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    <body>Madrid, 12 de marzo de 2009


Llamazares argumenta que &#8220;la ineficaz f&#243;rmula del copago discriminar&#237;a en funci&#243;n de renta a determinados sectores de la poblaci&#243;n y convertir&#237;a en cr&#243;nicos los problemas agudos de salud&#8221;

La Comisi&#243;n de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad una proposici&#243;n no de ley defendida por el portavoz parlamentario de Izquierda Unida y presidente de la citada comisi&#243;n, Gaspar Llamazares, en la que se rechaza la introducci&#243;n de la &#8220;ineficaz f&#243;rmula&#8221; del copago en la Sanidad P&#250;blica espa&#241;ola, por entender que afectar&#237;a &#8220;gravemente a la accesibilidad, la universalidad y la gratuidad de la atenci&#243;n integral de los pacientes&#8221;.

El texto final, tras la enmienda transada con el resto de grupos, considera que la mejora en la eficiencia de la gesti&#243;n en la pol&#237;tica de Salud P&#250;blica, junto con un sistema de financiaci&#243;n auton&#243;mico adecuado, dan &#8220;un margen suficiente de sostenibilidad al Sistema Nacional de Salud (SNS)&#8221;, en el marco de un Pacto por la Sanidad en el que participen todos los agentes implicados, para prescindir del copago en decisiones futuras.

Llamazares hab&#237;a explicado previamente que la iniciativa de Izquierda Unida, presentada a trav&#233;s del Grupo Parlamentario de ERC-IU-ICV, buscaba como objetivo fundamental &#8220;rechazar solemnemente&#8221; la f&#243;rmula del copago en un momento en el que propuestas similares &#8220;recorren Europa como un fantasma&#8221; y hacerlo, adem&#225;s, en &#8220;la antesala de los trabajos de estudio del Pacto por la Sanidad&#8221;.

Analiz&#243; que el coste a&#241;adido que supone el copago para el paciente &#8220;trata de disuadirle de usar los servicios sanitarios&#8221; y discrimina el acceso a los mismos. Para Llamazares, el sistema sanitario espa&#241;ol debe mantenerse al margen de esas propuestas que recorren Europa &#8220;en forma del euro por asistir a la consulta en Francia o el ticket moderador de Alemania. No es m&#225;s que un &#8220;ataque directo a la universalidad del acceso al Sistema Nacional de Salud&#8221;.

Gaspar Llamazares puso un ejemplo muy concreto para que fuera apoyada la propuesta de IU al se&#241;alar que &#8220;discriminar por raz&#243;n de renta a determinados sectores de la poblaci&#243;n, dificult&#225;ndoles el acceso a la sanidad, s&#243;lo conseguir&#225; que problemas agudos de salud se conviertan en cr&#243;nicos y que, en consecuencia, generen mayores costes sanitarios&#8221;.

Por otra parte, en la misma comisi&#243;n fue aprobada tambi&#233;n otra proposici&#243;n no de ley de IU en la que se insta al Ejecutivo a poner en marcha &#8220;de forma urgente la Comisi&#243;n Mixta de Coordinaci&#243;n del Instituto Carlos III&#8221;, contemplada en un decreto aprobado en julio del a&#241;o pasado, despu&#233;s de que esta instituci&#243;n fuera transferida al Ministerio de Ciencia e Innovaci&#243;n.

El texto de IU quiere tambi&#233;n que se asegure la participaci&#243;n conjunta y efectiva del Ministerio de Sanidad y Consumo junto con el de Ciencia e Innovaci&#243;n en las instituciones y servicios de Salud P&#250;blica integrados en el Carlos III, y que la funci&#243;n investigadora de este instituto se realice teniendo en cuenta las prioridades de pol&#237;tica sanitaria y de salud p&#250;blica del departamento que dirige Bernat Soria.

A trav&#233;s de una enmienda transaccional el texto final reclama que la funci&#243;n investigadora del Instituto se realice teniendo en cuenta las prioridades de pol&#237;tica sanitaria del Ministerio de Sanidad y el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Tambi&#233;n que se mantengan como funciones b&#225;sicas del Carlos III la formaci&#243;n e investigaci&#243;n sanitarias en relaci&#243;n al Sistema Nacional, siempre en coordinaci&#243;n con las CC.AA.

Llamazares considera que, en la actualidad, en el Carlos III reina una &#8220;desorganizaci&#243;n rampante&#8221;, debida a la confusi&#243;n que genera la dependencia directa de Ciencia e Innovaci&#243;n y el tener que decidir sobre temas que, en buena parte de las veces, ata&#241;en tambi&#233;n al Ministerio de Sanidad.

