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    <body>Esta tarde les he pasado a mis alumnos la "agenda informativa de Europa Press" (M&#225;laga) para que seleccionen las convocatorias m&#225;s interesantes, aquellas que consideran susceptibles de acabar convertidas en el contenido de un hipot&#233;tico diario. Con ello pretendo que aprendan a seleccionar, discriminar, jerarquizar... Evidentemente, les he transmitido que las convocatorias no bastan (a veces ni siquiera sirven) para hacer un peri&#243;dico. Pero el ejercicio me vale como punto de partida para practicar, para formarse un criterio.

Antes, los periodistas ten&#237;an que ir tras la noticia; ahora, cada vez m&#225;s, son las noticias (algunas no llegan a tal categor&#237;a) las que desbordan al informador, convertido en intermediario entre los gabinetes de prensa y los lectores. Comunicados, convocatorias, teletipos... inundan las redacciones. Hay d&#237;as en los que resulta dif&#237;cil que un peri&#243;dico se diferencie de otro: todos cuentan b&#225;sicamente lo mismo. Por eso distinguirse es, en esta era de sobreinformaci&#243;n, m&#225;s importante que nunca.

Del men&#250; que adjunto a continuaci&#243;n (el mismo que le he distribuido en clase), &#191;qu&#233; cubrir&#237;as t&#250;?

&lt;em&gt;ANDALUCIA.-M&#225;laga.- Agenda informativa de Europa Press para hoy, 13 de noviembre de 2009

   MALAGA, 13 (EUROPA PRESS) 

 Se&#241;alamos a continuaci&#243;n los actos, reuniones y convocatorias previstos en M&#225;laga y su provincia para hoy, d&#237;a 13 de noviembre de 2009: 

 -- 10,00 horas: en M&#225;laga, la coordinadora provincial del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), Pilar Oriente, presenta la nueva p&#225;gina web del Observatorio Andaluz de la Publicidad no Sexista y el Informe 2009. En el IAM. 

  -- 10,00 horas: en Marbella, pleno extraordinario. En el Sal&#243;n de Plenos. 

 -- 10,15 horas: en M&#225;laga, las delegadas del Gobierno andaluz e Igualdad, Mar&#237;a G&#225;mez y Amparo Bilbao, respectivamente, y el presidente de la Sociedad Federada de Sordos de M&#225;laga, Daniel Aguilar, informan de la Ley del uso de la lengua de signos. En la Delegaci&#243;n del Gobierno. 

 -- 10,15 horas: en M&#225;laga, la portavoz del equipo de gobierno municipal, Carolina Espa&#241;a, informa de los asuntos tratados en la junta de gobierno local. En el Ayuntamiento. 

 -- 10,30 horas: en M&#225;laga, la portavoz del PP en el Parlamento andaluz, Esperanza O&#241;a, informa sobre las pol&#237;ticas de la Junta de Andaluc&#237;a. En el PP. 

 -- 10,45 horas: en Rinc&#243;n de la Victoria, el diputado socialista Daniel P&#233;rez y la alcaldesa, Encarnaci&#243;n Anaya, informan del II Plan Zapatero. En el PSOE. 

 -- 11,00 horas: en M&#225;laga, la consejera de Educaci&#243;n, Mar Moreno, inaugura el congreso 'Nueva organizaci&#243;n: nuevas metas'. En el Palacio de Ferias y Congresos. 

 -- 11,00 horas: en M&#225;laga, la delegada de Innovaci&#243;n, Pilar Serrano, asiste a los actos de la IX Semana de la Ciencia. En el Centro de Ciencia y Tecnolog&#237;a, en el PTA, en calle Severo Ochoa, 57. 

 -- 11,00 horas: en V&#233;lez-M&#225;laga, la delegada provincial de Medio Ambiente, Remedios Martel, y la alcaldesa, Mar&#237;a Salom&#233; Arroyo, visitan las obras de restituci&#243;n de una tuber&#237;a de la Vi&#241;uela-Torrox. En la rotonda situada en Villa de Madrid con Real Bajo. Posteriormente, a las 11,30 horas, Arroyo informa de la gala de la copla para mayores. En el Ayuntamiento. Por &#250;ltimo, a las 12,00 horas, la alcaldesa recibe a Rufino para agradecerle su participaci&#243;n en una campa&#241;a de limpieza. En Alcald&#237;a. 

 -- 11,00 horas: en M&#225;laga, el alcalde, Francisco de la Torre, y el director de Relaciones Institucionales de Ferrovial, Juan Elizaga, firman los convenios de patrocinio en material cultural. En el Ayuntamiento. 

 -- 11,00 horas: en M&#225;laga, el vicepresidente primero de la Diputaci&#243;n, Francisco Fern&#225;ndez, y el organizador del evento, Francisco Garc&#237;a, presentan la IX Semana del C&#243;mic de la Costa del Sol. En la Diputaci&#243;n. 

 -- 11,00 horas: en M&#225;laga, el ec&#243;nomo diocesano Luis L&#243;pez presenta el balance econ&#243;mico de la di&#243;cesis e informa de la campa&#241;a 'Xtantos'. En el Obispado, en calle Santa Mar&#237;a, 20. 

 -- 11,00 horas: en M&#225;laga, el presidente del Colegio de Farmac&#233;uticos, Javier Tudela, informa de la campa&#241;a para la prevenci&#243;n y detecci&#243;n precoz de la diabetes. En la carpa de la Plaza de la Marina, en la confluencia de las calles Larios y S&#225;nchez de Lara. 

 -- 11,00 horas: en M&#225;laga, el presidente de Semicyuc, Crist&#243;bal Le&#243;n; el presidente de Samiuc, Juan Roca, y la jefa de Cuidados Cr&#237;ticos y Urgencias del Hospital Universitario Virgen de la Victoria, Mar&#237;a Victoria de la Torre, informan de la situaci&#243;n de las UCI en Andaluc&#237;a y la evoluci&#243;n de los casos de gripe A. En el hotel NH. 

 -- 11,00 horas: en Pizarra, la diputada socialista Ana Fuentes; la parlamentaria andaluza Estrella Tom&#233; y el alcalde, Francisco Vargas, informan del II Plan Zapatero y los presupuestos andaluces. En la Casa de la Cultura. 

 -- 11,30 horas: en Campillos, el consejero de Turismo, Comercio y Deporte, Luciano Alonso, y el presidente de la Diputaci&#243;n, Salvador Pend&#243;n, asisten a los actos del XIV D&#237;a de la Comarca de Guadalteba. En el Parque Guadalteba, en el paseo de Pe&#241;arrubia, en la carretera Campillos-M&#225;laga, en el punto kilom&#233;trico 11. 

 -- 11,30 horas: en V&#233;lez-M&#225;laga, el presidente del PP y portavoz del grupo municipal, Francisco Delgado, informan de la orden de embargo judicial con relaci&#243;n a la sentencia del caso 'Ipanema' y de la promesa de rebaja del coeficiente del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. En la oficina del grupo municipal, en el Ayuntamiento. 

 -- 11,45 horas: en M&#225;laga, el portavoz municipal socialista, Rafael Fuentes; la viceportavoz, Mariluz Reguero, y el concejal socialista Sergio Brenes informan de asuntos de actualidad. En el Ayuntamiento. 

 -- 12,00 horas: en M&#225;laga, la viceconsejera de Cultura, Isabel Mu&#241;oz; el alcalde, Francisco de la Torre, inauguran la V Muestra de Cine y Discapacidad. En el hotel Tryp Guadalmar. 

 -- 12,00 horas: en M&#225;laga, el delegado municipal de Cultura, Miguel Briones, informa de los tr&#225;mites para la constituci&#243;n de la Fundaci&#243;n M&#225;laga 2016. En el Archivo Municipal. 

 -- 12,00 horas: en Colmenar, desempleados del municipio entregan firmas al alcalde pidiendo un plan de reparto igualitario del empleo. En el Ayuntamiento. 

 -- 12,00 horas: en Torremolinos, presentaci&#243;n de la X Feria del Vino y de la Denominaci&#243;n de Origen. En el Palacio de Congresos y Exposiciones. 

 -- 12,30 horas: en M&#225;laga, la coordinadora provincial del Instituto Andaluz de la Juventud, Alicia Murillo, y la vicerrectora de Cultura y Relaciones Institucionales de la UMA, Mar&#237;a Isabel Calero, presentan las actividades paralelas de Fancine destinadas a los m&#225;s j&#243;venes. En el Paraninfo de la Universidad, en el campus del Ejido. 

 -- 13,00 horas: en C&#243;mpeta, la delegada de Obras P&#250;blicas y Transportes, Dolores Fern&#225;ndez, y el alcalde, Jos&#233; Luis Torres, visitan los trabajos de mejora en dos carreteras del municipio. En el cruce entre la carretera A-7206 y la A-7207, a la entrada de la localidad. 

 -- 13,00 horas: en Fuengirola, la alcaldesa, Esperanza O&#241;a, presenta la I Ruta de la Tapa Er&#243;tica. En la Plaza de Los Chinorros, detr&#225;s de Correos. 

 -- 13,15 horas: en M&#225;laga, el secretario general de la Agrupaci&#243;n Municipal Socialista de M&#225;laga capital, Bernardino Le&#243;n Gross; el presidente, Jos&#233; Mar&#237;a Mart&#237;n Delgado, y el coordinador, Manuel Garc&#237;a, se re&#250;nen con el portavoz municipal socialista, Rafael Fuentes, y el resto de concejales socialistas en el Ayuntamiento de M&#225;laga. Esta convocatoria es s&#243;lo para gr&#225;ficos. En el Grupo Municipal Socialista, en el Ayuntamiento. 

 -- 13,15 horas: en Fuengirola, el viceportavoz municipal del PSOE, Javier Garc&#237;a; la parlamentaria andaluza por el PSOE Marisa Bustinduy y el diputado nacional del PSOE Jos&#233; Andr&#233;s Torres presentan el nuevo Plan Zapatero y los Presupuestos Auton&#243;micos de 2010. En las obras del edificio de la televisi&#243;n municipal. 

 -- 17,30 horas: en Fuengirola, la parlamentaria andaluza Marisa Bustinduy; el diputado socialista Jos&#233; Andr&#233;s Torres Mora y el secretario general del PSOE de Fuengirola, Antonio Contreras, se re&#250;nen con colectivos de la barriada Los Pacos. En la Cafeter&#237;a de la Plaza Suomi. 

 -- 18,00 horas: en M&#225;laga, la Fundaci&#243;n Ecodesarrollo y el Aula del Mar presentan las I Jornadas Divulgativas sobre las Zonas de Especial Protecci&#243;n Internacional del Mediterr&#225;neo (Zepim). En el Instituto de Estudios Portuarios. 

 -- 18,30 horas: en Co&#237;n, la delegada provincial para la Igualdad y Bienestar Social, Amparo Bilbao, inaugura unas jornadas para la prevenci&#243;n de conductas de riesgos en adolescentes sobre drogodependencia. En el antiguo Convento de Santa Mar&#237;a. 

 -- 19,10 horas: en M&#225;laga, el soci&#243;logo Amando de Miguel presenta el libro 'La magia de las palabras'. En el aula Mar&#237;a Zambrano de la Facultad de Filosof&#237;a y Letras. 

 -- 19,30 horas: en M&#225;laga, presentaci&#243;n del libro 'Jesucristo en el cine' de Alfonso M&#233;ndiz. En la Sala Ambito Cultural de El Corte Ingl&#233;s. 

