237;a deber&#237;a entonar su mea culpa si no ha actuado con la diligencia que por la gravedad del delito ser&#237;a deseable.

  Don Marino Barbero Santos, el magistrado del proceso Filesa,
 afirm&#243; que a veces un juez aplica la Ley y la resoluci&#243;n es injusta, a efectos de prevaricaci&#243;n.
 Y yo su tesis la mantengo y ratifico sin necesidad de acudir a ejemplos de otras &#233;pocas, como los clasicos de la Alemania nazi, que los  jueces que prevaricaban eran los que aplicaban leyes inicuas, y al contrario no prevaricaban al desobedecerlas, pu&#233;s el Derecho  es una herramienta para aplicar la justicia y la misericordia,y  no un instrumento de opresi&#243;n.

  Montesquieu dec&#237;a que no existe una tiran&#237;a mas cruel que la que se ejerce a la sombra de las leyes y con apariencia de justicia, cuando se ahoga a los desgraciados en la misma tabla en la que se hab&#237;an salvado.</message>
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    <message>La s&#225;tira que cita Pedro se llama las Avispas y la escribe Aristofanes a los 22 a&#241;os.

" Los jueces obedecen d&#243;cil y ciegamente a los gobernantes de cuya voluntad depende el sueldo, la consideraci&#243;n y el rango...  Si alguien osa acusar a un poderoso, el coro de jueces-avispas canta siempre la misma cantinela: nunca hubiese tenido tal osad&#237;a ese hombre si no estuviese metido en alguna conspiraci&#243;n" .

  Si es cierto en los &#250;ltimos a&#241;os estamos asistiendo a la judicializaci&#243;n de la sociedad; a la politizaci&#243;n de la Judicatura . Para estar tan mal valorada esta instituci&#243;n, convendras conmigo Pedro, en que solemos acudir demasiado los mortales, hasta el punto de colapsarla.
  Ser&#237;a bueno que al igual que existe una medicina preventiva, los espa&#241;oles nos enteremos de que existe una Abogac&#237;a Preventiva que puede ayudarnos demasiado en el tema de resoluci&#243;n de conflictos. El pleito equivale en medicina a la cirug&#237;a y aunque existen magn&#237;ficos cirujanos no podemos olvidar que prevenir equivale a curar.</message>
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    <message>Si  el  lunes era el juez decano de Barcelona, Jos&#233; Manuel Regadera, quien decid&#237;a dimitir de su cargo ante su imputaci&#243;n por un presunto delito de malos tratos a su mujer,  el  martes ha sido el pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el que ha acordado suspender cautelarmente a un juez de paz de la localidad zaragozana de Santa Eulalia de G&#225;llego imputado por el mismo delito. Y el miercoles el Tribunal Supremo ha hecho p&#250;blico el auto en el que se admite a tr&#225;mite la querella por prevaricaci&#243;n que el 26 de enero present&#243; el sindicato Manos Limpias. Ma&#241;ana es jueves si nos desayunamos con otro caso similar, no se que pensar.

Seg&#250;n han informado la portavoz del &#243;rgano de gobierno de los jueces, Gabriela Bravo, la sesi&#243;n plenaria ha acordado &#8220;la suspensi&#243;n cautelar&#8221; del imputado "por estar procesado en un procedimiento penal". Dicha suspensi&#243;n fue propuesta al Pleno por la comisi&#243;n permanente del Consejo. As&#237;, el juez zaragozano Jos&#233; Miguel Romeo estar&#225; alejado de su plaza hasta que recaiga en la causa penal sentencia absolutoria o auto de archivo.