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    <title>Izquierda Unida logra que el Congreso rechace el copago sanitario y que se produzca un retroceso en la sanidad p&#250;blica</title>
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    <body>&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;La Ley de Dependencia excluye los geri&#225;tricos de los servicios gratuitos &lt;em&gt;Los ancianos con menos de 517 euros de renta tambi&#233;n pagar&#225;n por su plaza&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;

La gratuidad en las ayudas de la Ley de Dependencia s&#243;lo alcanzar&#225; a las rentas m&#225;s bajas y en las prestaciones menos costosas. Los m&#225;s humildes tambi&#233;n tendr&#225;n que aportar por tener una plaza de residencia. El Ministerio de Educaci&#243;n y Pol&#237;ticas Sociales, que dirige Mercedes Cabrera, y las comunidades han cerrado el desarrollo normativo de la Ley de Dependencia dej&#225;ndolo muy abierto. Los m&#225;rgenes son tan anchos que cada autonom&#237;a podr&#225; legislar a su modo. Apenas se han acordado unos m&#237;nimos comunes sobre la cuant&#237;a econ&#243;mica que tendr&#225;n que aportar los beneficiarios de la ley y sobre el personal que los atender&#225;.

Los ancianos cuya pensi&#243;n no alcance los 517 euros no tendr&#225;n que aportar nada por los servicios que se les preste, salvo si se les concede una plaza en un geri&#225;trico. En ese caso, cada comunidad decidir&#225; cu&#225;nto pone el usuario: puede que nada, o puede que una buena parte, aunque nunca el coste total. Los que est&#233;n por encima de los 517 euros pagar&#225;n una parte del servicio que reciban (a menos que la comunidad quiera d&#225;rselo gratis, harto improbable). Para decidir cu&#225;nto aportar&#225; cada beneficiario se considerar&#225; su propia renta, no la de la unidad familiar. La vivienda habitual del usuario s&#243;lo computar&#225; en la renta cuando se le otorgue una plaza de residencia. Pero no si en ella vive el c&#243;nyuge, hijos menores, discapacitados o familiares a cargo del anciano.

El acuerdo de copago establece tambi&#233;n que los cuidadores familiares nunca cobren menos del 75% de la ayuda correspondiente. Y para el resto de las prestaciones econ&#243;micas previstas, nunca se pagar&#225; menos del 40%.

Respecto a la calidad de los servicios que se presten y a la cualificaci&#243;n del personal, desde el director a los auxiliares de los centros geri&#225;tricos tendr&#225;n que tener una titulaci&#243;n adecuada. El 35% de ellos deber&#225;n acreditarla en 2011 y para 2015, todos. Los centros geri&#225;tricos deber&#225;n tener en 2015 casi un trabajador por cada dos usuarios.

Ambos acuerdos han salido por mayor&#237;a, con la abstenci&#243;n de las comunidades gobernadas por el PP y Canarias. El PP lament&#243; que no sean decretos, como otros desarrollos de la ley. No conf&#237;an en la obligatoriedad de un simple acuerdo. Habr&#225;, dicen, 17 modelos para atender a los dependientes. La consejera catalana, Carme Capdevila, se abstuvo en el acuerdo de acreditaci&#243;n de centros, por las competencias auton&#243;micas. Advierte que la falta de financiaci&#243;n puede obligarla a suspender las ayudas de uno a tres meses.&lt;/div&gt;

&lt;div align="center"&gt;&lt;strong&gt;Publicado en &lt;em&gt;&lt;a href="http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Ley/Dependencia/excluye/geriatricos/servicios/gratuitos/elpepusoc/20081128elpepisoc_5/Tes" title="Abre en ventana independiente" target="_blank"&gt;EL PA&#205;S&lt;/a&gt;&lt;/em&gt; del 28 de Noviembre de 2008&lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;