 -- 20,00 horas: en M&#225;laga, el presidente de la Diputaci&#243;n, Salvador Pend&#243;n, asiste a los actos del 75 aniversario de la Hermandad de Jes&#250;s Cautivo y Mar&#237;a Sant&#237;sima de la Trinidad. En la Diputaci&#243;n. &lt;/em&gt;</body>
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    <title>La formaci&#243;n del criterio</title>
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    <body>&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;SPAN style="mso-ansi-language: ES"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Tercera Rep&#250;blica no pretende ser un blog de tem&#225;tica pol&#237;tica, aunque no la excluir&#225; de vez en cuando. &lt;?xml:namespace prefix = o ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:office" /&gt;&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;SPAN style="mso-ansi-language: ES"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt; &lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;SPAN style="mso-ansi-language: ES"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Tampoco pretende recoger exclusivamente los desvar&#237;os personales de su autora, aunque inevitablemente tambi&#233;n cabr&#225;n. &lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;SPAN style="mso-ansi-language: ES"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt; &lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;SPAN style="mso-ansi-language: ES"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Tercera Rep&#250;blica no quiere enarbolar ninguna bandera, difundir ning&#250;n eslogan, romper ninguna lanza, &lt;SPAN style="mso-spacerun: yes"&gt; &lt;/SPAN&gt;defender ninguna causa, ni promover ning&#250;n cambio social, aunque&#8230; ojal&#225; !&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;SPAN style="mso-ansi-language: ES"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt; &lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;SPAN style="mso-ansi-language: ES"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Literalmente, Tercera Rep&#250;blica alude a una forma de Estado m&#225;s contempor&#225;nea y ecu&#225;nime, cuya autora conf&#237;a llegue pronto a este pa&#237;s pero, por encima de todo, Tercera Rep&#250;blica alude a un concepto bello y abstracto que tiene que ver con la libertad y la justicia. &lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;SPAN style="mso-ansi-language: ES"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt; &lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;SPAN style="mso-ansi-language: ES"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;A un espacio compartido donde intercambiar pensamientos y sentimientos con personas inquietas que quieran enriquecerlo con visiones y criterios propios, ya sean similares o contradictorios, siempre desde el respeto y la cordialidad. &lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;SPAN style="mso-ansi-language: ES"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt; &lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;SPAN style="mso-ansi-language: ES"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Comparte tu forma de ser, sentir y pensar en la Tercera Rep&#250;blica. &lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

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    <title>Por la Tercera Rep&#250;blica !</title>
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    <body>El II Convenio de Ginebra reemplaz&#243; el Convenio de La Haya del a&#241;o 1907, que era la adaptaci&#243;n del Convenio de Ginebra de 1864 en cuestiones relacionadas con la guerra mar&#237;tima. El Convenio se elabor&#243; cuando el anterior, y entr&#243; en vigor el 21 de octubre de 1950.

 El texto:

 Convenio de Ginebra del 12 de Agosto de 1949 para Aliviar la Suerte que Corren los Heridos, los Enfermos y los N&#225;ufragos de las Fuerzas Armadas en el Mar.

  

 &lt;B&gt;CAP&#205;TULO I - Disposiciones generales&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 1 - Respeto del Convenio&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes se comprometen a respetar y a hacer respetar el presente Convenio en todas las circunstancias.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 2 - Aplicaci&#243;n del Convenio&lt;/B&gt;

Aparte de las disposiciones que deben entrar en vigor ya en tiempo de paz, el presente Convenio se aplicar&#225; en caso de guerra declarada o de cualquier otro conflicto armado que surja entre dos o varias de las Altas Partes Contratantes, aunque una de ellas no haya reconocido el estado de guerra.

El Convenio se aplicar&#225; tambi&#233;n en todos los casos de ocupaci&#243;n total o parcial del territorio de una Alta Parte Contratante, aunque tal ocupaci&#243;n no encuentre resistencia militar.

Si una de las Potencias en conflicto no es parte en el presente Convenio, las Potencias que son Partes en el mismo estar&#225;n, sin embargo, obligadas por &#233;l en sus relaciones rec&#237;procas. Estar&#225;n, adem&#225;s, obligadas por el Convenio con respecto a dicha Potencia, si &#233;sta acepta y aplica sus disposiciones.
&lt;A name=2&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;Art&#237;culo 3 - Conflictos no internacionales&lt;/B&gt;

En caso de conflicto armado que no sea de &#237;ndole internacional y que surja en el territorio de una de las Altas Partes Contratantes, cada una de las Partes en conflicto tendr&#225; la obligaci&#243;n de aplicar, como m&#237;nimo, las siguientes disposiciones:

1) Las personas que no participen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detenci&#243;n o por cualquier otra causa, ser&#225;n, en todas las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinci&#243;n alguna de &#237;ndole desfavorable, basada en la raza, el color, la religi&#243;n o la creencia, el sexo, el nacimiento o la fortuna o cualquier otro criterio an&#225;logo.

A este respecto, se proh&#237;ben, en cualquier tiempo y lugar, por lo que ata&#241;e a las personas arriba mencionadas:

a) los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles, la tortura y los suplicios;

b) la toma de rehenes;

c) los atentados contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes;

d) las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal leg&#237;timamente constituido, con garant&#237;as judiciales reconocidas como indispensables por los pueblos civilizados.

2) Los heridos, los enfermos y los na&#250;fragos ser&#225;n recogidos y asistidos.

Un organismo humanitario imparcial, tal como el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, podr&#225; ofrecer sus servicios a las Partes en conflicto.

Adem&#225;s, las Partes en conflicto har&#225;n lo posible por poner en vigor, mediante acuerdos especiales, la totalidad o parte de las otras disposiciones del presente Convenio. La aplicaci&#243;n de las anteriores disposiciones no surtir&#225; efectos sobre el estatuto jur&#237;dico de las Partes en conflicto.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 4 - &#193;mbito de aplicaci&#243;n&lt;/B&gt;

En caso de operaciones de guerra entre las fuerzas de tierra y de mar de las Partes en conflicto, las disposiciones del presente Convenio no ser&#225;n aplicables m&#225;s que a las fuerzas embarcadas.

Las fuerzas desembarcadas estar&#225;n inmediatamente sometidas a las disposiciones del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campa&#241;a.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 5 - Aplicaci&#243;n por las Potencias neutrales&lt;/B&gt;

Las Potencias neutrales aplicar&#225;n, por analog&#237;a, las disposiciones del presente Convenio a los heridos, a los enfermos y a los n&#225;ufragos, a los miembros del personal sanitario y religioso pertenecientes a las fuerzas armadas de las Partes en conflicto que sean recibidos o internados en su territorio, as&#237; como a los muertos recogidos.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 6 - Acuerdos especiales&lt;/B&gt;

Aparte de los acuerdos expresamente previstos en los art&#237;culos 10, 18, 31, 38, 39, 40, 43 y 53, las Altas Partes Contratantes podr&#225;n concertar otros acuerdos especiales sobre cualquier cuesti&#243;n que les parezca oportuno zanjar particularmente. Ning&#250;n acuerdo especial podr&#225; perjudicar a la situaci&#243;n de los heridos, de los enfermos y de los n&#225;ufragos ni de los miembros del personal sanitario y religioso, tal como se reglamenta en el presente Convenio ni restringir los derechos que en &#233;ste se les otorga.

Los heridos, los enfermos y los n&#225;ufragos, as&#237; como los miembros del personal sanitario y religioso, seguir&#225;n benefici&#225;ndose de estos acuerdos mientras el Convenio les sea aplicable, salvo estipulaciones en contrario expresamente contenidas en dichos acuerdos o en otros ulteriores, o tambi&#233;n salvo medidas m&#225;s favorables tomadas a su respecto por una u otra de las Partes en conflicto.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 7 - Inalienabilidad de derechos&lt;/B&gt;

Los heridos, los enfermos y los n&#225;ufragos, as&#237; como los miembros del personal sanitario y religioso, no podr&#225;n, en ninguna circunstancia, renunciar total o parcialmente a los derechos que se les otorga en el presente Convenio y, llegado el caso, en los acuerdos especiales a que se refiere el art&#237;culo anterior.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 8 - Potencias protectoras&lt;/B&gt;

El presente Convenio ser&#225; aplicado con la colaboraci&#243;n y bajo el control de las Potencias protectoras encargadas de salvaguardar los intereses de las Partes en conflicto. Para ello, las Potencias protectoras podr&#225;n designar, aparte de su personal diplom&#225;tico o consular, a delegados de entre los propios s&#250;bditos o de entre los de otras Potencias neutrales. Estos delegados ser&#225;n sometidos a la aprobaci&#243;n de la Potencia ante la cual hayan de efectuar su misi&#243;n.

Las Partes en conflicto facilitar&#225;n, en la mayor medida posible, la labor de los representantes o delegados de las Potencias protectoras.

Los representantes o delegados de las Potencias protectoras nunca deber&#225;n extralimitarse en la misi&#243;n que se les asigna en el presente Convenio; habr&#225;n de tener en cuenta, especialmente, las imperiosas necesidades de seguridad del Estado ante el cual ejercen sus funciones. S&#243;lo imperiosas exigencias militares pueden autorizar, excepcional y provisionalmente, una restricci&#243;n de su actividad.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 9 - Actividades del Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja&lt;/B&gt;

Las disposiciones del presente Convenio no son &#243;bice para las actividades humanitarias que el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, u otro organismo humanitario imparcial, emprenda para la protecci&#243;n de los heridos, de los enfermos y de los n&#225;ufragos, o de los miembros del personal sanitario y religioso, as&#237; como para los socorros que, con el consentimiento de las Partes en conflicto interesadas, se les proporcione.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 10 - Sustitutos de las Potencias protectoras&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes podr&#225;n convenir, en todo tiempo, en confiar a un organismo que ofrezca todas las garant&#237;as de imparcialidad y de eficacia, las tareas asignadas en el presente Convenio a las Potencias protectoras.

Si heridos, enfermos o n&#225;ufragos, o miembros del personal sanitario y religioso no se benefician, o ya no se benefician, por la raz&#243;n que fuere, de las actividades de una Potencia protectora o de un organismo designado de conformidad con lo estipulado en el p&#225;rrafo anterior, la Potencia detenedora deber&#225; solicitar, sea a un Estado neutral sea a tal organismo, que asuma las funciones asignadas en el presente Convenio a las Potencias protectoras designadas por las Partes en conflicto.

Si no puede conseguirse as&#237; una protecci&#243;n, la Potencia detenedora deber&#225; solicitar a un organismo humanitario, tal como el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, que se encargue de desempe&#241;ar las tareas humanitarias asignadas en el presente Convenio a las Potencias protectoras, o deber&#225; aceptar, a reserva de las disposiciones del presente art&#237;culo, los ofrecimientos de servicios de tal organismo.

Cualquier Potencia neutral o cualquier organismo invitado por la Potencia interesada o que se ofrezca con la finalidad indicada, deber&#225; percatarse de su responsabilidad para con la Parte en conflicto a la que pertenezcan las personas protegidas por el presente Convenio, y deber&#225; dar suficientes garant&#237;as de capacidad para asumir el cometido de que se trata, y para desempe&#241;arlo con imparcialidad.

No podr&#225;n derogarse las disposiciones anteriores por acuerdo particular entre Potencias cuando una de ellas se vea, aunque sea temporalmente, limitada en su libertad para negociar con respecto a la otra Potencia o a sus aliados, a causa de acontecimientos militares, especialmente en caso de ocupaci&#243;n de la totalidad o de una parte importante de su territorio.

Cuantas veces se menciona en el presente Convenio a la Potencia protectora, tal menci&#243;n designa, asimismo, a los organismos que la sustituyan en el sentido de este art&#237;culo.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 11 - Procedimiento de conciliaci&#243;n&lt;/B&gt;
Siempre que lo juzguen conveniente en inter&#233;s de las personas protegidas, especialmente en caso de desacuerdo entre las Partes en conflicto, acerca de la aplicaci&#243;n o la interpretaci&#243;n de las disposiciones del presente Convenio, las Potencias protectoras prestar&#225;n sus buenos oficios para dirimir el litigio.

