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    <body>El I Convenio de Ginebra es la actualizaci&#243;n del Convenio de Ginebra sobre los combatientes heridos y enfermos de los convenios firmados en 1864, 1906 y 1924. Se aprob&#243; el 12 de agosto de 1949 en la Conferencia Diplom&#225;tica para elaborar convenios internacionales destinados a proteger las v&#237;ctimas de la guerra, que se celebr&#243; en Ginebra entre abril y agosto de 1949.

 Este es el texto:

 &lt;B&gt;CAPITULO I: Disposiciones generales&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 1 - Respeto del Convenio&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes se comprometen a respetar y a hacer respetar el presente Convenio en todas lascircunstancias.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 2 - Aplicaci&#243;n del Convenio&lt;/B&gt;

Aparte de las disposiciones que deben entrar en vigor ya en tiempo de paz, el presente Convenio se aplicar&#225; en caso de guerra declarada o de cualquier otro conflicto armado que surja entre dos o varias Altas Partes Contratantes, aunque una de ellas no haya reconocido el estado de guerra.

El Convenio se aplicar&#225; tambi&#233;n en todos los casos de ocupaci&#243;n total o parcial del territorio de una Alta Parte Contratante, aunque tal ocupaci&#243;n no encuentre resistencia militar.

Si una de las Potencias en conflicto no es parte en el presente Convenio, las Potencias que son Partes en el mismo estar&#225;n, sin embargo, obligadas por &#233;l en sus relaciones rec&#237;procas. Estar&#225;n, adem&#225;s, obligadas por el Convenio con respecto a dicha Potencia, si &#233;sta acepta y aplica sus disposiciones.
&lt;A name=2&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;Art&#237;culo 3 - Conflictos no internacionales&lt;/B&gt;

En caso de conflicto armado que no sea de &#237;ndole internacional y que surja en el territorio de una de las Altas Partes Contratantes cada una de las Partes en conflicto tendr&#225; la obligaci&#243;n de aplicar, como m&#237;nimo, las siguientes disposiciones:

1) Las personas que no participen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detenci&#243;n o por cualquier otra causa, ser&#225;n, en todas las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinci&#243;n alguna de &#237;ndole desfavorable basada en la raza, el color, la religi&#243;n o la creencia, el sexo, el nacimiento o la fortuna o cualquier otro criterio an&#225;logo.

A este respecto, se proh&#237;ben, en cualquier tiempo y lugar, por lo que ata&#241;e a las personas arriba mencionadas:

a) los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles, la tortura y los suplicios;

b) la toma de rehenes;

c) los atentados contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes;

d) las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal leg&#237;timamente constituido, con garant&#237;as judiciales reconocidas como indispensables por los pueblos civilizados.

2) Los heridos y los enfermos ser&#225;n recogidos y asistidos.

Un organismo humanitario imparcial, tal como el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, podr&#225; ofrecer sus servicios a las Partes en conflicto.

Adem&#225;s, las Partes en conflicto har&#225;n lo posible por poner en vigor, mediante acuerdos especiales, la totalidad o parte de las otras disposiciones del presente Convenio.

La aplicaci&#243;n de las anteriores disposiciones no surtir&#225; efectos sobre el estatuto jur&#237;dico de las Partes en conflicto.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 4 - Aplicaci&#243;n por la Potencias neutrales&lt;/B&gt;

Las Potencias neutrales aplicar&#225;n, por analog&#237;a, las disposiciones del presente Convenio a los heridos y a los enfermos, as&#237; como a los miembros del personal sanitario y religioso, pertenecientes a las fuerzas armadas de las Partes en conflicto, que sean recibidos o internados en su territorio, as&#237; como a los muertos recogidos.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 5 - Duraci&#243;n de la aplicaci&#243;n&lt;/B&gt;

Para las personas protegidas que hayan ca&#237;do en poder de la Parte adversaria, el presente Convenio se aplicar&#225; hasta que sean definitivamente repatriadas.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 6 - Acuerdos especiales&lt;/B&gt;

Aparte de los acuerdos expresamente previstos en los art&#237;culos 10, 15, 23, 28, 31, 36, 37 y 52, las Altas Partes Contratantes podr&#225;n concertar otros acuerdos especiales sobre cualquier cuesti&#243;n que les parezca oportuno zanjar particularmente. Ning&#250;n acuerdo especial podr&#225; perjudicar a la situaci&#243;n de los heridos y de los enfermos ni de los miembros del personal sanitario y religioso, tal como se reglamenta en el presente Convenio, ni restringir los derechos que en &#233;ste se les otorga.