El juzgado de instrucci&#243;n n&#250;mero 1 de Ejea de los Caballeros dict&#243; auto de apertura de juicio oral contra Romeo por delito de violencia contra la mujer, seg&#250;n fuentes del Consejo, que indicaron que el fiscal se ha mostrado favorable a la suspensi&#243;n.
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    <name>Javier H.</name>
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Miguel Bernard, secretario general de Manos Limpias y principal impulsor de la querella contra Baltasar Garz&#243;n ,est&#225; muy satisfecho, sobre todo porque la decisi&#243;n ha sido tomada por unanimidad, sin ning&#250;n tipo de discrepancia. Ha sido rotunda, por lo que est&#225; feliz y sorprendido.
El TS le imputa un delito de prevaricaci&#243;n "palmaria, premeditada, consciente y crey&#233;ndose impune" 

- Es tan concluyente que hay poco que decir. Los magistrados han visto claramente que los elementos objetivos y subjetivos del delito de prevaricaci&#243;n se daban con claridad. Los hechos han sido tan evidentes que no admiten lugar a dudas.

 No me ha soprendido para nada porque era una querella de libro, clar&#237;sima, manifiesta que no admit&#237;a ninguna dudas. Que no haya discrepado ning&#250;n magistrado es l&#243;gico, ya que si alguno hubiese votado en contra hubiese desentononado demasiado y quedado en evidencia.
Decisiones de este tipo fortalecen el estado de derecho y trasmiten a la sociedad una sensaci&#243;n de que se puede confirar en el poder judicial y en el principio de legalidad. ha sido una decisi&#243;n de gran trascendecia.
En mi opini&#243;n creo que s&#237;. Ahora, cuando est&#233; enfrente del juez que instruya su caso y se enfrente a sus preguntas y a las de los letrados de la acusaci&#243;n y del Ministerio P&#250;blico veremos qu&#233; pasa. Supongo que quedar&#225; en evidencia cuando ese presunto delito de prevaricaci&#243;n se convierta en una realidad y se convierta en una sentencia que puede oscilar entre 10 y 20 a&#241;os de inhabilitaci&#243;n. Puede suponer el fin de la carrera judicial del juez Garz&#243;n.
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    <name>Pedro L&#243;pez</name>
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    <message>No hay que cantar victoria todav&#237;a, ni alegrarse del mal de nadie, por increible que pueda parecer much&#237;simos miembros de esta Fundaci&#243;n son jueces igualmente y no nos alegra que se condene a uno de nosotros. Simplemente que no estamos de acuerdo con el proceder de algunos compa&#241;eros y somos los primeros en denunciar ciertos hechos que no podemos compartir de ning&#250;n modo.

El primer paso se ha dado es cierto .El Tribunal Supremo ha admitido a tr&#225;mite una querella por prevaricaci&#243;n &#8212;precepto recogido en el art&#237;culo 446 del C&#243;digo Penal, que castiga al magistrado que dicta una resoluci&#243;n injusta a sabiendas&#8212; presentada por el sindicato Manos Limpias   contra el juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garz&#243;n, por la causa contra el franquismo, seg&#250;n fuentes judiciales.

  Mientras que la Prevaricaci&#243;n Administrativa es m&#225;s dificil de probar porque a veces el funcionario no tiene la correspondiente instrucci&#243;n, ni conocimientos jur&#237;dicos. La Judicial es muy dificil que un Juez o Magistrado pueda mostrar ignorancia sobre asuntos y materia que conoce divinamente. El Tribunal Supremo ha entendido que no se daban en este caso las condiciones para rechazar la misma. De hecho ha dicho textualmente:

"Esta sala, sin valorar ni prejuzgar lo sucedido, entiende que no se dan las condiciones para rechazar la admisi&#243;n a tr&#225;mite de esta querella", ya que "lo afirmado en la querella no es algo que, ab initio, pueda considerarse ajeno al tipo penal de prevaricaci&#243;n, al menos como hip&#243;tesis que no se advierte sea ni absurda ni irracional", afirma el Alto Tribunal en el auto de admisi&#243;n, tras tomar la decisi&#243;n por unanimidad de los magistrados.