Con esta finalidad, cada una de las Potencias protectoras podr&#225;, tras invitaci&#243;n de una Parte o por propia iniciativa, proponer a las Partes en conflicto una reuni&#243;n de sus representantes y, en particular, de las autoridades encargadas de los heridos, de los enfermos y de los n&#225;ufragos, as&#237; como de los miembros del personal sanitario y religioso, si es posible en un territorio neutral convenientemente elegido. Las Partes en conflicto tendr&#225;n la obligaci&#243;n de aceptar las propuestas que en tal sentido se les haga. Las Potencias protectoras podr&#225;n, llegado el caso, proponer a la aprobaci&#243;n de las Partes en conflicto una personalidad perteneciente a una Potencia neutral, o una personalidad delegada por el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, que ser&#225; invitada a participar en la reuni&#243;n.
&lt;A name=3&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAP&#205;TULO II - Heridos, enfermos y n&#225;ufragos&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 12 - Protecci&#243;n, trato y asistencia&lt;/B&gt;

Los miembros de las fuerzas armadas y las dem&#225;s personas mencionadas en el art&#237;culo siguiente que, encontr&#225;ndose en el mar, est&#233;n heridos o enfermos o sean n&#225;ufragos, deber&#225;n ser respetados y protegidos en todas las circunstancias, debiendo entenderse que el t&#233;rmino "naufragio" ser&#225; aplicable a todo naufragio, sean cuales fueren las circunstancias en que se produzca, incluido el amaraje forzoso o la ca&#237;da en el mar.

Ser&#225;n tratados y asistidos con humanidad por la Parte en conflicto que los tenga en su poder, sin distinci&#243;n desfavorable basada en el sexo, la raza, la nacionalidad, la religi&#243;n, las opiniones pol&#237;ticas o en cualquier otro criterio an&#225;logo. Est&#225; estrictamente prohibido todo atentado contra su vida y su persona, en particular matarlos o exterminarlos, someterlos a tortura, efectuar en ellos experimentos biol&#243;gicos, dejarlos deliberadamente sin atenci&#243;n m&#233;dica o sin asistencia, o exponerlos a riesgos de contagio o de infecci&#243;n causados con esa finalidad.

S&#243;lo razones de urgencia m&#233;dica autorizar&#225;n una prioridad en el orden de la asistencia.

Se tratar&#225; a las mujeres con las consideraciones debidas a su sexo.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 13 - Personas protegidas&lt;/B&gt;

El presente Convenio se aplicar&#225; a los n&#225;ufragos, a los heridos y a los enfermos en el mar pertenecientes a las categor&#237;as siguientes:

1) los miembros de las fuerzas armadas de una Parte en conflicto, as&#237; como los miembros de las milicias y de los cuerpos de voluntarios que formen parte de estas fuerzas armadas;

2) los miembros de las otras milicias y de los otros cuerpos de voluntarios, incluidos los de movimientos de resistencia organizados, pertenecientes a una de las Partes en conflicto y que act&#250;en fuera o dentro del propio territorio, aunque este territorio est&#233; ocupado, con tal de que estas milicias o estos cuerpos de voluntarios, incluidos estos movimientos de resistencia organizados, re&#250;nan las siguientes condiciones:

a) estar mandados por una persona que responda de sus subordinados;

b) tener un signo distintivo fijo y reconocible a distancia;

c) llevar las armas a la vista;

d) dirigir sus operaciones de conformidad con las leyes y costumbres de la guerra;

3) los miembros de las fuerzas armadas regulares que sigan las instrucciones de un Gobierno o de una autoridad no reconocidos por la Potencia detenedora;

4) las personas que sigan a las fuerzas armadas sin formar realmente parte de ellas, tales como los miembros civiles de tripulaciones de aviones militares, corresponsales de guerra, proveedores, miembros de unidades de trabajo o de servicios encargados del bienestar de los militares, a condici&#243;n de que hayan recibido autorizaci&#243;n de las fuerzas armadas a las cuales acompa&#241;an;

5) los miembros de las tripulaciones, incluidos los patrones, los pilotos y los grumetes de la marina mercante, y las tripulaciones de la aviaci&#243;n civil de las Partes en conflicto que no se beneficien de un trato m&#225;s favorable en virtud de otras disposiciones del derecho internacional;

6) la poblaci&#243;n de un territorio no ocupado que, al acercarse el enemigo, tome espont&#225;neamente las armas para combatir contra las tropas invasoras, sin haber tenido tiempo para constituirse en fuerzas armadas regulares, si lleva las armas a la vista y respeta las leyes y costumbres de la guerra.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 14 - Entrega a un beligerante&lt;/B&gt;

Todo barco de guerra de una Parte beligerante podr&#225; reclamar la entrega de los heridos, de los enfermos o de los n&#225;ufragos que haya a bordo de barcos hospitales militares, de barcos hospitales de sociedades de socorro o de particulares, as&#237; como de buques mercantes, yates y embarcaciones, sea cual fuere su nacionalidad, si el estado de salud de los heridos y de los enfermos permite la entrega, y si el barco de guerra dispone de instalaciones adecuadas para garantizar a &#233;stos un trato suficiente.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 15 - Heridos recogidos por un barco de guerra neutral&lt;/B&gt;

Si se recoge a bordo de un barco de guerra neutral o en una aeronave militar neutral a heridos, a enfermos o a n&#225;ufragos, se tomar&#225;n las medidas convenientes, cuando el derecho internacional lo requiera, para que no puedan volver a participar en operaciones de guerra.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 16 - Heridos caldos en poder del adversario&lt;/B&gt;

Habida cuenta de las disposiciones del art&#237;culo 12, los heridos, los enfermos y los n&#225;ufragos de un beligerante, ca&#237;dos en poder del adversario, ser&#225;n prisioneros de guerra y les ser&#225;n aplicables las reglas del derecho de gentes relativas a los prisioneros de guerra. Corresponder&#225; al captor decidir, seg&#250;n las circunstancias, si conviene retenerlos, enviarlos a un puerto de su pa&#237;s, a un puerto neutral o incluso a un puerto del adversario. En este &#250;ltimo caso, los prisioneros de guerra as&#237; devueltos a su pa&#237;s no podr&#225;n prestar servicios durante la guerra.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 17 - Heridos desembarcados en un puerto neutral&lt;/B&gt;

Los heridos, los enfermos y los n&#225;ufragos que, con el consentimiento de la autoridad local, sean desembarcados en un puerto neutral, deber&#225;n, a no ser que haya acuerdo en contrario entre la Potencia neutral y las Potencias beligerantes, permanecer retenidos por la Potencia neutral, cuando el derecho internacional lo requiera, de modo que no puedan volver a participar en las operaciones de guerra.

Los gastos de hospitalizaci&#243;n y de internamiento ser&#225;n sufragados por la Potencia a la que pertenezcan los heridos, los enfermos o los n&#225;ufragos.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 18 - B&#250;squeda de v&#237;ctimas despu&#233;s de un combate&lt;/B&gt;

Despu&#233;s de cada combate, las Partes en conflicto tomar&#225;n sin tardanza todas las medidas posibles para buscar y recoger a los n&#225;ufragos, a los heridos y a los enfermos, para protegerlos contra el pillaje y los malos tratos y para proporcionarles la asistencia necesaria, as&#237; como para buscar a los muertos e impedir que sean despojados.

Siempre que sea posible, las Partes en conflicto concertar&#225;n acuerdos locales para la evacuaci&#243;n por v&#237;a mar&#237;tima de los heridos y de los enfermos de una zona sitiada o cercada y para el paso del personal sanitario y religioso, as&#237; como de material sanitario con destino a dicha zona.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 19 - Registro y transmisi&#243;n de datos&lt;/B&gt;

Las Partes en conflicto deber&#225;n registrar, tan pronto como sea posible, toda la informaci&#243;n adecuada para identificar a los n&#225;ufragos, a los heridos, a los enfermos y a los muertos de la parte adversaria ca&#237;dos en su poder. Estos datos deber&#225;n, si es posible, incluir:

a) designaci&#243;n de la Potencia a la que pertenecen;

b) destino o n&#250;mero de matr&#237;cula;

c) apellidos;

d) nombre o nombres;

e) fecha de nacimiento;

f) cualquier otro dato que figure en la tarjeta o en la placa de identidad;

g) fecha y lugar de la captura o del fallecimiento;

h) datos relativos a las heridas, la enfermedad, o la causa del fallecimiento.

En el m&#225;s breve plazo posible, deber&#225;n comunicarse los datos arriba mencionados a la oficina de informaci&#243;n prevista en el art&#237;culo 122 del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra, la cual los transmitir&#225; a la Potencia de la que dependan esas personas, por mediaci&#243;n de la Potencia protectora y de la Agencia Central de Prisioneros de Guerra.

Las Partes en conflicto redactar&#225;n y se comunicar&#225;n, por el conducto indicado en el p&#225;rrafo anterior, las actas de defunci&#243;n o las listas de fallecidos debidamente autenticadas. Recoger&#225;n y se transmitir&#225;n tambi&#233;n, por mediaci&#243;n de la misma oficina, la mitad de la doble placa de identidad, o la placa entera si se trata de una placa sencilla, los testamentos u otros documentos que tengan importancia para la familia de los fallecidos, el dinero y, en general, cuantos objetos de valor intr&#237;nseco o afectivo se hayan encontrado sobre los muertos. Estos objetos, as&#237; como los no identificados, ser&#225;n remitidos en paquetes lacrados, acompa&#241;ados de una declaraci&#243;n con todos los detalles necesarios para la identificaci&#243;n del poseedor fallecido, as&#237; como de un inventario completo del paquete.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 20 - Prescripciones relativas a los muertos&lt;/B&gt;

Las Partes en conflicto se cerciorar&#225;n de que a la inmersi&#243;n de los muertos, efectuada individualmente en la medida en que las circunstancias lo permitan, preceda un minucioso examen, m&#233;dico si es posible, de los cuerpos, a fin de comprobar la muerte, determinar la identidad y poder informar al respecto. Si se utiliza la doble placa de identidad, la mitad de la misma quedar&#225; sobre el cad&#225;ver.

Si se desembarca a los muertos, les ser&#225;n aplicables las disposiciones del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campa&#241;a.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 21 - Llamamiento a barcos neutrales&lt;/B&gt;

Las Partes en conflicto podr&#225;n hacer un llamamiento a la caridad de los capitanes de los barcos mercantes, de los yates o de las embarcaciones neutrales, para que tomen a bordo y asistan a heridos, a enfermos o a n&#225;ufragos, as&#237; como para que recojan a muertos.

Las naves de toda &#237;ndole que respondan a este llamamiento, as&#237; como las que espont&#225;neamente recojan a heridos, a enfermos o a n&#225;ufragos, disfrutar&#225;n de una protecci&#243;n especial y de facilidades para efectuar su misi&#243;n de asistencia.

En ning&#250;n caso podr&#225;n ser apresadas a causa de tales transportes; pero, salvo promesa en contrario que se les haya hecho, quedar&#225;n expuestas a captura por las violaciones de neutralidad en que pudieran haber incurrido.
&lt;A name=4&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAP&#205;TULO III - : Barcos hospitales&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 22 - Notificaci&#243;n y protecci&#243;n de los barcos hospitales militares&lt;/B&gt;

Los barcos hospitales militares, es decir, los construidos o adaptados por las Potencias especial y &#250;nicamente para prestar asistencia a los heridos, a los enfermos y a los n&#225;ufragos, para atenderlos y para transportarlos, no podr&#225;n, en ning&#250;n caso, ser atacados ni apresados, sino que ser&#225;n en todo tiempo respetados y protegidos, a condici&#243;n de que sus nombres y caracter&#237;sticas hayan sido notificados a las Partes en conflicto diez d&#237;as antes de su utilizaci&#243;n con tal finalidad.

Las caracter&#237;sticas que deber&#225;n figurar en la notificaci&#243;n incluir&#225;n el tonelaje bruto registrado, la longitud de popa a proa y el n&#250;mero de m&#225;stiles y de chimeneas.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 23 - Protecci&#243;n de establecimientos sanitarios costeros&lt;/B&gt;

No deber&#225;n ser atacados ni bombardeados desde el mar los establecimientos situados en la costa que tengan derecho a la protecci&#243;n del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campa&#241;a.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 24 - Barcos hospitales de las sociedades de socorro y de particulares : I. De una Parte en conflicto&lt;/B&gt;

Los barcos hospitales utilizados por Sociedades Nacionales de la Cruz Roja, por sociedades de socorro oficialmente reconocidas o por particulares disfrutar&#225;n de la misma protecci&#243;n que los barcos hospitales militares y estar&#225;n exentos de apresamiento, si la Parte en conflicto de la que dependen les ha encargado un cometido oficial y con tal de que se observen las disposiciones del art&#237;culo 22 relativo a la notificaci&#243;n.