Los heridos y los enfermos, as&#237; como los miembros del personal sanitario y religioso, seguir&#225;n benefici&#225;ndose de estos acuerdos, mientras el Convenio les sea aplicable, salvo estipulaciones en contrario expresamente contenidas en dichos acuerdos o en otros ulteriores, o tambi&#233;n salvo medidas m&#225;s favorables tomadas a su respecto por una u otra de las Partes en conflicto.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 7 - Inalienabilidad de derechos&lt;/B&gt;

Los heridos y los enfermos, as&#237; como los miembros del personal sanitario y religioso, no podr&#225;n, en ninguna circunstancia, renunciar parcial o totalmente a los derechos que se les otorga en el presente Convenio y, llegado el caso, en los acuerdos especiales a que se refiere el art&#237;culo anterior.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 8 - Potencias protectoras&lt;/B&gt;

El presente Convenio ser&#225; aplicado con la colaboraci&#243;n y bajo el control de las Potencias protectoras encargadas de salvaguardar los intereses de las Partes en conflicto. Para ello, las Potencias protectoras podr&#225;n designar, aparte de su personal diplom&#225;tico o consular, a delegados de entre los propios s&#250;bditos o de entre los de otras Potencias neutrales. Estos delegados ser&#225;n sometidos a la aprobaci&#243;n de la Potencia ante la cual hayan de efectuar su misi&#243;n.

Las Partes en conflicto facilitar&#225;n, en la mayor medida posible, la labor de los representantes o delegados de las Potencias protectoras.

Los representantes o delegados de las Potencias protectoras nunca deber&#225;n extralimitarse en la misi&#243;n que se les asigna en el presente Convenio; habr&#225;n de tener en cuenta, especialmente, las imperiosas necesidades de seguridad del Estado ante el cual ejercen sus funciones. S&#243;lo imperiosas exigencias militares pueden autorizar, excepcional y provisionalmente, una restricci&#243;n de su actividad.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 9 - Actividades del Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja&lt;/B&gt;

Las disposiciones del presente Convenio no son &#243;bice para las actividades humanitarias que el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, u otro organismo humanitario imparcial, emprenda para la protecci&#243;n de los heridos y de los enfermos o de los miembros del personal sanitario y religioso, as&#237; como para los socorros que, con el consentimiento de las Partes en conflicto interesadas, se les proporcione.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 10 - Sustitutos de las Potencias protectoras&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes podr&#225;n convenir, en todo tiempo, en confiar a un organismo que ofrezca todas las garant&#237;as de imparcialidad y de eficacia, las tareas asignadas en el presente Convenio a las Potencias protectoras.

Si heridos y enfermos o miembros del personal sanitario y religioso no se benefician, o ya no se benefician, por la raz&#243;n que fuere, de las actividades de una Potencia protectora o de un organismo designado o de conformidad con lo estipulado en el p&#225;rrafo anterior, la Potencia detenedora deber&#225; solicitar, sea a un Estado neutral sea a tal organismo, que asuma las funciones asignadas en el presente Convenio a las Potencias protectoras designadas por las Partes en conflicto.

Si no puede conseguirse as&#237; una protecci&#243;n, la Potencia detenedora deber&#225; solicitar a un organismo humanitario, como el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, que se encargue de desempe&#241;ar las tareas humanitarias asignadas en el presente Convenio a las Potencias protectoras, o deber&#225; aceptar, a reserva de las disposiciones del presente art&#237;culo, los ofrecimientos de servicios de tal organismo.

Cualquier Potencia neutral o cualquier organismo invitado por la Potencia interesada, o que se ofrezca con la finalidad indicada, deber&#225; percatarse de su responsabilidad para con la Parte en conflicto a la que pertenezcan las personas protegidas por el presente Convenio, y deber&#225; dar suficientes garant&#237;as de capacidad para asumir el cometido de que se trata y para desempe&#241;arlo con imparcialidad.