La querella fue presentada el pasado 26 de enero, que tambi&#233;n solicitaba que, en caso de que su iniciativa fuera admitida a tr&#225;mite, el Consejo General del Poder Judicial suspenda cautelarmente de sus funciones al juez mientras termina de instruirse ese procedimiento &#8212;seg&#250;n fuentes del sindicato&#8212;. "Garz&#243;n no ten&#237;a competencia"

La querella se interpuso por considerar que Garz&#243;n incurri&#243; en prevariaci&#243;n al iniciar un procedimiento para la investigaci&#243;n y exhumaci&#243;n de las fosas del franquismo sin tener competencia para ello y en contra del criterio de la propia fiscal&#237;a de la Audiencia Nacional. 

El auto, firmado por el presidente de la sala de lo penal del TS, Juan Saavedra, y los magistrados Adolfo Prego, Joaqu&#237;n Jim&#233;nez, Francisco Monterde y Juan Ram&#243;n Berdugo, declara la competencia de este tribunal para la instrucci&#243;n y enjuiciamiento en su caso de esta causa y designa instructor al magistrado Luciano Varela, que citar&#225; a Garz&#243;n para tomarle declaraci&#243;n como imputado.

La Fiscal&#237;a hab&#237;a pedido al Supremo que archivara la querella, al estimar que "no se aprecia que las resoluciones dictadas por el titular del juzgado central de instrucci&#243;n n&#250;mero 5 de la Audiencia Nacional re&#250;nan los requisitos expuestos, dado que no se evidencia que el magistrado querellado haya actuado suplantando la 'ratio' y el fin de la norma por sus propias y particulares convicciones".

Garz&#243;n, quien deber&#225; comparecer en condici&#243;n de imputado ante el alto tribunal, abri&#243; en septiembre de 2008 una investigaci&#243;n para esclarecer las responsabilidades de los cr&#237;menes cometidos durante la dictadura.

El juez acusaba al General Franco y otros 44 miembros de sus Gobiernos y miembros de Falange de delitos contra Altos Organismos de la Naci&#243;n y la forma de Gobierno, y detenci&#243;n ilegal con desaparici&#243;n forzada de personas en un marco de "cr&#237;menes contra la humanidad".</message>
    <name>FUNDACION HERACLES CONTRA LA CORRUPCI&#211;N JUDICIAL</name>
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    <message>  
   El Tribunal Supremo ha archivado definitivamente la querella interpuesta contra Garz&#243;n por dos abogados por cobrar de una universidad durante su licencia de estudios en EE.UU, entre marzo de 2005 y junio de 2006. 

   De este auto es ponente Luciano Varela, que es precisamente el magistrado que ha sido designado instructor de la causa contra Garz&#243;n por el asunto de las desapariciones. En esta resoluci&#243;n desestima el incidente de nulidad presentado por los abogados Antonio Panea y Jos&#233; Luis Maz&#243;n contra una decisi&#243;n anterior del tribunal que conform&#243; el archivo de la investigaci&#243;n por los cobros, por no apreciar en este asunto indicios de delito contra el magistrado.

  En su solicitud de nulidad, los querellantes afirmaban que el Tribunal Supremo no tuvo en cuenta, al parecer por "extrav&#237;o" de determinados documentos, que Garz&#243;n pudo gestionar y obtener el patrocinio del Banco Santander para las dos conferencias que present&#243; en la Universidad de Nueva York, y por las que recibi&#243; un salario. El Supremo niega que tal extrav&#237;o se haya producido y a&#241;ade que, en todo caso , la valoraci&#243;n de los citados documentos "no implicaba, ni podr&#237;a impliar, toma en consideraic&#243;n alguna para resolver" el recurso de s&#250;plica contra el archivo de la causa.

  Los documentos supuestamente extraviados, seg&#250;n los letrados, proced&#237;an de una informaci&#243;n obtenida en la propia web de la universidad norteamericana donde se aprecia "una vinculaci&#243;n directa con el patronazgo por parte del querellado", seg&#250;n esta parte.