Tales barcos deber&#225;n ser portadores de un documento de la autoridad competente en el que se certifique que han sido sometidos a control durante su aparejo y al zarpar.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 25 - II. De pa&#237;ses neutrales&lt;/B&gt;

Los barcos hospitales utilizados por Sociedades Nacionales de la Cruz Roja o por sociedades de socorro oficialmente reconocidas o por particulares de pa&#237;ses neutrales disfrutar&#225;n de la misma protecci&#243;n que los barcos hospitales militares y estar&#225;n exentos de apresamiento, a condici&#243;n de que est&#233;n bajo la direcci&#243;n de una de las Partes en conflicto, con el previo consentimiento del propio Gobierno y con la autorizaci&#243;n de esta Parte y si se aplican las disposiciones del art&#237;culo 22 relativas a la notificaci&#243;n.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 26 - Tonelaje&lt;/B&gt;

La protecci&#243;n prevista en los art&#237;culos 22, 24 y 25 se aplicar&#225; a los barcos hospitales de cualquier tonelaje y a sus botes salvavidas en cualquier lugar que operen. Sin embargo, para garantizar el m&#225;ximo de comodidad y de seguridad, las Partes en conflicto har&#225;n lo posible por utilizar, para el traslado de heridos, de enfermos y de n&#225;ufragos, a largas distancias y en alta mar, solamente barcos hospitales de m&#225;s de 2.000 toneladas de registro bruto.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 27 - Embarcaciones costeras de salvamento&lt;/B&gt;

En las mismas condiciones que las previstas en los art&#237;culos 22 y 24, las embarcaciones utilizadas por el Estado o por sociedades de socorro oficialmente reconocidas para las operaciones costeras de salvamento ser&#225;n tambi&#233;n respetadas y protegidas, en la medida en que las necesidades de las operaciones lo permitan.

Lo mismo se aplicar&#225;, en la medida de lo posible, a las instalaciones costeras fijas exclusivamente utilizadas por dichas embarcaciones para sus misiones humanitarias.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 28 - Protecci&#243;n de las enfermer&#237;as de barcos&lt;/B&gt;

En caso de combate a bordo de barcos de guerra, las enfermer&#237;as ser&#225;n respetadas y protegidas, en la medida en que sea posible. Estas enfermer&#237;as y su material estar&#225;n sometidos a las leyes de la guerra, pero no podr&#225;n utilizarse con otra finalidad mientras sean necesarios para los heridos y los enfermos. Sin embargo, el comandante en cuyo poder est&#233;n tendr&#225; facultad para disponer de ellos en caso de urgente necesidad militar, garantizando previamente la suerte que correr&#225;n los heridos y los enfermos que all&#237; haya.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 29 - Barco hospital en un puerto ocupado&lt;/B&gt;

Todo barco hospital que est&#233; en un puerto que caiga en poder del enemigo tendr&#225; autorizaci&#243;n para salir de dicho puerto.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 30 - Empleo de los barcos hospitales y de las embarcaciones&lt;/B&gt;

Los barcos y las embarcaciones mencionados en los art&#237;culos 22, 24, 25 y 27 socorrer&#225;n y asistir&#225;n a los heridos, a los enfermos y a los n&#225;ufragos, sin distinci&#243;n de nacionalidad.

Las Altas Partes Contratantes se comprometen a no utilizar estos barcos y estas embarcaciones con finalidad militar.

Tales barcos y embarcaciones no deber&#225;n estorbar, en modo alguno, los movimientos de los combatientes.

Durante y tras el combate, actuar&#225;n por su cuenta y riesgo.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 31 - Derecho de control y de visita&lt;/B&gt;

Las Partes en conflicto tendr&#225;n derecho a controlar y a visitar los barcos y las embarcaciones mencionados en los art&#237;culos 22, 24, 25 y 27. Podr&#225;n rechazar la cooperaci&#243;n de estos barcos y embarcaciones, ordenarles que se alejen, imponerles un rumbo determinado, reglamentar el empleo de su radio o de cualquier otro medio de comunicaci&#243;n, e incluso retenerlos durante un per&#237;odo no superior a siete d&#237;as a partir de la fecha de la interceptaci&#243;n, si la gravedad de las circunstancias lo requiere.

Podr&#225;n designar, para que est&#233; a bordo provisionalmente, a un comisario cuya tarea consistir&#225; exclusivamente en garantizar la ejecuci&#243;n de las &#243;rdenes dadas en virtud de las disposiciones del p&#225;rrafo anterior.

Dentro de lo posible, las Partes en conflicto anotar&#225;n en el diario de navegaci&#243;n de los barcos hospitales, en un idioma comprensible para el capit&#225;n del barco hospital, las &#243;rdenes que les den.

Las Partes en conflicto podr&#225;n, sea unilateralmente sea por acuerdo especial, designar para que est&#233;n a bordo de sus barcos hospitales, a observadores neutrales que se cerciorar&#225;n de la estricta observancia de las disposiciones del presente Convenio.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 32 - Permanencia en un puerto neutral&lt;/B&gt;

No se equipara a los barcos y a las embarcaciones mencionados en los art&#237;culos 22, 24, 25 y 27 con los barcos de guerra por lo que ata&#241;e a su permanencia en puerto neutral.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 33 - Barcos mercantes transformados&lt;/B&gt;

Los barcos mercantes que hayan sido transformados en barcos hospitales no podr&#225;n prestar servicios con otra finalidad mientras duren las hostilidades.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 34 - Cese de la protecci&#243;n&lt;/B&gt;

La protecci&#243;n debida a los barcos hospitales y a las enfermer&#237;as de barcos no podr&#225; cesar m&#225;s que si se utilizan para cometer, fuera de sus deberes humanitarios, actos perjudiciales para el enemigo. Sin embargo, la protecci&#243;n no cesar&#225; m&#225;s que tras intimaci&#243;n en la que se fije, en todos los casos oportunos, un plazo razonable, y si tal intimaci&#243;n no surte efectos.

En particular, los barcos hospitales no podr&#225;n tener ni utilizar ning&#250;n c&#243;digo secreto para su radio o para cualquier otro medio de comunicaci&#243;n.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 35 - Actos que no privan de la protecci&#243;n&lt;/B&gt;

No se considerar&#225; que priva, a los barcos hospitales o a las enfermer&#237;as de barcos, de la protecci&#243;n que les es debida:

1) el hecho de que el personal de estos barcos o de estas enfermer&#237;as est&#233; armado y utilice sus armas para mantener el orden, para la propia defensa o la de sus heridos y enfermos;

2) el hecho de que haya a bordo aparatos cuya exclusiva finalidad sea garantizar la navegaci&#243;n o las transmisiones;

3) el hecho de que a bordo de los barcos hospitales o en las enfermer&#237;as de barcos haya armas port&#225;tiles y municiones retiradas a los heridos, a los enfermos y a los n&#225;ufragos y todav&#237;a no entregadas al servicio competente;

4) el hecho de que las actividades humanitarias de los barcos hospitales y de las enfermer&#237;as de barcos o de su personal se extienda a civiles heridos, enfermos o n&#225;ufragos;

5) el hecho de que los barcos hospitales transporten material y a personal exclusivamente destinado a desempe&#241;ar tareas sanitarias, adem&#225;s del que habitualmente es necesario.
&lt;A name=5&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAP&#205;TULO IV - Personal&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 36 - Protecci&#243;n del personal de los barcos hospitales&lt;/B&gt;

Ser&#225;n respetados y protegidos el personal religioso, m&#233;dico y sanitario de los barcos hospitales y sus tripulaciones; no podr&#225;n ser capturados mientras presten servicios en dichos barcos, haya o no heridos y enfermos a bordo.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 37 - Personal sanitario y religioso de otros barcos&lt;/B&gt;

Ser&#225; respetado y protegido el personal religioso, m&#233;dico y sanitario que preste asistencia m&#233;dica o espiritual a las personas mencionadas en los art&#237;culos 12 y 13 y que caiga en poder del enemigo; podr&#225; continuar desempe&#241;ando su cometido mientras sea necesario para la asistencia a los heridos y a los enfermos. Despu&#233;s, deber&#225; ser devuelto, tan pronto como el comandante en jefe en cuyo poder est&#233; lo juzgue posible. Al salir del barco, podr&#225; llevar consigo los objetos de propiedad personal.

Si, no obstante, es necesario retener a una parte de dicho personal a causa de necesidades sanitarias o espirituales de los prisioneros de guerra, se tomar&#225;n las oportunas medidas para desembarcarlo lo antes posible.

Tras haber desembarcado, el personal retenido estar&#225; sometido a las disposiciones del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campa&#241;a.
&lt;A name=6&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAP&#205;TULO V - Transportes sanitarios&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 38 - Barcos fletados para el transporte de material sanitario&lt;/B&gt;

Los barcos fletados con esta finalidad estar&#225;n autorizados a transportar material exclusivamente destinado al tratamiento de los heridos y de los enfermos de las fuerzas armadas o a la prevenci&#243;n de enfermedades, con tal de que las condiciones de su viaje hayan sido notificadas a la Potencia adversaria y aceptadas por &#233;sta. La Potencia adversaria tendr&#225; derecho a interceptarlos, pero no a apresarlos ni a confiscar el material transportado.

Por acuerdo entre las Partes en conflicto, se podr&#225; designar a observadores neutrales para que est&#233;n a bordo de esos barcos, a fin de controlar el material transportado. Para ello, habr&#225; f&#225;cil acceso a este material.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 39 - Aeronaves sanitarias&lt;/B&gt;

Las aeronaves sanitarias, es decir, las exclusivamente utilizadas para la evacuaci&#243;n de los heridos, de los enfermos y de los n&#225;ufragos, as&#237; como para el transporte del personal y del material sanitarios, no ser&#225;n objeto de ataques, sino que ser&#225;n respetadas por las Partes en conflicto durante los vuelos que efect&#250;en a las altitudes, horas y seg&#250;n itinerarios espec&#237;ficamente convenidos entre todas las Partes en conflicto interesadas.

Llevar&#225;n ostensiblemente el signo distintivo previsto en el art&#237;culo 41, junto a los colores nacionales en sus caras inferior, superior y laterales. Tendr&#225;n cualquier otro se&#241;alamiento o medio de reconocimiento concertado por las Partes en conflicto, sea al comienzo sea en el transcurso de las hostilidades.
Salvo acuerdo en contrario, est&#225; prohibido volar sobre el territorio enemigo u ocupado por el enemigo.

Las aeronaves sanitarias deber&#225;n acatar toda intimaci&#243;n de aterrizar o de amarar. En caso de aterrizaje o de amaraje as&#237; impuestos, la aeronave, con sus ocupantes, podr&#225; reanudar el vuelo, tras un eventual control.

En caso de aterrizaje o de amaraje fortuito en territorio enemigo u ocupado por el enemigo, los heridos, los enfermos y los n&#225;ufragos, as&#237; como la tripulaci&#243;n de la aeronave, ser&#225;n prisioneros de guerra. El personal sanitario ser&#225; tratado de conformidad con lo estipulado en los art&#237;culos 36 y 37.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 40 - Vuelo sobre pa&#237;ses neutrales. Desembarco de heridos&lt;/B&gt;

Las aeronaves sanitarias de las Partes en conflicto podr&#225;n volar, a reserva de lo dispuesto en el p&#225;rrafo segundo, sobre el territorio de las Potencias neutrales y aterrizar o amarar all&#237;, en caso de necesidad, o para hacer escala. Deber&#225;n notificar previamente a las Potencias neutrales el paso sobre el respectivo territorio, y acatar toda intimaci&#243;n de aterrizar o de amarar. No estar&#225;n a cubierto de ataques m&#225;s que durante el vuelo a altitudes, a horas y siguiendo un itinerario que espec&#237;ficamente se hayan convenido entre las Partes en conflicto y las Potencias neutrales interesadas.