No podr&#225;n derogarse las disposiciones anteriores por acuerdo particular entre Potencias cuando una de ellas se vea, aunque sea temporalmente, limitada en su libertad para negociar con respecto a la otra Potencia o a sus aliados, a causa de acontecimientos militares, especialmente en caso de ocupaci&#243;n de la totalidad o de una parte importante de su territorio. Cuantas veces se menciona en el presente Convenio a la Potencia protectora, tal menci&#243;n designa, asimismo, a los organismos que la sustituyan en el sentido de este art&#237;culo.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 11 - Procedimientos de conciliaci&#243;n&lt;/B&gt;

Siempre que lo juzguen conveniente en inter&#233;s de las personas protegidas, especialmente en caso de desacuerdo entre las Partes en conflicto acerca de la aplicaci&#243;n o la interpretaci&#243;n de las disposiciones del presente Convenio, las Potencias protectoras prestar&#225;n sus buenos oficios para dirimir el litigio.

Con esta finalidad, cada una de las Potencias protectoras podr&#225;, tras invitaci&#243;n de una Parte o por propia iniciativa, proponer a las Partes en conflicto una reuni&#243;n de sus representantes y, en particular, de las autoridades encargadas de los heridos y de los enfermos, as&#237; como de los miembros del personal sanitario y religioso, si es posible en un territorio neutral convenientemente elegido. Las Partes en conflicto tendr&#225;n la obligaci&#243;n de aceptar las propuestas que en tal sentido se les haga. Las Potencias protectoras podr&#225;n, llegado el caso, proponer a la aprobaci&#243;n de las Partes en conflicto una personalidad perteneciente a una Potencia neutral, o una personalidad delegada por el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, que ser&#225; invitada a participar en la reuni&#243;n.
&lt;A name=3&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAPITULO II: Heridos y enfermos&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 12 - Protecci&#243;n, trato y asistencia&lt;/B&gt;

Los miembros de las fuerzas armadas y las dem&#225;s personas mencionadas en el art&#237;culo siguiente, que est&#233;n heridos o enfermos, habr&#225;n de ser respetados y protegidos en todas las circunstancias.

Ser&#225;n tratados y asistidos con humanidad por la Parte en conflicto que los tenga en su poder, sin distinci&#243;n alguna de &#237;ndole desfavorable basada en el sexo, la raza, la nacionalidad, la religi&#243;n, las opiniones pol&#237;ticas o en cualquier otro criterio an&#225;logo. Est&#225; estrictamente prohibido todo atentado contra su vida y su persona, en particular matarlos o exterminarlos, someterlos a tortura, efectuar en ellos experimentos biol&#243;gicos, dejarlos deliberadamente sin atenci&#243;n m&#233;dica o sin asistencia, o exponerlos a riesgos de contagio o de infecci&#243;n causados con esa finalidad.

S&#243;lo razones de urgencia m&#233;dica autorizar&#225;n una prioridad en el orden de la asistencia.

Se tratar&#225; a las mujeres con todas las consideraciones debidas a su sexo.

La Parte en conflicto obligada a abandonar heridos o enfermos a su adversario dejar&#225; con ellos, si las exigencias militares lo permiten, a una parte de su personal y de su material sanitarios para contribuir a asistirlos.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 13 - Personas protegidas&lt;/B&gt;

El presente Convenio se aplicar&#225; a los heridos y a los enfermos pertenecientes a las categor&#237;as siguientes:

1) los miembros de las fuerzas armadas de una Parte en conflicto, as&#237; como los miembros de las milicias y de los cuerpos de voluntarios que formen parte de estas fuerzas armadas;

2) los miembros de las otras milicias y los miembros de los otros cuerpos de voluntarios, incluidos los de movimientos de resistencia organizados, pertenecientes a una de las Partes en conflicto que act&#250;en fuera o dentro del propio territorio, aunque este territorio est&#233; ocupado, con tal de que estas milicias o estos cuerpos de voluntarios, incluidos estos movimientos de resistencia organizados, re&#250;nan las siguientes condiciones:

a) estar mandados por una persona que responda de sus subordinados;

b) tener un signo distintivo fijo y reconocible a distancia;

c) llevar las armas a la vista;

d) dirigir sus operaciones de conformidad con las leyes y costumbres de la guerra;

3) los miembros de las fuerzas armadas regulares que sigan las instrucciones de un Gobierno o de una autoridad no reconocidos por la Potencia detenedora;