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    <title>&#191;ES &#201;STE EL CUARTO PILAR DEL ESTADO DE BIENESTAR DEL QUE TANTO PRESUM&#205;A ZAPATERO?</title>
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    <body>&lt;img style="float:left; margin:0 10px 10px 0;cursor:pointer; cursor:hand;width: 400px; height: 231px;" src="http://4.bp.blogspot.com/_VASAYnUH9KM/SQXSuNUwjeI/AAAAAAAAAJQ/n-3ptbuuzhA/s400/gr07332818062008.jpg" border="0" alt="" id="BLOGGER_PHOTO_ID_5261843430944837090"&gt;Parece ser que el tema, uno de los tab&#250;es de la Sanidad gubernamental, se plante&#243; en el &#250;ltimo Consejo Interterriorial, celebrado en Zaragoza el pasado mes de septiembre.&#160;Marina Geli dice que todos los consejeros de Sanidad de las comunidades aut&#243;nomas quieren el copago , pero que no lo quieren decir en p&#250;blico. Y la verdad es que me lo creo, m&#225;s aun cuando son varios los sistemas sanitarios auton&#243;micos que est&#225;n en situaci&#243;n de quiebra t&#233;cnica. Entre ellos, por supuesto, el de Catalu&#241;a; por lo que no es de extra&#241;ar que la Consellera de Salut de la Generalitat catalana haya reabierto -una vez m&#225;s- el vetusto debate del copago.&lt;div&gt;Personalmente, estoy convencido de que el copago de los servicios sanitarios es un futuro ineludible y que cuanto antes se instaure mejor. Mejor para el Sistema Nacional de Sanidad. Mejor para la calidad asistencial. Y, ante todo, mejor para los usuarios del sistema p&#250;blico de salud.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;Y la ocasi&#243;n, la de la crisis financiera internacional, la pintan calva. &#191;Qu&#233; mejor momento que &#233;ste? Aunque me temo que el Gobierno no est&#225; por la labor, empe&#241;ado en defender la entelequia de la gratuidad de un sistema sanitario universal. De hecho, ya existe el copago. Por un lado, los usuarios abonamos en t&#233;rminos generales y con la exenci&#243;n de los jubilados, un 40% del precio de los medicamentos. Tambi&#233;n en algunas comunidades aut&#243;nomas se paga entre uno y dos c&#233;ntimos por litro de gasolina, el famoso c&#233;ntimo sanitario que ahora se columpia sobre el abismo de las arbitrarias decisiones de la Comisi&#243;n Europea.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;Copago es, en este caso, sin&#243;nimo de corresponsabilidad. Pero, &#161;ojo!, por ambas partes: paciente y administraci&#243;n, o administraci&#243;n y paciente, que tanto da. Si quiere tener un buen sistema sanitario, hay que cuidarlo; lo que no es posible con presupuestos deficitarios, una gesti&#243;n pol&#237;tica - esto no quiere decir que haya que recurrir a la gesti&#243;n privada, sino a criterios de gesti&#243;n privada- y una mala utilizaci&#243;n de los recursos disponibles por parte del usuario y los propios profesionales de la salud.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;
&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;strong&gt;Contribuir a la continuidad del sistema&lt;/strong&gt;
&lt;/div&gt;&lt;div&gt;La corresponsabilidad, el copago, supone, por ejemplo, penalizar con una prestaci&#243;n econ&#243;mica a quienes acuden a los servicios de urgencia sin tratarse de una situaci&#243;n de urgencia. Se evitar&#237;an as&#237; las largas horas de espera para ser atendido. Pero para ello debe haber una contrapartida: que haya servicios de urgencias en los Centros de Salud funcionando las 24 horas de los siete d&#237;as a la semana que canalicen hacia el hospital los casos realmente urgentes. S&#243;lo as&#237; se evitar&#225;n las masificaciones de los servicios de urgencia de los hospitales que, hoy por hoy, contin&#250;an siendo la v&#237;a m&#225;s eficaz para evitar las listas de espera.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;Tambi&#233;n supondr&#237;a pagar un canon por consulta. Pero la contrapartida es desburocratizar la consulta del m&#233;dico de atenci&#243;n primaria -por ejemplo, libr&#225;ndoles de cumplimentar el parte de baja o las recetas de los pacientes&#160;cr&#243;nicos; potenciando la labor de la enfermer&#237;a, etc.-. Otro tanto deber&#237;a ocurrir con las consultas de los especialistas y las pruebas diagn&#243;sticas.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;Pero para que los usuarios acepten el corresponsabilidad del copago deben estar informados de lo que cuesta su asistencia m&#233;dica, sea del tipo que sea; o, dicho de otro modo, de lo que se ahorra por vivir en un pa&#237;s con un sistema sanitario, p&#250;blico, universal y casi gratuito.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;Para m&#237; no es v&#225;lido el argumento al que se acude habitualmente para rechazar el copago. Con la cuota de la Seguridad Social que pagan todos los trabajadores se adquieren derechos a prestaciones como el paro, la jubilaci&#243;n, la baja remunerada y la asistencia sanitaria. Pero en este &#250;ltimo caso deber&#237;a a&#241;adirse la corresponsabilidad en garantizar la continuidad del sistema. El que algo quiere, algo le cuesta, se&#241;ale el dicho popular, que han asumido desde un inicio las aseguradoras privadas, que cobran por acto m&#233;dico.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;
&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;strong&gt;Tanto ganas, tanto pagas&lt;/strong&gt;
&lt;/div&gt;&lt;div&gt;Si en la declaraci&#243;n de la renta cuanto m&#225;s se gana menos se paga, el copago sanitario debe asumir la tesis contraria, es decir, pagar en funci&#243;n de los ingresos, independientemente de si se es o no jubilado. El sistema debe ser solidario con los que menos tienen y &#233;sta es la &#250;nica manera de lograrlo. Y la inform&#225;tica ya ha resuelto desde hace tiempo la viabilidad de establecer los controles necesarios, para garantizar que esta corresponsabildad solidaria se lleve a cabo sin perjudicar a los m&#225;s d&#233;biles.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;En cualquier caso, antes o despu&#233;s el Gobierno tendr&#225; que apartar el &#225;rbol para ver el bosque de los sistemas sanitarios de las Comunidades Aut&#243;nomas, con sus problemas reales de financiaci&#243;n y estructuraci&#243;n organizativa. Obviamente, es m&#225;s que probable que haya un r&#233;dito pol&#237;tico que asumir por la osad&#237;a de hacer lo correcto. De hecho, estoy convencido de que es la &#250;nica raz&#243;n de que aun no se haya establecido el copago, aun a costa de una clara p&#233;rdida de calidad asistencial que perjudica tanto al usuario como a los profesionales de la salud, cada vez m&#225;s desmotivados. Ahora, la crisis econ&#243;mica ofrece un pretexto magn&#237;fico para establecer lo todos saben que antes o despu&#233;s habr&#225; que hacer para garantizar la estabilidad del sistema sanitario. Se supone que hay que legislar en beneficio del ciudadano y la estabilidad social y no para mantener la poltrona. Los pol&#237;ticos deber&#237;an aprender que la propia imagen no est&#225; re&#241;ida con la eficacia y mucho menos con la eficiencia. Muy al contrario, hay un claro rendimiento de coste-beneficio. Pero, &#191;sabr&#225;n lo que es esto?&lt;/div&gt;</body>
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    <title>El copago, un futuro ineludible</title>
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    <body>&lt;DIV align=justify&gt;Me dirijo a usted, se&#241;or director, con el objeto de poder compartir con los lectores mi situaci&#243;n personal en cuanto a la famosa Ley de Dependencia. Tengo a mi cuidado a mi suegro de 86 a&#241;os, reconocido por la ley con un grado 3 de dependencia, lo que le equipara a una gran dependencia, esto es: &#171;cuando la persona necesita ayuda par a realizar varias actividades b&#225;sicas de la vida diaria varias veces al d&#237;a, y por su p&#233;rdida total de autonom&#237;a f&#237;sica, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonom&#237;a personal&#187;.