Sin embargo, las Potencias neutrales podr&#225;n fijar condiciones o restricciones en cuanto al vuelo sobre su territorio de las aeronaves sanitarias o por lo que respecta a su aterrizaje. Tales eventuales condiciones o restricciones habr&#225;n de aplicarse por igual a todas las Partes en conflicto.

Los heridos, los enfermos o los n&#225;ufragos desembarcados, con el consentimiento de la autoridad local, en un territorio neutral por una aeronave sanitaria, deber&#225;n, a no ser que haya un acuerdo en contrario entre el Estado neutral y las Partes en conflicto, quedar retenidos por el Estado neutral, cuando el derecho internacional as&#237; lo requiera, de modo que no puedan volver a participar en las operaciones de guerra. Los gastos de hospitalizaci&#243;n y de internamiento ser&#225;n sufragados por la Potencia de la que dependan los heridos, los enfermos o los n&#225;ufragos.
&lt;A name=7&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAP&#205;TULO VI - Signo distintivo&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 41 - Aplicaci&#243;n del signo&lt;/B&gt;

Bajo el control de la autoridad militar competente, el emblema de la cruz roja sobre fondo blanco figurar&#225; en las banderas, en los brazales y en todo el material empleado por el Servicio Sanitario.

Sin embargo, para los pa&#237;ses que, en vez de la cruz roja, ya utilizan como signo distintivo la media luna roja o el le&#243;n y sol rojos sobre fondo blanco, se admiten tambi&#233;n estos emblemas, en el sentido del presente Convenio.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 42 - Identificaci&#243;n del personal sanitario y religioso&lt;/B&gt;

El personal mencionado en los art&#237;culos 36 y 37 llevar&#225; fijado al brazo izquierdo un brazal resistente a la humedad y provisto del signo distintivo, proporcionado y sellado por la autoridad militar.

Este personal ser&#225; portador, aparte de la placa de identidad prevista en el art&#237;culo 19, de una tarjeta especial provista del signo distintivo. Esta tarjeta deber&#225; resistir a la humedad y ser de dimensiones tales que quepa en el bolsillo. Estar&#225; redactada en el idioma nacional y se mencionar&#225;n en la misma, por lo menos, los nombres y los apellidos, la fecha de nacimiento, la graduaci&#243;n y el n&#250;mero de matr&#237;cula del interesado. Constar&#225; la raz&#243;n por la cual tiene derecho a la protecci&#243;n del presente Convenio. La tarjeta llevar&#225; la fotograf&#237;a del titular, as&#237; como la firma o las huellas digitales, o las dos. Figurar&#225; el sello en seco de la autoridad militar.

La tarjeta de identidad deber&#225; ser uniforme en cada ej&#233;rcito y, dentro de lo posible, de las mismas caracter&#237;sticas en los ej&#233;rcitos de las Altas Partes Contratantes. Las Partes en conflicto podr&#225;n inspirarse, como ejemplo, en el modelo anejo al presente Convenio. Se comunicar&#225;n, al comienzo de las hostilidades, el modelo que utilicen. Cada tarjeta de identidad se expedir&#225;, si es posible, en dos ejemplares por lo menos, uno de los cuales obrar&#225; en poder de la Potencia de origen.

En ning&#250;n caso se podr&#225; privar al personal arriba mencionado de sus insignias ni de la tarjeta de identidad ni del derecho a llevar el brazal. En caso de p&#233;rdida, tendr&#225; derecho a obtener copia de la tarjeta y nuevas insignias.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 43 - Se&#241;alamiento de los barcos hospitales y de las embarcaciones&lt;/B&gt;

Los barcos y las embarcaciones mencionados en los art&#237;culos 22, 24, 25 y 27 se distinguir&#225;n de la manera siguiente:

a) todas sus superficies exteriores ser&#225;n blancas;

b) habr&#225; pintadas, tan grandes como sea posible, una o varias cruces rojas oscuras a cada lado del casco, as&#237; como en las superficies horizontales, de manera que se garantice la mejor visibilidad desde el aire y en el mar.

Todos los barcos hospitales se dar&#225;n a conocer izando su bandera nacional y, si pertenecen a un pa&#237;s neutral, la bandera de la Parte en conflicto cuya direcci&#243;n hayan aceptado. En el palo mayor, deber&#225; ondear, lo m&#225;s arriba posible, una bandera blanca con una cruz roja.

Los botes salvavidas de los barcos hospitales, las embarcaciones costeras de salvamento y todas las peque&#241;as embarcaciones que utilice el Servicio de Sanidad estar&#225;n pintados de blanco o con cruces rojas oscuras claramente visibles y se atendr&#225;n, en general, a las normas de identificaci&#243;n m&#225;s arriba estipuladas para los barcos hospitales.

Los barcos y las embarcaciones arriba mencionados que quieran garantizarse, de noche y en todo tiempo de visibilidad reducida, la protecci&#243;n a que tienen derecho, deber&#225;n tomar, con el asenso de la Parte en conflicto en cuyo poder est&#233;n, las oportunas medidas para que su pintura y sus emblemas distintivos sean suficientemente visibles.

Los barcos hospitales que, en virtud del art&#237;culo 31, queden provisionalmente retenidos por el enemigo, deber&#225;n arriar la bandera de la Parte en conflicto a cuyo servicio est&#233;n y cuya direcci&#243;n hayan aceptado.

Si las embarcaciones costeras de salvamento contin&#250;an operando, con el asenso de la Potencia ocupante, desde una base ocupada, podr&#225;n ser autorizadas a continuar enarbolando las propias ense&#241;as nacionales al mismo tiempo que la bandera con una cruz roja, cuando se hayan alejado de su base, con tal de que lo notifiquen previamente a todas las Partes en conflicto interesadas.

Todas las disposiciones de este art&#237;culo relativas al emblema de la cruz roja se aplican del mismo modo a los dem&#225;s emblemas mencionados en el art&#237;culo 41.

En todo tiempo, las Partes en conflicto deber&#225;n hacer lo posible por concertar acuerdos, con miras a utilizar los m&#233;todos m&#225;s modernos de que dispongan, para facilitar la identificaci&#243;n de los barcos y de las embarcaciones que en este art&#237;culo se mencionan.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 44 - Limitaci&#243;n del empleo de los signos&lt;/B&gt;

Los signos distintivos a los que se refiere el art&#237;culo 43 no podr&#225;n ser empleados, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra, m&#225;s que para designar o para proteger a los barcos en el mismo mencionados, a reserva de los casos previstos en otro Convenio internacional o por acuerdo entre todas las Partes en conflicto interesadas.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 45 - Prevenci&#243;n de los empleos abusivos&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes cuya legislaci&#243;n no sea suficiente, tomar&#225;n las oportunas medidas para impedir y para reprimir, en todo tiempo, el empleo abusivo de los signos distintivos previstos en el art&#237;culo 43.
&lt;A name=8&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAP&#205;TULO VII - Aplicaci&#243;n del Convenio&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 46 - Detalles de aplicaci&#243;n y casos no previstos&lt;/B&gt;

Incumbir&#225; a cada Parte en conflicto, por mediaci&#243;n de sus comandantes en jefe, la aplicaci&#243;n detallada de los art&#237;culos anteriores as&#237; como en los casos no previstos, de conformidad con los principios generales del presente Convenio.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 47 - Prohibici&#243;n de las represalias&lt;/B&gt;

Est&#225;n prohibidas las represalias contra los heridos, los enfermos, los n&#225;ufragos, el personal, los barcos o el material protegidos por el Convenio.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 48 - Difusi&#243;n del Convenio&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes se comprometen a difundir lo m&#225;s ampliamente posible, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra, el texto del presente Convenio en el pa&#237;s respectivo, y especialmente a incorporar su estudio en los programas de instrucci&#243;n militar y, si es posible, civil, de modo que sus principios sean conocidos por el conjunto de la poblaci&#243;n, especialmente por las fuerzas armadas combatientes, por el personal sanitario y por los capellanes.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 49 - Traducciones. Normas de aplicaci&#243;n&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes se comunicar&#225;n, por mediaci&#243;n del Consejo Federal Suizo y, durante las hostilidades, por mediaci&#243;n de las Potencias protectoras, las traducciones oficiales del presente Convenio, as&#237; como las leyes y los reglamentos que tal vez hayan adoptado para garantizar su aplicaci&#243;n.
&lt;A name=9&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAP&#205;TULO VIII - Represi&#243;n de los abusos y de las infracciones&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 50 - Sanciones penales : I. Generalidades&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes se comprometen a tomar todas las oportunas medidas legislativas para determinar las adecuadas sanciones penales que se han de aplicar a las personas que hayan cometido, o dado orden de cometer, una cualquiera de las infracciones graves contra el presente Convenio definidas en el art&#237;culo siguiente.

Cada una de las Altas Partes Contratantes tendr&#225; la obligaci&#243;n de buscar a las personas acusadas de haber cometido, u ordenado cometer, una cualquiera de las infracciones graves, y deber&#225; hacerlas comparecer ante los propios tribunales, sea cual fuere su nacionalidad. Podr&#225; tambi&#233;n, si lo prefiere, y seg&#250;n las disposiciones previstas en la propia legislaci&#243;n, entregarlas para que sean juzgadas por otra Parte Contratante interesada, si &#233;sta ha formulado contra ellas cargos suficientes.

Cada Parte Contratante tomar&#225; las oportunas medidas para que cesen, aparte de las infracciones graves definidas en el art&#237;culo siguiente, los actos contrarios a las disposiciones del presente Convenio.

Los inculpados se beneficiar&#225;n, en todas las circunstancias, de garant&#237;as de procedimiento y de libre defensa, que no podr&#225;n ser inferiores a las previstas en los art&#237;culos 105 y siguientes del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 51 - II. Infracciones graves&lt;/B&gt;

Las infracciones graves a las que se refiere el art&#237;culo anterior son las que implican uno cualquiera de los actos siguientes, si se cometen contra personas o bienes protegidos por el Convenio: el homicidio intencional, la tortura o los tratos inhumanos, incluidos los experimentos biol&#243;gicos, el hecho de causar deliberadamente grandes sufrimientos o de atentar gravemente contra la integridad f&#237;sica o la salud, la destrucci&#243;n y la apropiaci&#243;n de bienes, no justificadas por necesidades militares y efectuadas a gran escala il&#237;cita y arbitrariamente.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 52 - III. Responsabilidades de las Partes Contratantes&lt;/B&gt;

Ninguna Parte Contratante podr&#225; exonerarse, ni exonerar a otra Parte Contratante, de las responsabilidades en que haya incurrido ella misma u otra Parte Contratante a causa de las infracciones previstas en el art&#237;culo anterior.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 53 - Procedimiento de encuesta&lt;/B&gt;

Tras solicitud de una de las Partes en conflicto, deber&#225; iniciarse una encuesta, seg&#250;n las modalidades que se determinen entre las Partes interesadas, sobre toda alegada violaci&#243;n del Convenio.

Si no se llega a un acuerdo sobre el procedimiento de encuesta, las Partes se entender&#225;n para elegir a un &#225;rbitro, que decidir&#225; por lo que respecta al procedimiento que haya de seguirse.

Una vez comprobada la violaci&#243;n, las Partes en conflicto har&#225;n que cese y la reprimir&#225;n lo m&#225;s r&#225;pidamente posible.
&lt;A name=10&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;Disposiciones finales&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 54 - Idiomas&lt;/B&gt;

El presente Convenio est&#225; redactado en franc&#233;s y en ingl&#233;s. Ambos textos son igualmente aut&#233;nticos.