  El pasado 21 de abril, el Supremo confirm&#243; el archivo de la querella porque los datos que los abogados suger&#237;an*investigar -aportados por la Universidad de Nueva York, que organiz&#243; las charlas de Garz&#243;n- "no alcanzaban a desvirtuar las razones" por las que se descart&#243; la comisi&#243;n por el magistrado de un delito de cohecho, "ni siquiera en la modalidad de d&#225;diva en contemplaci&#243;n al oficio del funcionario".

  A&#241;ad&#237;a el alto tribunal que "tanto por la falta de vinculaci&#243;n directa del patronazgo a la persona del querellado, cuanto porque nada hace sospechar que el patronazgo tuviera por finalidad el il&#237;cito prop&#243;sito que el recurrente denuncia con m&#225;s voluntad que aval probatorio".


   El recurso de s&#250;plica de ambos abogados fue interpuesto despu&#233;s de que el pasado 10 de febrero el Supremo remitiera al (CGPJ) la documentaci&#243;n recibida de la Universidad de Nueva York en la que se da cuenta del cobro por parte del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garz&#243;n de algo m&#225;s de 200.000 d&#243;lares por la presentaci&#243;n de un ciclo de conferencias.

  Tras analizar la cuesti&#243;n, el alto tribunal consider&#243; que los hechos denunciados por el letrado carec&#237;an de relevancia penal y archiv&#243; la querella, si bien advirti&#243; que la ocultaci&#243;n por parte del juez de las cantidades que percibi&#243; del Centro Rey Juan Carlos I de Espa&#241;a y el Centro de Derecho y Seguridad de la Universidad de Nueva York podr&#237;a ser determinante de responsabilidad ante el CGPJ.

  El propio Supremo apuntaba en su auto que la Ley Org&#225;nica del Poder Judicial sanciona en su art&#237;culo 417.11 como falta muy grave "faltar a la verdad en la solicitud de obtenci&#243;n de permisos", y que habr&#237;a que investigar el caso porque cuando Garz&#243;n pidi&#243; pr&#243;rroga de licencia tras su primera etapa en Estados Unidos "no consta que hiciese advertencia alguna sobre la naturaleza y cantidad de los ingresos percibidos y gastos que le fueron satisfechos".      Esta investigaci&#243;n disciplinaria a&#250;n est&#225; pendiente de resolverse en el &#243;rgano de gobierno de los jueces. Seg&#250;n el auto del Tribunal Supremo, el Centro Rey Juan Carlos asumi&#243; el pago de gastos de viaje por 21.152 d&#243;lares y la escolarizaci&#243;n de la hija de Garz&#243;n en la Escuela Internacional de Naciones Unidas. Adem&#225;s, el Centro de Derecho y Seguridad pag&#243; a Garz&#243;n otros 160.333,14 d&#243;lares "en concepto de sueldo" por organizar los cursos denominados "Di&#225;logos Transatl&#225;nticos" y "Seguridad Jur&#237;dica".


   En su resoluci&#243;n inicial de archivo, dictada el pasado mes de febrero, el alto tribunal recordaba que en julio de 2006, cuando el CGPJ tuvo por presentada la memoria justificativa de la licencia y pr&#243;rroga solicitada por Garz&#243;n, el &#243;rgano de gobiernos de los jueces declar&#243; que el interesado "no habr&#237;a de sufrir limitaci&#243;n alguna de sus haberes como titular del Juzgado Central de Instrucci&#243;n n&#250;mero 5 durante el periodo que disfrut&#243; de la licencia".

   El auto a&#241;ad&#237;a que "tampoco consta" que el CGPJ adoptase alguna resoluci&#243;n, m&#225;s all&#225; de la concesi&#243;n de la licencia al juez, en la que autorizara "la compatibilidad para la actividad de docencia retribuida y, menos a&#250;n, que tomase conocimiento de los importes de dicha retribuci&#243;n, como concepto diverso de la indemnizaci&#243;n de gastos".