Llevamos en esta situaci&#243;n m&#225;s de 4 a&#241;os y, desde hace unos meses, nos satisfac&#237;a pensar que parte de dichos cuidados iban a ser cubiertos econ&#243;micamente por nuestra autonom&#237;a o por el Estado, pues as&#237; nos lo hab&#237;an hecho saber con las continuas alusiones a las ayudas que con la tan alardeada pol&#237;ticamente Ley de Dependencia se iban a empezar a conceder. Iniciamos la solicitud y he aqu&#237; la respuesta. A mi suegro le ha sido concedida la ayuda. Que alegr&#237;a.

La Consejer&#237;a de Bienestar Social se ha pronunciado a su favor y nos hace constar que a mi suegro le corresponden por su nivel m&#225;ximo de dependencia entre 70 y 90 horas de cuidados al mes, eso s&#237; &#191;enteramente pagadas de su bolsillo! Pero que bien funcionan las prestaciones sociales en Espa&#241;a. Es de risa. Lo que a Zapatero se le hab&#237;a olvidado decirnos, tan ocupado en presumir de sus ayudas sociales de risa, era que &#171;los beneficiarios contribuir&#237;an econ&#243;micamente a la financiaci&#243;n de los servicios de forma progresiva en funci&#243;n de su capacidad econ&#243;mica&#187;.

Aqu&#237; estamos hablando de una pensi&#243;n de 800 euros para ambos c&#243;nyuges, y de unos ahorros en el banco fruto de una vida de sacrificio. &#191;Ser&#225; que con la p&#233;sima gesti&#243;n de la econom&#237;a las ayudas sociales dan para muy pocos?&lt;/DIV&gt;
 &lt;DIV align=center&gt;&lt;B&gt;Publicado en OPINI&#211;N CARTAS de &lt;I&gt;&lt;A title="Abre en ventana independiente" href="http://www.elcomerciodigital.com/gijon/prensa/20080320/opinion/fiasco-ayuda-social-20080320.html" target=_blank&gt;EL COMERCIO DIGITAL &lt;/A&gt;&lt;/I&gt;el 21 de Marzo de 2008&lt;/B&gt;&lt;/DIV&gt;
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    <title>El fiasco de la ayuda social</title>
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    <body>&lt;DIV align=center&gt; &lt;OBJECT  height=355 width=425&gt;&lt;PARAM NAME="movie" VALUE="http://www.youtube.com/v/s8tobYd7P0Y&amp;amp;rel=1"&gt;&lt;PARAM NAME="wmode" VALUE="transparent"&gt; &lt;embed   src="http://www.youtube.com/v/s8tobYd7P0Y&amp;rel=1" type="application/x-shockwave-flash" wmode="transparent" width="425" height="355"&gt;&lt;/embed&gt;&lt;/OBJECT&gt;&lt;/DIV&gt;