El Consejo Federal Suizo se encargar&#225; de que se hagan traducciones oficiales del Convenio, en los idiomas ruso y espa&#241;ol.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 55 - Firma&lt;/B&gt;

El presente Convenio, que llevar&#225; fecha de hoy, podr&#225; ser firmado, hasta el 12 de febrero de 1950, en nombre de las Potencias representadas en la Conferencia inaugurada en Ginebra el 21 de abril de 1949, as&#237; como de las Potencias no representadas en esta Conferencia que son Partes en el X Convenio de La Haya del 18 de octubre de 1907 para la adaptaci&#243;n a la guerra mar&#237;tima de los principios del Convenio de Ginebra de 1906, o en los Convenios de Ginebra de 1864, de 1906 o de 1929, para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de los ej&#233;rcitos en campa&#241;a.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 56 - Ratificaci&#243;n&lt;/B&gt;

El presente Convenio ser&#225; ratificado lo antes posible, y las ratificaciones ser&#225;n depositadas en Berna.

Del dep&#243;sito de cada instrumento de ratificaci&#243;n se levantar&#225; acta, una copia de la cual, certificada como fiel, ser&#225; remitida por el Consejo Federal Suizo a todas las Potencias en cuyo nombre se haya firmado el Convenio o notificado la adhesi&#243;n.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 57 - Entrada en vigor&lt;/B&gt;

El presente Convenio entrar&#225; en vigor seis meses despu&#233;s de haber sido depositados, al menos, dos instrumentos de ratificaci&#243;n.

Posteriormente, entrar&#225; en vigor para cada Alta Parte Contratante seis meses despu&#233;s del dep&#243;sito de su instrumento de ratificaci&#243;n.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 58 - Relaci&#243;n con el Convenio de 1907&lt;/B&gt;

El presente Convenio sustituye al X Convenio de La Haya del 18 de octubre de 1907 para la adaptaci&#243;n a la guerra mar&#237;tima de los principios del Convenio de Ginebra de 1906, en las relaciones entre las Altas Partes Contratantes.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 59 - Adhesi&#243;n&lt;/B&gt;

Desde la fecha de su entrada en vigor, el presente Convenio quedar&#225; abierto a la adhesi&#243;n de toda Potencia en cuyo nombre no haya sido firmado.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 60 - Notificaci&#243;n de las adhesiones&lt;/B&gt;

Las adhesiones ser&#225;n notificadas por escrito al Consejo Federal Suizo y surtir&#225;n efectos seis meses despu&#233;s de la fecha en que &#233;ste las haya recibido.
El Consejo Federal Suizo comunicar&#225; las adhesiones a todas las Potencias en cuyo nombre se haya firmado el Convenio o modificado la adhesi&#243;n.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 61 - Efecto inmediato&lt;/B&gt;

Las situaciones previstas en los art&#237;culos 2 y 3 har&#225;n que surtan efectos inmediatos las ratificaciones depositadas y las adhesiones notificadas por las Partes en conflicto antes o despu&#233;s del comienzo de las hostilidades o de la ocupaci&#243;n. La comunicaci&#243;n de las ratificaciones o de las adhesiones de las Partes en conflicto la har&#225;, por la v&#237;a m&#225;s r&#225;pida, el Consejo Federal Suizo.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 62 - Denuncia&lt;/B&gt;

Cada una de las Altas Partes Contratantes tendr&#225; la facultad de denunciar el presente Convenio.

La denuncia ser&#225; notificada por escrito al Consejo Federal Suizo, que comunicar&#225; la notificaci&#243;n a los Gobiernos de todas las Altas Partes Contratantes.
La denuncia surtir&#225; efectos un a&#241;o despu&#233;s de su notificaci&#243;n al Consejo Federal Suizo. Sin embargo, la denuncia notificada cuando la Potencia denunciante est&#233; implicada en un conflicto no surtir&#225; efecto alguno mientras no se haya concertado la paz y, en todo caso, mientras no hayan terminado las operaciones de liberaci&#243;n y de repatriaci&#243;n de las personas protegidas por el presente Convenio.

La denuncia s&#243;lo ser&#225; v&#225;lida para con la Potencia denunciante. No surtir&#225; efecto alguno sobre las obligaciones que las Partes en conflicto hayan de cumplir en virtud de los principios del derecho de gentes, tal como resulta de los usos establecidos entre naciones civilizadas, de las leyes de humanidad y de las exigencias de la conciencia p&#250;blica.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 63 - Registro en las Naciones Unidas&lt;/B&gt;

El Consejo Federal Suizo har&#225; registrar este Convenio en la Secretar&#237;a de las Naciones Unidas. El Consejo Federal Suizo informar&#225;, asimismo, a la Secretar&#237;a de las Naciones Unidas acerca de todas las ratificaciones, adhesiones y denuncias que reciba por lo que ata&#241;e al presente Convenio.

EN FE DE LO CUAL, los abajo firmantes, tras haber depositado los respectivos plenos poderes, han firmado el presente Convenio.

HECHO EN GINEBRA, el 12 de agosto de 1949, en idiomas franc&#233;s e ingl&#233;s. El original debe depositarse en los archivos de la Confederaci&#243;n Suiza. El Consejo Federal Suizo transmitir&#225; una copia del Convenio, certificada como fiel, a cada uno de los Estados signatarios, as&#237; como a los Estados que se hayan adherido al Convenio. 

*******
&lt;A name=11 a &lt;&gt;&amp;gt;
 &lt;B&gt;ANEJO &lt;/B&gt;
Modelo de tarjeta de identidad para los miembros del personal sanitario y religioso agregados a las fuerzas armadas en el mar.


&lt;IMG height=350 alt="" src="http://www.icrc.org/Web/spa/sitespa0.nsf/f0f81fc74dd287bfc12570d70053c8a5/4fc23bd391e56911c1256de100537e82/Body/1.3E8A!OpenElement&amp;amp;FieldElemFormat=gif" width=535 border=0&gt;


 Ver:

 http://www.icrc.org/Web/spa/sitespa0.nsf/iwpList103/4FC23BD391E56911C1256DE100537E82

&lt;/A&gt;</body>
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    <title>II Convenio de Ginebra</title>
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    <body>&lt;span style="font-style: italic;" mce_style="font-style: italic;"&gt;Cap&#237;tulo Mil&#233;simo cuadringent&#233;simo duod&#233;cimo:   "Mas ata pelo de co&#241;o que maroma de barco". (Refr&#225;n espa&#241;ol)&lt;/span&gt;

 Que las pel&#237;culas &lt;span style="font-style: italic;" mce_style="font-style: italic;"&gt;porno&lt;/span&gt; han marcado m&#225;s de lo que parece la vida de la gente normal, da buena cuenta la moda que se estableci&#243; ya hace algunos a&#241;os en relaci&#243;n al rasurado de nuestras zonas &lt;span style="font-style: italic;" mce_style="font-style: italic;"&gt;nobles&lt;/span&gt;. Hace unas d&#233;cadas, a nadie se le hubiera ocurrido pasar ni una simple tijera por semejantes sitios (si acaso alg&#250;n depilado a la &lt;span style="font-style: italic;" mce_style="font-style: italic;"&gt;brasile&#241;a&lt;/span&gt; por aquello del agosto en &lt;span style="font-style: italic;" mce_style="font-style: italic;"&gt;Benidorm&lt;/span&gt;) pero bast&#243; ver aquellas pel&#237;culas, tan llenas de &lt;span style="font-style: italic;" mce_style="font-style: italic;"&gt;tacones de aguja&lt;/span&gt; y &lt;span style="font-style: italic;" mce_style="font-style: italic;"&gt;collares de perlas&lt;/span&gt; como ausentes de pelos, para que se pusiera de moda el criterio capilar que luc&#237;an estos grandes genios de la interpretaci&#243;n y virtuosos del dialogo.

 Ahora parece que las cosas van cambiando. Dicen que el pelo vuelve. Normal. La &lt;span style="font-style: italic;" mce_style="font-style: italic;"&gt;ley del p&#233;ndulo&lt;/span&gt; siempre hace de las suyas. Lo que antes era extra&#241;o, y por lo tanto atractivo, pas&#243; a ser habitual y ha dejado de ser original. Ya no triunfan los rasurados, ahora triunfan los pelos corto que est&#233;n bien cuidados. Lo apuntan algunos especialista en el tema a trav&#233;s de varios art&#237;culos publicados en las m&#225;s prestigiosas revistas del sector.

 Y llegados a este punto es cuando me pregunto c&#243;mo es posible que gente adulta, a la que se le supone madura y responsable, sea capaz de perder el tiempo con semejantes gilipolleces. Yo el primero.

 &lt;div style="text-align: center;" mce_style="text-align: center;"&gt;&lt;img src="http://historiasextraordinarias.wordpress.com/files/2009/05/inge.jpg" mce_src="http://historiasextraordinarias.wordpress.com/files/2009/05/inge.jpg" alt="" border="0"&gt; &lt;/div&gt; &lt;a href="http://peluche.bitacoras.com/" mce_href="http://peluche.bitacoras.com/" target="_blank"&gt;&lt;em&gt;... m&#225;s historias extra-ordinarias&lt;/em&gt;&lt;/a&gt;&lt;br mce_bogus="1"&gt;

 &lt;em&gt;Todos los "cap&#237;tulos" de "&lt;a href="http://peluche.blogspot.com/" mce_href="http://peluche.blogspot.com/"&gt;tantos hombres y tan poco tiempo&lt;/a&gt;"&lt;/em&gt;

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    <title>1412.  Viernes, 29 mayo, 2009</title>
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    <body>&lt;IMG class=imgcen id=img_0 style="WIDTH: 326px; HEIGHT: 313px" height=706 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/la-revolucion-de-las-mariposas/elsuperh&#233;roe.jpg" width=666&gt;  &lt;P style="MARGIN-BOTTOM: 0cm"&gt;&lt;FONT style="FONT-SIZE: 22pt" size=6&gt;Lo m&#225;s duro de ser un superh&#233;roe es dejar de serlo. &lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="MARGIN-BOTTOM: 0cm"&gt;&lt;FONT style="FONT-SIZE: 22pt" size=6&gt;Si bajas a tierra no te olvides el escudo, los gusanos van a comerte. Te comer&#225;n, es su cometido. &lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="MARGIN-BOTTOM: 0cm"&gt;&lt;FONT style="FONT-SIZE: 22pt" size=6&gt;El deseo es tan descabellado que cualquier pirueta resultar&#225; tan natural como una sonrisa. La fortaleza te precede y la leyenda te blinda. Habr&#225; empujones para poder tocarte, docenas de besos volar&#225;n cerca de tus labios pero nadie te brindar&#225; su energ&#237;a. La tuya servir&#225; para alimentarlos.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="MARGIN-BOTTOM: 0cm"&gt;&lt;FONT style="FONT-SIZE: 22pt" size=6&gt;No te imitar&#225;n pero te ganar&#225;s el respeto, si llueve ser&#225;s el Rey y si nieva te invitar&#225;n a caf&#233; mientras presentar&#225;n &#8220;La m&#225;s rid&#237;cula colecci&#243;n de excusas para no ir en bicicleta&#8221;. Prender&#225;s un habano, vomitar&#225;s la copa y seguir&#225;s tu camino. Te alejar&#225;s del dolor y siempre te quedar&#225; la brisa.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="MARGIN-BOTTOM: 0cm"&gt;


 &lt;P style="MARGIN-BOTTOM: 0cm"&gt;&lt;FONT style="FONT-SIZE: 22pt" size=6&gt;Salvo para afeitarme, no necesito espejo.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="MARGIN-BOTTOM: 0cm"&gt;&lt;FONT style="FONT-SIZE: 22pt" size=6&gt;Los ojos de los dem&#225;s reflejan una silueta inalcanzable, un helado de vainilla que rodando lo llena todo de sonrisas, un juguete debajo de un hombre que vuela y que dice sin decir, lo f&#225;cil que es parecer feliz.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="MARGIN-BOTTOM: 0cm"&gt;


 &lt;P style="MARGIN-BOTTOM: 0cm"&gt;&lt;FONT style="FONT-SIZE: 22pt" size=6&gt;Lo m&#225;s duro de ser un superh&#233;roe, es bajarse de la bicicleta.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="MARGIN-BOTTOM: 0cm"&gt;