4) las personas que sigan a las fuerzas armadas sin formar realmente parte de ellas, tales como los miembros civiles de las tripulaciones de aviones militares, corresponsales de guerra, proveedores, miembros de unidades de trabajo o de servicios encargados del bienestar de los militares, a condici&#243;n de que hayan recibido autorizaci&#243;n de las fuerzas armadas a las cuales acompa&#241;an;

5) los miembros de las tripulaciones, incluidos los patrones, los pilotos y los grumetes de la marina mercante, y las tripulaciones de la aviaci&#243;n civil de las Partes en conflicto que no se beneficien de un trato m&#225;s favorable en virtud de otras disposiciones del derecho internacional;

6) la poblaci&#243;n de un territorio no ocupado que, al acercarse el enemigo, tome espont&#225;neamente las armas para combatir contra las tropas invasoras, sin haber tenido tiempo para constituirse en fuerzas armadas regulares, si lleva las armas a la vista y respeta las leyes y costumbres de la guerra.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 14 - Estatuto &lt;/B&gt;

Habida cuenta de las disposiciones del art&#237;culo 12, los heridos y los enfermos de un beligerante ca&#237;dos en poder del adversario ser&#225;n prisioneros de guerra y les ser&#225;n aplicables las normas del derecho de gentes relativas a los prisioneros de guerra.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 15 - B&#250;squeda de heridos. Evacuaci&#243;n.&lt;/B&gt;

En todo tiempo, y especialmente despu&#233;s de un combate, las Partes en conflicto tomar&#225;n sin tardanza todas las medidas posibles para buscar y recoger a los heridos y a los enfermos, para protegerlos contra el pillaje y los malos tratos y proporcionarles la asistencia necesaria, as&#237; como para buscar a los muertos e impedir que sean despojados.

Siempre que las circunstancias lo permitan, se concertar&#225; un armisticio, una interrupci&#243;n del fuego o acuerdos locales que permitan la recogida, el canje y el traslado de los heridos abandonados en el campo de batalla.

Podr&#225;n concertarse, asimismo, acuerdos locales entre las Partes en conflicto para la evacuaci&#243;n o el canje de los heridos y de los enfermos de una zona sitiada o cercada, as&#237; como para el paso del personal sanitario y religioso y de material sanitario con destino a dicha zona.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 16 - Registro y transmisi&#243;n de datos&lt;/B&gt;

Las Partes en conflicto deber&#225;n registrar, tan pronto como sea posible, toda la informaci&#243;n adecuada para identificar a los heridos, a los enfermos y a los muertos de la parte adversaria ca&#237;dos en su poder. Estos datos deber&#225;n, si es posible, incluir:

a) designaci&#243;n de la Potencia a la que pertenecen;

b) destino o n&#250;mero de matr&#237;cula;

c) apellidos;

d) nombre o nombres;

e) fecha de nacimiento;

f) cualquier otro dato que figure en la tarjeta o en la placa de identidad;

g) fecha y lugar de la captura o del fallecimiento;

h) datos relativos a las heridas, la enfermedad o la causa del fallecimiento.

En el m&#225;s breve plazo posible, deber&#225;n comunicarse los datos arriba mencionados a la oficina de informaci&#243;n prevista en el art&#237;culo 122 del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra, la cual los transmitir&#225; a la Potencia de la que dependan esas personas, por mediaci&#243;n de la Potencia protectora y de la Agencia Central de Prisioneros de Guerra.

Las Partes en conflicto redactar&#225;n y se comunicar&#225;n, por el conducto indicado en el p&#225;rrafo anterior, las actas de defunci&#243;n o las listas de fallecimientos debidamente autenticadas. Recoger&#225;n y se transmitir&#225;n tambi&#233;n, por mediaci&#243;n de la misma oficina, la mitad de la doble placa de identidad, los testamentos u otros documentos que tengan importancia para la familia de los fallecidos, el dinero y, en general, cuantos objetos de valor intr&#237;nseco o afectivo se hayan encontrado sobre los muertos. Estos objetos, as&#237; como los no identificados, ser&#225;n remitidos en paquetes lacrados, acompa&#241;ados de una declaraci&#243;n con todos los detalles necesarios para la identificaci&#243;n del poseedor fallecido, as&#237; como de un inventario completo del paquete.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 17 - Prescripciones relativas a los muertos. Servicio de tumbas&lt;/B&gt;