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    <title>El copago es una injusticia que solo se aplica en el sistema de atenci&#243;n a la dependencia</title>
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    <body>&lt;B&gt;La Ley de Autonom&#237;a Personal tiene un error de base: y es que se trata de igual manera a una persona de 91 a&#241;os que no tiene movilidad, que a una persona de 33 parapl&#233;jica que lo &#250;nico que quiere es ser lo m&#225;s aut&#243;nomo posible.&lt;/B&gt;


NADIE duda de que la ley de Autonom&#237;a Personal, que ahora celebramos un a&#241;o de aplicaci&#243;n, ha supuesto un avance en cuanto a la cobertura social de las personas que se encuentran en una situaci&#243;n de desigualdad porque no pueden desarrollarse por si mismos de manera aut&#243;noma. Tras un a&#241;o de la aplicaci&#243;n de la ley, me gustar&#237;a hacer unas reflexiones sobre lo que falsamente el Ministro Caldera llama al cuarto pilar del bienestar. Nos dicen que estamos ante un nuevo modelo en el que las personas tenemos unos 'derechos' que nos pertenecen y que ya nadad ni nadie de manera graciable puede o no conceder una prestaci&#243;n.

Hasta ah&#237; de acuerdo. Pero no puedo compartir que sea &#233;ste el cuarto pilar del bienestar equipar&#225;ndolo a la sanidad y la educaci&#243;n.

Esto es una falsedad ya que en el nuevo sistema se regula el co-pago de las prestaciones, mientras que en sanidad y en educaci&#243;n la gratuidad est&#225; garantizada.

En este nuevo sistema dependiendo de los recursos econ&#243;micos que tengas, tendr&#225;s que pagar una parte de la prestaci&#243;n.

Otro gran error es que la aplicaci&#243;n de la Ley est&#225; condicionada a la consignaci&#243;n presupuestaria de la Comunidad Aut&#243;noma. Para 2008, 270 millones de euros.

&#191;Y que pasa si se acaban los fondos? &#191;No s&#233; atender&#225; la demanda? En el 2008 haya que dar respuesta a los grandes dependientes y a la dependencia severa. &#191;Sabemos realmente si todos los grandes dependientes han solicitado ya ser valorados? No es lo mismo la ayuda a domicilio que una plaza en residencia, no tiene le mismo coste.

Y otra gran decepci&#243;n que me ha llevado cuando hago balance y reflexiono sobre este 1er a&#241;o de aplicaci&#243;n de la ley, es que lejos de promocional la Autonom&#237;a Personal, ha asentado a&#250;n m&#225;s la dependencia.

Esta ley tiene, bajo mi punto de vista y tras un a&#241;o de aplicaci&#243;n, un error de base: y es que se trata de igual manera a una persona de 91 a&#241;os que no tiene movilidad y no puede ni comunicarse, que a una persona de 33 a&#241;os parapl&#233;jica que lo &#250;nico que quiere es ser lo m&#225;s aut&#243;nomo posible. Para atender su demanda se les plantea el mismo cat&#225;logo de servicios, hasta ahora: ayuda a domicilio o prestaci&#243;n econ&#243;mica para cuidador no profesional.

Esto es lo &#250;nico que se est&#225; ofertando ahora porque no hay suficientes plazas en residencias p&#250;blicas, ni en centro de d&#237;a; no existen centros de noche, y la figuran tan importante del asistente personal apenas la han explorado. Son miles las personas que, en M&#225;laga se sienten y quieren ser aut&#243;nomos y s&#243;lo necesitan el apoyo del asistente personal para realizar algunas actividades.

No quiero terminar sin dirigirme a todas aquellas familias que solicitaron ser valoradas en abril, mayo y junio, y a&#250;n no tiene respuesta. A todas ellos quiero dejarles claro que desde el Ayuntamiento, nuestros trabajadores sociales est&#225;n haciendo un gran esfuerzo para que todo vaya lo m&#225;s r&#225;pidamente posible. Han sido 14.000 personas las que han acudido a solicitar informaci&#243;n y a todos se les ha atendido personalmente.

Han sido 14.000 personas las que han acudido a solicitar informaci&#243;n y a todos se les ha atendido personalmente. De ellas, casi 6000 han sido valoradas y al d&#237;a de hoy hay elaborados 450 planes individuales de atenci&#243;n.