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    <title>EL SUPERH&#201;ROE</title>
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    <body>&lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;&#8220;&#191;Qui&#233;n dijo que todo est&#225; perdido? Yo vengo a entregar mi coraz&#243;n&#8221;, en palabras de Fito P&#225;ez. Se extiende una especie de pesimismo, pasotismo, ego&#237;smo individualista que m&#225;s bien tiene que ver con &lt;?xml:namespace prefix = st1 ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:smarttags" /&gt;&lt;st1:PersonName ProductID="la resignaci&#243;n. Y" w:st="on"&gt;la resignaci&#243;n. Y&lt;/st1:PersonName&gt; es preciso llamar a las cosas por su nombre. Al que roba hay que llamarle ladr&#243;n y llevarlo a los tribunales; al que miente, mentiroso; al que explota, explotador, y as&#237; sucesivamente. Pero protestar aportando, en lo posible, propuestas alternativas nacidas de la reflexi&#243;n, del conocimiento, de la pasi&#243;n por la justicia y por &lt;st1:PersonName ProductID="la solidaridad. Porque" w:st="on"&gt;la solidaridad. Porque&lt;/st1:PersonName&gt; &#8220;Otro mundo, mejor y m&#225;s solidario,  es posible&#8221; porque es necesario. Todo lo necesario tiene que ser posible, si no se tratar&#237;a de una quimera, fantas&#237;a o necedad.&lt;?xml:namespace prefix = o ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:office" /&gt;&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;
Para ello tenemos que &#8220;Pasar la palabra&#8221; cuando leemos o escuchamos algo interesante, valiente y esperanzador. No podemos abortar los ideales por temor a no poder alcanzarlos. Mal punto de partida.  Todo lo grande de este mundo se ha llevado a la pr&#225;ctica porque alguien lo imagin&#243; primero, lo interioriz&#243; y lo hizo suyo. No vale escudarse en que &#8220;yo no s&#233; hablar&#8221;, &#8220;no estoy preparado&#8221;, &#8220;nadie me va a escuchar&#8221;. T&#250; pasa la palabra, difunde las ideas, proyectos y propuestas de quienes te  conmuevan y te parezcan sensatos, cre&#237;bles, y arriesgados. Tenemos que esquivar los peligros o superarlos y asumir los riesgos como aut&#233;nticos desaf&#237;os, como oportunidades. Mi experiencia me ha demostrado que nadie sabe de lo que es capaz hasta que se pone a hacerlo. Es preciso convencerse de que no hay que esperar a ser bueno, para hacer cosas buenas. Gran parte de las personas respetables y admirables que conozco nunca hubieran comenzado. Porque no se trata de lo que hagamos sino de c&#243;mo lo hagamos. Poner el coraz&#243;n y hasta la vida en aquello que admiramos, amamos y anhelamos. Siempre habr&#225; un puesto para m&#237;, as&#237; como soy, sin cambiar sino asumiendo mi realidad. De esta forma, los marginados y los excluidos se pueden identificar con nosotros con menos dificultad.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;&lt;o:p&gt; &lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;No podemos esperar a que nos ocurra algo extraordinario si no lo &#8220;descubrimos&#8221; en todo lo ordinario que nos sucede. Al llegar a esta altura de mi vida, he comprobado que la virtud m&#225;s eminente es hacer sencillamente lo que tenemos que hacer. Ni se trata de empe&#241;arse en hacer cosas buenas. Los sabios, los aut&#233;nticos l&#237;deres, los santos, los maestros no hacen cosas buenas. Bueno es lo que hace el sabio, el santo, el maestro. Cuando come, come; cuando bebe, bebe; cuando duerme, duerme.  Las cosas fueron primero, su para qu&#233; despu&#233;s. (&lt;I&gt;&lt;SPAN style="FONT-STYLE: italic"&gt;autentik&#243;s&lt;/SPAN&gt;&lt;/I&gt;, el que tiene autoridad y esta deriva de &lt;I&gt;&lt;SPAN style="FONT-STYLE: italic"&gt;augere,&lt;/SPAN&gt;&lt;/I&gt; promocionar, pues tiene autoridad sobre alguien el que lo promueve, Por tanto, aut&#233;ntico es el que tiene las riendas de su ser, posee iniciativa y no nos falla porque es coherente y nos enriquece con su modo de ser estable y sincero, con palabras de A. Quint&#225;s&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;&lt;o:p&gt; &lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;As&#237;, en cualquier estadio de nuestro vivir podemos caer en la cuenta de que, as&#237; como somos, somos necesarios. No se trata de cuanto m&#225;s, mejor; sino de cuanto mejor, m&#225;s. Y todo lo que se hace desde el coraz&#243;n, reforzado por la mente, es bueno y se difunde por s&#237; mismo.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;Anteayer di una conferencia en la universidad de Salamanca. Quien la organiz&#243; se ocup&#243; en convocar al mayor n&#250;mero de medios de comunicaci&#243;n, prensa, radio y televisiones.  Entrevistas de 20 minutos en cuatro emisoras y en directo; dos entrevistas de quince minutos para dos televisiones; y desde d&#237;as antes, entrevistas en peri&#243;dicos, y, al d&#237;a siguiente de la conferencia, aparec&#237;an comentarios y fotos en otros peri&#243;dicos; y este domingo saldr&#225; una entrevista a doble p&#225;gina en el diario m&#225;s importante de la ciudad.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;&#191;Qu&#233; importa el n&#250;mero de personas que hayan podido acudir a la conferencia a las 12 de la ma&#241;ana y en el alejado campus universitario? Todo lo que han difundido los medios y por Internet es tan eficaz o m&#225;s que la presencia personal.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;Al d&#237;a siguiente me escribi&#243; la persona que arregl&#243; todo en silencio: &#8220;Gracias profesor. Qui&#233;n pudiera hablar como usted&#8221;. Y yo le respond&#237;  &#8220;sin ti, nada hubiera sido posible. &#191;Te das cuenta de todo lo que ha ocurrido? El escrito que me has enviado, lo reenvi&#233; a mi cadena de amigos, y estos los reenviaron a los suyos, lo he colgado en mi blog y otros colgaron sus post&#8221;. Esta &lt;st1:PersonName ProductID="es la red de" w:st="on"&gt;&lt;st1:PersonName ProductID="es la red" w:st="on"&gt;es la red&lt;/st1:PersonName&gt; de&lt;/st1:PersonName&gt; redes, sabernos necesarios y aceptados y acogidos y queridos y respetados. Nadie sabe de lo que es capaz, hasta que se pone a hacerlo.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;Eso es aut&#233;ntico periodismo: provocar, escuchar, mirar y saber contarlo.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;&lt;o:p&gt; &lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT face="Century Gothic" size=2&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 10pt; FONT-FAMILY: 'Century Gothic'"&gt;Jos&#233; Carlos G&#170; Fajardo&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/FONT&gt;

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    <nicetitle>cuaderno-bitacora-hicieron-aunque-sabian-podian</nicetitle>
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    <title>Cuaderno de Bit&#225;cora: Lo hicieron, aunque no sab&#237;an que pod&#237;an hacerlo</title>
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&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 16pt; FONT-FAMILY: 'Comic Sans MS'; mso-bidi-font-size: 12.0pt"&gt;&lt;BIG&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 16pt; FONT-FAMILY: 'Comic Sans MS'; mso-bidi-font-size: 12.0pt"&gt;&lt;SMALL&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 16pt; FONT-FAMILY: 'Comic Sans MS'; mso-bidi-font-size: 12.0pt"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 16pt; FONT-FAMILY: 'Comic Sans MS'; mso-bidi-font-size: 12.0pt"&gt;&lt;SMALL&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 16pt; FONT-FAMILY: 'Comic Sans MS'; mso-bidi-font-size: 12.0pt"&gt;&lt;SMALL&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 16pt; FONT-FAMILY: 'Comic Sans MS'; mso-bidi-font-size: 12.0pt"&gt;&lt;SMALL&gt; &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Tal vez sea, porque Spiderman naci&#243; en el mismo a&#241;o&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;En que yo, Afanosamente busque la salida, &lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;De entre las piernas de mi madre.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;En busca del aire y de m&#237; propio devenir.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y no me duelen prendas. No miento, si aseguro&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Que en mi m&#225;s tierna trompa de Eustaquio&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Los ecos de la voz rota de Bob Dylan&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Han resonado con mayor a menor intensidad,&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Pero sin interrupci&#243;n alguna, desde mi primera&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Bocanada a la vida, engordando el gigantesco&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Calabac&#237;n de mi memoria sentimental.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;El a&#241;o en que nac&#237;, todas las cosas eran viejas&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;En el incre&#237;ble 1962, hasta John Lenon&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Ol&#237;a a Zotal, mientras bajaba las escalerillas &lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;De un extra&#241;o artefacto con el rotulo de Iberia&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Tatuado en su lomo de hojalata &lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y tan solo pod&#237;a v&#233;rseles &#8211; a los beatles -&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;SPAN style="mso-spacerun: yes"&gt;&lt;/SPAN&gt;en apabullantes Televisores Philis en blanco y negro.&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Depositados en el &#8220;cine club&#8221; , junto a las eras,&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;En donde se trillaba y se ablentaba, &lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y de vez en vez, se tiraba de la bota de vino...&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y as&#237; en estas circunstancias, tras m&#225;s de cuarenta a&#241;os&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;De existencia en tierras de Castilla. Nacido en Villamanta&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;E instaladas mis reales posaderas en las nobles llanuras&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Segovianas, no me queda m&#225;s que confirmar :&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Mi fe en el Blues y la dulzaina.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y desear larga vida al Rock &amp;amp; Roll&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y al genuino cerdo de matanza...&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Tan solo deseo, que los dioses de la diversidad&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y de la tolerancia, nos sean propicios.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Leven anclas y suelten las amarras&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y que el viento de lo vivo nos mantenga en vilo&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Hasta desfallecer.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;


&lt;/SMALL&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/SMALL&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/SMALL&gt;&lt;/SPAN&gt;





&lt;/SPAN&gt; &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;/SMALL&gt;&lt;/SPAN&gt;
 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;/BIG&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/SMALL&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;SPAN&gt;&lt;BIG&gt;&lt;/BIG&gt;&lt;o:p&gt;&lt;SMALL&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 16pt; FONT-FAMILY: 'Comic Sans MS'; mso-bidi-font-size: 12.0pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/SMALL&gt;&lt;SMALL&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 16pt; FONT-FAMILY: 'Comic Sans MS'; mso-bidi-font-size: 12.0pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/SMALL&gt;&lt;SMALL&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 16pt; FONT-FAMILY: 'Comic Sans MS'; mso-bidi-font-size: 12.0pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/SMALL&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;B&gt;&lt;I&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 16pt; FONT-FAMILY: 'Comic Sans MS'; mso-bidi-font-size: 12.0pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/I&gt;&lt;/B&gt;













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    <nicetitle>spiderman-y-yo</nicetitle>
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    <title>SPIDERMAN Y YO</title>
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    <body>&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;     Hay algo que me llama la atenci&#243;n de los distintas &#8220;tribus urbanas&#8221; musicales que pululan por nuestras ciudades . &lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Lo primero es la definici&#243;n de tribu en s&#237; : no es el hecho cultural , no es la m&#250;sica lo que determina que un grupo de gente que es p&#250;blico de una corriente musical acabe siendo denominado como &#8220;tribu&#8221; , sino el aspecto exterior . &lt;/FONT&gt;
&lt;FONT color=#ffffff&gt;_&lt;/FONT&gt;
 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Todo el mundo&lt;SPAN style="mso-spacerun: yes"&gt; &lt;/SPAN&gt;reconoce&lt;SPAN style="mso-spacerun: yes"&gt; &lt;/SPAN&gt;a un heavy por sus melenas y camisetas de demonios de Iron Maiden o parecido , a un g&#243;tico por su caras blanquedas , cueros y pinchos , a un punkie por sus crestas&#8230; pero &#191;qu&#233; hay de las miles de adolescentes espa&#241;oles que chorrean&lt;SPAN style="mso-spacerun: yes"&gt; &lt;/SPAN&gt;en sus sue&#241;os por Bisbal o Chenoa? &#191;existe la &#8220;tribu Bisbalera&#8221;? &lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;La respuesta es no. Para ser tribu hay que ser minoritario y extra&#241;o a los ojos de la mayor&#237;a. Pertenecer a una tribu es ser tildado instant&#225;neamente de friki y raro.&lt;/FONT&gt;
&lt;FONT color=#ffffff&gt;_
&lt;/FONT&gt; &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" color=#ffffff size=3&gt;_&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Pero, como digo, la diferencia la pone la sociedad en la vestimenta, no en la cultura.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" color=#ffffff size=3&gt;_&lt;/FONT&gt;
&lt;FONT color=#ffffff&gt;-&lt;/FONT&gt;
 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;En el ejemplo de los heavys pongo el foco de atenci&#243;n: en mi colegio, como en todos , estaban los bautizados como grupo de los guays, el grupo de los empollones, el de los tontos,&lt;SPAN style="mso-spacerun: yes"&gt; &lt;/SPAN&gt;y otros como los heavys . &lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT color=#ffffff&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;-&lt;/FONT&gt;
&lt;/FONT&gt;