   De hecho, en la petici&#243;n que dirigi&#243; al Consejo el 22 de diciembre de 2004, Garz&#243;n se limit&#243; a se&#241;alar que "no existe cantidad alguna con la New York University sobre remuneraci&#243;n espec&#237;fica" y que estaba gestionando con la instituci&#243;n acad&#233;mica que cubriera "los gastos de desplazamiento, vivienda y mantenimiento personal y familiar (no moment&#225;neo) durante el periodo mencionado".

   El abogado que se querell&#243; contra Garz&#243;n argumentaba que Garz&#243;n pudo cometer un delito de cohecho y otro de prevaricaci&#243;n por no abstenerse en la tramitaci&#243;n de una querella presentada en octubre de 2006 contra el Santander a pesar de que, seg&#250;n el libro 'Garz&#243;n, juez o parte', del periodista Jos&#233; D&#237;az Herrera, cobr&#243; de esta entidad 100.000 d&#243;lares por cada una de las 17 conferencias que ofreci&#243; en la Universidad de Nueva York entre 2005 y 2006.</message>
    <name>Javier H.</name>
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    <message>Un poco de memoria si alguien recurre a las hemerotecas recordar&#225; que algunos periodicos se hac&#237;an eco de que la Fiscal&#237;a recurrir&#225; al &#243;rgano superior de Garz&#243;n el caso de las fosas de la Guerra Civil, a mediados del mes de Octubre de 2008.

La noticia era recogida mas o menos as&#237;:

La Fiscal&#237;a de la Audiencia Nacional recurrir&#225; directamente ante el Tribunal superior de Baltasar Garz&#243;n la decisi&#243;n del juez de declararse competente para investigar las desapariciones ocurridas durante la Guerra Civil y la posguerra, seg&#250;n publica El Mundo.

Fuentes de la Fiscal&#237;a de la Audiencia han confirmado que "va a haber recurso directo de apelaci&#243;n". Seg&#250;n han explicado, la maniobra del juez instructor de transformar las diligencias previas en sumario no les obliga a pasar por el aro del recurso de reforma antes de apelar ante la Sala de lo Penal.

El argumento con el que justifican la presentaci&#243;n del recurso ante la sala de lo Penal de la Audiencia es el mismo que utiliz&#243; Javier G&#243;mez de Lia&#241;o ayer para justificar la medida, que es que el auto que se va a recurrir fue dictado en fase de diligencias previas, por lo que el recurso deber&#237;a acogerse a ese momento procesal. En la fase de diligencias es posible recurrir directamente ante el tribunal superior sin tener que pasar antes por un recurso de reforma que ten&#237;a que pasar por Garz&#243;n.

Por su parte, las asociaciones han pedido que no se paralice la causa. La plataforma integrada por 14 asociaciones personadas en la cauda sobre los desaparecidos durante la Guerra Civil y el franquismo celebr&#243; ayer una reuni&#243;n en el Ateneo de Madrid para consensuar sus pr&#243;ximas actuaciones. Su portavoz, Manuel Perona, hizo un llamamiento a la Fiscal&#237;a para que no presente el recurso que ha anunciado en contra de la decisi&#243;n del magistrado de declararse competente para investigar los cr&#237;menes la Guerra Civil y la posguerra.

Adem&#225;s, la Uni&#243;n Progresista de Fiscales (UPF) ha mostrado su "apoyo" a la investigaci&#243;n "que solicitan los familiares de afectados y sus asociaciones" sobre los cr&#237;menes en la Guerra Civil que, en su opini&#243;n, han sido objeto "de un vergonzoso olvido oficial".

Sin embargo, en el caso de la querella criminal la Fiscal&#237;a del Supremo ahora ha pedido que se archivara la querella, cosa distinta que haya tenido &#233;xito.

Mas que hablar en gen&#233;rico de Fiscal&#237;a, ser&#237;a oportuno citar al fiscal  de la ocurrencia para irnos familiarizando con las diversas agrupaciones de los mismos y saber de qu&#233; pie cojean &#233;stas.</message>
    <name>Pedro L&#243;pez</name>
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