Nos gustar&#237;a que todos tuviesen ya su prestaci&#243;n pero eso no es nuestra responsabilidad. Con un apoyo tan peque&#241;o en recursos humanos no podemos llegar a m&#225;s. Quiz&#225;s hubiese sido m&#225;s eficaz primero dotar a los Ayuntamientos de m&#225;s personal cualificado para que el desarrollo de esta ley, que tanta publicidad ha tenido y tantas expectativas ha generado, no suponga frustraci&#243;n en muchas familias que a&#250;n no han recibido respuesta.
 &lt;DIV align=right&gt;&lt;B&gt;MARIV&#205; ROMERO.- Concejala de Bienestar social del ayuntamiento de M&#225;laga&lt;/B&gt;
Publicado en &lt;A title="Abre en ventana independiente" href="http://www.diariosur.es/prensa/20080131/opinion/autonomia-dependencia-20080131.html" target=_blank&gt;DIARIO SUR&lt;/A&gt; el 31/01/2008&lt;/DIV&gt;
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    <title>&#191;AUTONOM&#205;A &#211; DEPENDENCIA?</title>
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    <body>Hace ya algunos meses, en marzo de 2007, Jos&#233; Benito Dur&#225;n expon&#237;a en esta misma revista la estructura y calendario de la entonces reci&#233;n aprobada Ley de Promoci&#243;n de la Autonom&#237;a Personal y Atenci&#243;n a las Personas en Situaci&#243;n de Dependencia (39/2006), haciendo &#233;nfasis en las carencias de las prestaciones encaminadas a promover la autonom&#237;a personal. B&#225;sicamente, las insuficiencias m&#225;s significativas se pod&#237;an resumir en:

Prestaci&#243;n econ&#243;mica para asistencia personal. Restringida a las personas valoradas en 'grado III', no contempla cubrir actividades de participaci&#243;n en la vida comunitaria/social/c&#237;vica y s&#243;lo se compromete a 'contribuir a la contrataci&#243;n de unas horas'

&lt;strong&gt;Asistencia tecnol&#243;gica.&lt;/strong&gt; Supeditada a las disponibilidades presupuestarias y al acuerdo pol&#237;tico entre Administraciones.

&lt;strong&gt;Copago&lt;/strong&gt;. Las prestaciones y servicios se financiar&#225;n en 1/3 con el pago por parte de los usuarios, teniendo en cuenta su 'capacidad econ&#243;mica' y la diferencia entre 'gastos asistenciales' y 'gastos hoteleros', pero no se contempla valorar los gastos a&#241;adidos que comporta vivir con diversidad funcional en un medio social discriminatorio.

As&#237; las cosas, las personas con diversidad funcional que leg&#237;timamente aspiramos a una vida independiente, de plena participaci&#243;n social, libre de discriminaci&#243;n y en igualdad de oportunidades, depositamos nuestras esperanzas en que el desarrollo reglamentario y auton&#243;mico de la norma b&#225;sica estatal subsanara los males y agravios que aquejaban al reci&#233;n nacido aspirante a cuarto pilar del Estado del Bienestar. Hasta el momento de escribir estas l&#237;neas, los decretos estatales m&#225;s significativos publicados para el despliegue de los apoyos vinculados a la promoci&#243;n de la autonom&#237;a personal son:

&lt;strong&gt;Baremo&lt;/strong&gt;. No se orienta hacia la valoraci&#243;n individual de las horas de asistencia necesarias para hacer viable el proyecto vital de cada persona, sino que se limita a puntuar la funcionalidad desde un enfoque m&#233;dico-rehabiltador, circunscrito a las actividades b&#225;sicas de la vida diaria y sin contemplar los &#225;mbitos laboral, de estudios o de participaci&#243;n en la vida comunitaria, social y c&#237;vica. La herramienta para acceder a las prestaciones y servicios no puede resultar ni &#250;til ni justa si no valora &#225;reas que son objetivos de la Ley (trabajo y estudios), ni otras que la CIF ha establecido como fundamentales (vida comunitaria, social y c&#237;vica, relaciones interpersonales, etc). Adem&#225;s, est&#225; dise&#241;ado de manera que sea pr&#225;cticamente imposible obtener la puntuaci&#243;n (&amp;gt;90, de un total de 100) que da acceso a las prestaciones m&#225;ximas. Por ejemplo, una persona que no mueva ni un solo m&#250;sculo de su cuerpo y que no presente alteraciones de conducta s&#243;lo aspira a obtener 95 puntos, y a partir de ah&#237; cualquier peque&#241;a acci&#243;n que pueda realizar ya le har&#225; estar por debajo del umbral de prestaciones m&#225;ximas, aunque necesite 20 horas de asistencia diarias.