 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Ning&#250;n padre hubiera querido que su hija de 15 a&#241;os se presentase en casa con uno de ellos: hubieran preferido a uno de los piji-polito de Lacoste, gomina y &#8220;encantado , se&#241;ora , quien dir&#237;a que no es usted la hija&#8221;. &lt;/FONT&gt;
&lt;FONT color=#ffffff&gt;-&lt;/FONT&gt;
 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Pues bien, pasaron los a&#241;os, y conozco a muchos, muchos de los piji-polistas que no dieron un palo al agua. Eso s&#237;, siguen con sus cuellos levantados y sus camisas de marcas cada vez mas grandes, mas visibles.&lt;/FONT&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y mire usted por donde, del grupo de &#8220;los pel&#250;os&#8221;, adem&#225;s de seguir siendo igual de buena gente, todos estudiaron con dedicaci&#243;n grandes carreras: un economista , un m&#233;dico , un ingeniero inform&#225;tico &#8230;&lt;/FONT&gt;
&lt;FONT color=#ffffff&gt;-&lt;/FONT&gt;
 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" color=#ffffff size=3&gt;_&lt;/FONT&gt;

&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 12pt; FONT-FAMILY: 'Times New Roman'; mso-fareast-font-family: 'Times New Roman'; mso-ansi-language: ES; mso-fareast-language: ES; mso-bidi-language: AR-SA"&gt;Bien , para terminar de concretar a lo que voy , me paso a la &#8220;tribu popera&#8221;, esos de las camisetas de grupos que no conoces, con dise&#241;os sesenteros, pelos desordenados y gafas de pasta&#8230; &lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 12pt; FONT-FAMILY: 'Times New Roman'; mso-fareast-font-family: 'Times New Roman'; mso-ansi-language: ES; mso-fareast-language: ES; mso-bidi-language: AR-SA"&gt;Hay algo que me llama la atenci&#243;n en ellos (igualmente podr&#237;a decirse de muchas otras &#8220;tribus&#8221;) : te guste su m&#250;sica o no, la han elegido, la han buscado, no se les ha puesto por delante. &lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 12pt; FONT-FAMILY: 'Times New Roman'; mso-fareast-font-family: 'Times New Roman'; mso-ansi-language: ES; mso-fareast-language: ES; mso-bidi-language: AR-SA"&gt;Eso indica elecci&#243;n , discernimiento , un criterio propio de calidad, es decir&#8230;.cultura&#8230;.y lo que me fascina y me hace pensar que son individuos mas completos es que, si act&#250;an as&#237; en algo al fin y al cabo accesorio &#8230;&#191;por qu&#233; iban actuar de forma diferente en otros aspectos de la vida?....&lt;/SPAN&gt;
&lt;FONT color=#ffffff&gt;-&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; LINE-HEIGHT: 150%"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 12pt; FONT-FAMILY: 'Times New Roman'; mso-fareast-font-family: 'Times New Roman'; mso-ansi-language: ES; mso-fareast-language: ES; mso-bidi-language: AR-SA"&gt;La cultura , parec&#237;a un t&#243;pico pero no lo es , nos hace , al fin , mas libres. &lt;SPAN style="mso-spacerun: yes"&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/SPAN&gt;



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    <title>Gafas de pasta</title>
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    <body>Me parece muy interesante y lleno de sugerencias para un debate, este editorial: "&lt;A id=link_0 title=http://www.elpais.com/articulo/opinion/obispos/doctrina/discordia/ href="http://www.elpais.com/articulo/opinion/obispos/doctrina/discordia/"&gt;Los obispos y la doctrina de la discordia". &lt;/A&gt;Una vez m&#225;s, &lt;A id=link_6 title=http://www.otromundoesposible.com href="http://www.otromundoesposible.com/"&gt;los cl&#233;rigos &lt;/A&gt;est&#225;n maniobrando y el Gobierno contemporiza. La &lt;A id=link_1 title=http://www.globalvoicesonline.org href="http://www.globalvoicesonline.org/"&gt;Educaci&#243;n para la Ciudadan&#237;a&lt;/A&gt; no tiene que ver con la Fenomenolog&#237;a de las religiones, ni con la Historia de las ideas, ni con la H&#170; del pensamiento... y mucho menos con la H&#170; de las doctrinas. En juego hay muchos intereses y miles de millones del Erario p&#250;blico, de todos nosotros. Har&#237;a falta &lt;A id=link_2 title=http://www.elmundo.es/elmundo/catalejo.html href="http://www.elmundo.es/elmundo/catalejo.html"&gt;un hombre de Estado&lt;/A&gt; capaz de dirigir todos esos medios econ&#243;micos y m&#225;s, a formar un buen profesorado y &lt;A id=link_3 title=http://blogs.elpais.com/juan_cruz href="http://blogs.elpais.com/juan_cruz"&gt;crear miles de escuelas&lt;/A&gt; y centros de ense&#241;anza p&#250;blicos y gratuitos... para que s&#243;lo los secuaces, los fieles, los adoctrinados, los clientes (more romano), los ac&#243;litos, los socios etc fueran a otros centros privados... pero sin ceder un &#225;pice en los contenidos fundamentales de esa asignatura, como hacen con el resto del pensum. Como ocurre con las universidades y su reconocido prestigo. O &#191;existen una H&#170; de la Filosof&#237;a, del derecho, de la Literatura, de Espa&#241;a o del mundo opuesta o antag&#243;nica a la que figura en los Planes de estudios aprobados por el Gobierno? Variar&#225;n en el &#233;nfasis, en la forma o en la manera de exponerla... pero en lo substancial son las mismas... Al fin y al cabo, un verdadero y &lt;A id=link_4 title=http://jamillan.com/librosybitios/blog href="http://jamillan.com/librosybitios/blog"&gt;aut&#233;ntico profesor&lt;/A&gt; debe advertir a sus alumnos el primer d&#237;a de clase: "Se&#241;ores, aqu&#237; tienen el Programa y la Bibliograf&#237;a de esta asignatura. Yo voy a explicar la "Historia del siglo XX, por ejemplo, seg&#250;n el profesor que les est&#225; hablando". Para eso est&#225; reconocida la &lt;A id=link_5 title=http://www.junjan.org/weblog/index.xml href="http://www.junjan.org/weblog/index.xml"&gt;libertad de c&#225;tedra&lt;/A&gt; y la venia docendi. A mi no me pueden pagar por repetir lo que han escrito otros profesores. Conf&#237;en en mi (ni puedo ni voy a enga&#241;arles) pero no se f&#237;en de mi (porque tratar&#233; por todos los medios l&#237;citos de hacerles pensar, de alertarlos y hasta de conmoverlos, de poner en solfa sus creencias y sus conocimientos aprendidos, voy a intentar que desaprendan lo que han recibido para que sean capaces de pensar con criterio, por ustedes mismos. Algunos d&#237;as les "parecer&#225;" que soy contradictorio. Para que, al final del curso, cada uno pueda decir "Yo s&#233; quien soy". Para que muchos dias digan "lo matar&#237;a" y otros lamentar&#237;an no haberlo hecho)</body>
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    <title>Jard&#237;n abierto 013: La educaci&#243;n no est&#225; en venta, ni se trapichea</title>
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    <body>&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Imag&#237;nate que te levantas una ma&#241;ana de principios de mes, bajas al kiosko a por el Cosmopolitan y descubres que la moda de los pr&#243;ximos seis meses va a ser llevar unas antenas verdes en la cabeza. &#191;Suena rid&#237;culo, verdad ? Pues de la misma categor&#237;a , entre locura y horterada, podemos clasificar las botas de pelo que har&#237;an sudar los tobillos a un esquimal y el llevar bermudas en pleno mes de diciembre. Y os lo hab&#233;is puesto. Y no s&#243;lo eso, si no que el a&#241;o anterior sal&#237;steis a la calle con esos plumas dorados ( con bolso y zapatos a juego) emulando lo que seria el mu&#241;eco de michelin si fuera una drag queen o una burbujita de freixenet. &lt;/FONT&gt;
&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;?xml:namespace prefix = o ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:office" /&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt; &lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;
&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Lo malo que tienen estas nuevas modas es que fuera de temporada, lo que llevas es una puta horterada de las de verdad. El anuncio de coca cola nos recuerda que hemos sobrevivido a las hombreras y los vaqueros nevados pero &#8230; sobrevivir&#225; el criterio colectivo o se ha convertido en una vor&#225;gine de destrucci&#243;n ante el buen gusto, o del gusto a secas ?&lt;/FONT&gt;
&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt; &lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;
&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Ya hace 15 a&#241;os que ten&#237;a 15 a&#241;os. Me acuerdo de que me dio por vestirme de negro, volverme siniestra ( as&#237; era como nos llamaban hace 15 a&#241;os, ahora despu&#233;s de los castings de Factor X me he enterado de que hay cien mil divisiones dentro de este mundillo, tendr&#233; que investigar a que secci&#243;n pertenezco ahora) . Mi madre, al verme salir en pleno mes de agosto vestida de negro , me dec&#237;a : &#8220;ya se te pasar&#225;&#8221; . El doble de a&#241;os m&#225;s tarde, a&#250;n no se me ha pasado la tonter&#237;a. &lt;SPAN style="mso-spacerun: yes"&gt; &lt;/SPAN&gt;Lo mio es f&#225;cil, siempre hay ropa negra de temporada, y con tela de red y unas cadenas me monto unos dise&#241;os estupendos. Lo dif&#237;cil tiene que ser sentirte bien con un tipo de ropa y que a los seis meses tengas que deshacerte de ella porque ya no est&#225; de moda, o hacer como la del anuncio de Roc, guardar 10 a&#241;os una prenda en el armario por si se vuelve a poner de moda. En serio alguna piensa en volver a ponerse el plumas de color oro por mucha cremita corporal que te des ?&lt;/FONT&gt;
&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt; &lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;
&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Para no parecer una antigualla, no comentar&#233; nada acerca de los pantalones de bajo talle, con los jerseys por debajo de las tetas , a tres grados bajo cero, con esa zona lumbar p&#250;rpura ya del frio, que desaf&#237;a a las leyes de la nefritis. Ni tampoco dir&#233; nada de lo que presume ser la moda de este verano, los vaqueros ( aun no se si remangados como si fueran&lt;SPAN style="mso-spacerun: yes"&gt;  &lt;/SPAN&gt;a pescar o a pisar uvas) y las manoletinas, bueno, bailarinas que se llaman ahora para que sea m&#225;s fashion el nombre y no nos recuerden a Manolete ( aunque los zapatos m&#225;s famosos del mundo los firma un tal Manolo) , lo que les proporciona una pinta impresentable &lt;SPAN style="mso-spacerun: yes"&gt; &lt;/SPAN&gt;de yonkis buscando hero&#237;na , aunque el conjunto les haya costado el sueldo de un mes. &lt;/FONT&gt;
&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt; &lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;
&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Voy a ir compr&#225;ndome las antenas verdes, no desechar&#233; la idea de que alg&#250;n dia saldr&#233;is con ellas en la cabeza. Y con el bolso a juego.&lt;/FONT&gt;
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