Las Partes en conflicto velar&#225;n por que la inhumaci&#243;n o la incineraci&#243;n de los cad&#225;veres, hecha individualmente en la medida en que las circunstancias lo permitan, vaya precedida de un atento examen y, si es posible, m&#233;dico de los cuerpos, a fin de comprobar la muerte, determinar la identidad y poder dar cuenta al respecto. La mitad de la doble placa de identidad o la placa misma, si se trata de una placa sencilla, quedar&#225; sobre el cad&#225;ver. Los cuerpos no podr&#225;n ser incinerados m&#225;s que por imperiosas razones de higiene o por motivos basados en la religi&#243;n de los fallecidos. En caso de incineraci&#243;n, se har&#225; la correspondiente menci&#243;n detallada indicando los motivos en el acta de defunci&#243;n o en la lista autenticada de fallecimientos.

Adem&#225;s, las Partes en conflicto velar&#225;n por que se entierre a los muertos honrosamente, si es posible seg&#250;n los ritos de la religi&#243;n a la que pertenec&#237;an, por que sus sepulturas sean respetadas, agrupadas, si es posible, de confomidad con la nacionalidad de los fallecidos, convenientemente atendidas y marcadas de modo que siempre puedan ser encontradas. Para ello, organizar&#225;n, al comienzo de las hostilidades, un Servicio oficial de tumbas, a fin de permitir exhumaciones eventuales, garantizar la identificaci&#243;n de los cad&#225;veres, sea cual fuere el lugar de las sepulturas, y su eventual traslado al respectivo pa&#237;s de origen. Estas disposiciones son igualmente aplicables a las cenizas, que ser&#225;n conservadas por el Servicio de tumbas, hasta que el pa&#237;s de origen comunique las medidas que desea tomar a este respecto.

En cuanto las circunstancias lo permitan y, a m&#225;s tardar, al fin de las hostilidades, estos servicios se intercambiar&#225;n, por mediaci&#243;n de la oficina de informaci&#243;n mencionada en el p&#225;rrafo segundo del art&#237;culo 16, listas en las que se indiquen exactamente el lugar y la designaci&#243;n de las tumbas, as&#237; como los datos relativos a los muertos en ellas sepultados.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 18 - Cometido de la poblaci&#243;n&lt;/B&gt;

La autoridad militar podr&#225; recurrir a la caridad de los habitantes para que, bajo su direcci&#243;n, recojan y asistan gratuitamente a los heridos y a los enfermos, otorgando a las personas que hayan respondido a este llamamiento la protecci&#243;n y las facilidades oportunas. En caso de que la Parte adversaria llegue a tomar o a recuperar el control de la regi&#243;n, deber&#225; mantener, con respecto a esas personas, la misma protecci&#243;n y las mismas facilidades.

La autoridad militar debe permitir a los habitantes y a las sociedades de socorro, incluso en las regiones invadidas u ocupadas, recoger y asistir espont&#225;neamente a los heridos o a los enfermos, sea cual fuere su nacionalidad.

La poblaci&#243;n civil debe respetar a estos heridos y a estos enfermos y, en particular, abstenerse de todo acto de violencia contra ellos.
Nadie podr&#225; ser molestado o condenado por el hecho de haber prestado asistencia a heridos o a enfermos.

Las disposiciones del presente art&#237;culo no eximen a la Potencia ocupante de las obligaciones de su incumbencia, en lo sanitario y en lo moral, con respecto a los heridos y a los enfermos.
&lt;A name=4&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAPITULO III: Unidades y establecimientos sanitarios&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 19 - Protecci&#243;n&lt;/B&gt;

Los establecimientos fijos y las unidades sanitarias m&#243;viles del Servicio de Sanidad no podr&#225;n, en ning&#250;n caso, ser objeto de ataques, sino que ser&#225;n en todo tiempo respetados y protegidos por las Partes en conflicto. Si caen en poder de la Parte adversaria, podr&#225;n continuar funcionando mientras la Potencia captora no haya garantizado por s&#237; misma la asistencia necesaria para los heridos y los enfermos alojados en esos establecimientos y unidades.