&lt;strong&gt;Cuant&#237;a m&#225;xima de las prestaciones econ&#243;micas. &lt;/strong&gt;El importe m&#225;ximo que podr&#225; alcanzar la prestaci&#243;n econ&#243;mica para asistencia personal ser&#225; de 780 &#8364;/mes (grado III, nivel 2) o de 585 &#8364;/mes (grado III, nivel 1) A estas cantidades m&#225;ximas habr&#225; que deducirles el copago que estipule cada Comunidad Aut&#243;noma (en contra del esp&#237;ritu del principio de de diferenciar entre 'gastos asistenciales' y 'gastos hoteleros'), y las prestaciones de car&#225;cter an&#225;logo que ya se est&#233;n percibiendo (complementos de 'gran invalidez', de '3&#170; persona' y de 'hijo a cargo', programa 'viure en fam&#237;lia', etc ) Incluso en el caso de ser baremado en grado III-nivel 2 y no imponer copago, la cantidad m&#225;xima de 780 &#8364;/mes s&#243;lo permite contratar 2-3 horas diarias de asistencia personal. Teniendo en cuenta que hablamos de personas que necesitan de 10 a 24 horas de asistencia diarias, se hace evidente que el importe que garantizar&#225; el Estado no alcanza ni para la mera supervivencia, menos a&#250;n para cumplir el objetivo de la prestaci&#243;n para asistencia personal de cubrir el acceso al mundo laboral y los estudios. De la participaci&#243;n en la vida comunitaria, social y c&#237;vica y de las relaciones interpersonales mejor ni hablamos, para eso har&#237;a falta un sistema orientado a garantizar los derechos humanos y &#233;ste es m&#225;s bien un saco de pa&#241;os calientes destinado a aliviar (y a perpetuar &#161;&#161;) el papel de las mujeres del entorno familiar como proveedoras de asistencia no remunerada.

En definitiva, se observa que el desarrollo reglamentario de la Ley de inDependencia parece tender a acentuar las carencias ya detectadas en su momento, perfilando un sistema orientado a la simple supervivencia de quienes necesitan m&#225;s horas de asistencia y a la perpetuaci&#243;n del tradicional rol de las mujeres como 'cuidadoras informales'. Es desde este baj&#237;simo punto de partida que las Administraciones Auton&#243;micas y Locales deben reorientar el modelo hacia el respeto de los derechos humanos, la no discriminaci&#243;n y la igualdad de oportunidades.

&lt;strong&gt;En el caso de &lt;em&gt;Catalu&#241;a&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;, el pasado 3 de octubre se aprob&#243; en el Parlament la nueva Ley de Servicios Sociales, que establece la integraci&#243;n de las prestaciones y servicios de la Ley de inDependencia en la Cartera de Servicios que determinar&#225; el conjunto de prestaciones de la Red de Servicios Sociales de Atenci&#243;n P&#250;blica de Catalu&#241;a. Veamos c&#243;mo esta nueva ley auton&#243;mica aborda las carencias que en materia de promoci&#243;n de la autonom&#237;a personal acusa la ley estatal:

&lt;strong&gt;Prestaci&#243;n econ&#243;mica para asistencia personal.&lt;/strong&gt; Se restringe a personas con diversidad funcional f&#237;sica, con lo que incorpora a las algunas personas baremadas en grado I y II que eran discriminadas por la ley estatal, pero a su vez discrimina a todas las personas con diversidad funcional no-f&#237;sica, incluso a aquellas que baremadas en grado III tienen derecho a asistencia personal seg&#250;n la ley estatal. Como todas las ideas nuevas, la asistencia personal parece generar recelos en la Administraci&#243;n, que intenta proteger la sostenibilidad del sistema a base de recortar derechos. Un elemento que puede ayudar a desmontar ideas preconcebidas sobre el coste de la asistencia personal es la obligaci&#243;n que establece la nueva Ley de acompa&#241;ar cada prestaci&#243;n y servicio, incluida en la Cartera de Servicios con un estudio econ&#243;mico de su coste. M&#225;s de uno se va a sorprender de los 32.000 &#8364;/a&#241;o que cuesta una plaza residencial frente a los 16.000 &#8364;/a&#241;o de un asistente personal (a jornada completa, incluida Seguridad Social y vacaciones), o de los 15 &#8364; que cuesta cubrir una hora de asistencia con SAD municipal frente a los 9 &#8364; que cuesta cubrirla con asistencia personal autogestionada (con sueldo superior al auxiliar de SAD, incluidos gastos de gesti&#243;n) Por supuesto, m&#225;s all&#225; de la inversi&#243;n que requiera cada prestaci&#243;n o servicio, no hay que perder de vista que estamos ante una cuesti&#243;n de derechos humanos, tal y como ha establecido con contundencia la Convenci&#243;n Internacional de Derechos de las Personas con Diversidad Funcional aprobada por la ONU en 2006. La vida de las personas con diversidad funcional ser&#225; muy diferente si podemos asumir la responsabilidad y el control de nuestro d&#237;a a d&#237;a autogestionando asistencia personal, a si hemos de vivir segregados en instituciones o al dictado de las regulaciones y din&#225;micas intr&#237;nsecas a un servicio de SAD.

&lt;strong&gt;Asistencia tecnol&#243;gica.&lt;/strong&gt; Se reconoce como derecho subjetivo, si bien no se concretan las ayudas t&#233;cnicas, las ayudas de apoyo a la accesibilidad y los aparatos t&#233;cnicos para la atenci&#243;n y cuidados que recoger&#225; la Cartera de Servicios. Sin duda, pasar del terreno de lo graciable al de los derechos exigibles es un avance enorme. Si se apuesta decididamente por todas las tecnolog&#237;as disponibles, sin escatimar la dom&#243;tica, la rob&#243;tica y otras de &#250;ltima generaci&#243;n, y se establece una buena coordinaci&#243;n con las prestaciones tecnol&#243;gicas del sistema de salud, se conseguir&#225; optimizar la eficiencia y eficacia de la asistencia personal, avanzar en la prevenci&#243;n de riesgos laborales de los asistentes y fomentar una actividad productiva y de I+D que genera empleo de calidad y retornos econ&#243;micos. 

&lt;strong&gt;Copago.&lt;/strong&gt; Ser&#225;n susceptibles de copago las prestaciones y servicios que comporten sustituci&#243;n del hogar, alimentaci&#243;n, vestido, limpieza del hogar y alojamiento. No obstante este principio general, en los art&#237;culos 59 y 62 se establece que tambi&#233;n los servicios de ayuda a domicilio y de teleasistencia podr&#225;n ser objeto de copago, lo cual genera una cierta contradicci&#243;n. En todo caso, parece que los apoyos fundamentales para la vida independiente, que son la prestaci&#243;n econ&#243;mica para asistencia personal y la asistencia tecnol&#243;gica, estar&#225;n exentos de copago. As&#237; debe ser, ya que se trata de elementos que contribuyen a situar a las personas con diversidad funcional en el mismo punto de partida para la plena participaci&#243;n social que el resto de la ciudadan&#237;a. El principio de movilidad social se quiebra si se penaliza a las personas con diversidad funcional por trabajar y tener los mismos ingresos que sus compa&#241;eros de trabajo. Adem&#225;s, hay que tener presente el agravio econ&#243;mico comparativo que soportamos las personas con diversidad funcional por vivir en un entorno social discriminatorio, tal y como muestra el conocido estudio del Ayuntamiento de Barcelona de 2006. Las personas con diversidad funcional debemos contribuir a la financiaci&#243;n del sistema como el resto de ciudadanos, v&#237;a impuestos en funci&#243;n de renta, no debemos pagar por nuestras diferencias al hacer uso del sistema, de lo contrario hablar de igualdad de oportunidades ser&#237;a pura ret&#243;rica carente de contenido real.

A nadie se le escapa que los derechos reconocidos por la Ley de Servicios Sociales ser&#225;n efectivos o puramente declarativos en la medida en que su desarrollo reglamentario y dotaci&#243;n presupuestaria sean acordes a los principios y objetivos de la ley. En lo referido a la promoci&#243;n de la autonom&#237;a personal, el elemento fundamental que queda por desarrollar reglamentariamente es la figura del asistente personal. Debe abarcar todos los &#225;mbitos vitales, incluyendo la participaci&#243;n en la vida comunitaria, social y c&#237;vica, las relaciones interpersonales, las actividades derivadas de la maternidad y paternidad, etc. Independientemente del tipo de diversidad funcional o del grado de 'dependencia', debe estar a disposici&#243;n de todas las personas que libremente as&#237; lo decidan. Quien quiera asumir la responsabilidad de buscar, seleccionar, contratar, formar, organizar, dirigir y despedir a sus asistentes personales debe poder hacerlo, quien desee delegar parte de esa responsabilidad en alguna entidad o en la propia Administraci&#243;n tambi&#233;n ha de poder hacerlo. Deben establecerse unos derechos laborales claros, con un nivel salarial que ponga en valor la importancia social de esta nueva figura profesional.

&lt;strong&gt;Antonio Centeno&lt;/strong&gt; 
&lt;em&gt;Persona con diversidad funcional y miembro activo del Movimiento de Vida Independiente.&lt;/em&gt;
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