Las autoridades competentes velar&#225;n por que los establecimientos y las unidades sanitarias aqu&#237; mencionados est&#233;n situados, en la medida de lo posible, de modo que los eventuales ataques contra objetivos militares no puedan ponerlos en peligro.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 20 - Protecci&#243;n de los barcos hospitales&lt;/B&gt;

Los barcos hospitales con derecho a la protecci&#243;n del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los n&#225;ufragos de las fuerzas armadas en el mar no deber&#225;n ser atacados desde tierra.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 21 - Cese de la protecci&#243;n de establecimientos y de unidades&lt;/B&gt;

La protecci&#243;n debida a los establecimientos fijos y a las unidades sanitarias m&#243;viles del Servicio de Sanidad no podr&#225; cesar m&#225;s que en el caso de que se los utilice, fuera de sus deberes humanitarios, a fin de cometer actos perjudiciales para el enemigo. Sin embargo, la protecci&#243;n puede cesar s&#243;lo despu&#233;s de una intimaci&#243;n dando, en todos los casos oportunos, un plazo razonable, y que no haya surtido efectos.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 22 - Actos que no privan de la protecci&#243;n&lt;/B&gt;

No se considerar&#225; que priva a una unidad o a un establecimiento sanitario de la protecci&#243;n garantizada en el art&#237;culo 19:

1. el hecho de que el personal de la unidad o del establecimiento est&#233; armado y utilice sus armas para la propia defensa o la de sus heridos y enfermos;

2. el hecho de que, por falta de enfermeros armados, la unidad o el establecimiento est&#233; custodiado por un piquete o por centinelas o por una escolta;

3. el hecho de que haya, en la unidad o en el establecimiento, armas port&#225;tiles y municiones retiradas a los heridos y a los enfermos, y que todav&#237;a no hayan sido entregadas al servicio competente;

4. el hecho de que haya, en la unidad o en el establecimiento, personal y material del servicio veterinario, sin formar parte integrante de ellos;

5. el hecho de que la actividad humanitaria de las unidades y de los establecimientos sanitarios o de su personal se haya extendido a personas civiles heridas o enfermas.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 23 - Zonas y localidades sanitarias&lt;/B&gt;

Ya en tiempo de paz, las Altas Partes Contratantes y, desencadenadas las hostilidades, las Partes en conflicto podr&#225;n designar en el propio territorio y, si es necesario, en los territorios ocupados, zonas y localidades sanitarias organizadas para proteger contra los efectos de la guerra a los heridos y a los enfermos, as&#237; como al personal encargado de la organizaci&#243;n y de la administraci&#243;n de dichas zonas y localidades, y de la asistencia a las personas que en ellas haya.

Ya al comienzo y en el transcurso del conflicto, las Partes interesadas podr&#225;n concertar acuerdos entre s&#237; para el reconocimiento de las zonas y de las localidades sanitarias as&#237; designadas. Podr&#225;n, para ello, poner en vigor las disposiciones previstas en el proyecto de acuerdo anejo al presente Convenio haciendo, eventualmente, las modificaciones que consideren necesarias.

Se invita a que las Potencias protectoras y el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja presten sus buenos oficios para facilitar la designaci&#243;n y el reconocimiento de esas zonas y localidades sanitarias.
&lt;A name=5&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAPITULO IV: Personal&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 24 - Protecci&#243;n del personal permanente&lt;/B&gt;

El personal sanitario exclusivamente destinado a la b&#250;squeda, a la recogida, al transporte o a la asistencia de los heridos y de los enfermos o a la prevenci&#243;n de enfermedades, y el personal exclusivamente destinado a la administraci&#243;n de las unidades y de los establecimientos sanitarios, as&#237; como los capellanes agregados a las fuerzas armadas, ser&#225;n respetados y protegidos en todas las circunstancias.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 25 - Protecci&#243;n del personal temporero&lt;/B&gt;

Los militares especialmente formados para prestar servicios, llegado el caso como enfermeros o camilleros auxiliares en la b&#250;squeda o en la recogida, en el transporte o en la asistencia de los heridos y de los enfermos, ser&#225;n igualmente respetados y protegidos, si desempe&#241;an estas tareas cuando entran en contacto con el enemigo o cuando caen en su poder.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 26 - Personal de las sociedades de socorro&lt;/B&gt;

Se equipara el personal mencionado en el art&#237;culo 24 al personal de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de las dem&#225;s sociedades de socorro voluntarias, debidamente reconocidas y autorizadas por su Gobierno, que desempe&#241;e las mismas tareas que el personal mencionado en el citado art&#237;culo, a reserva de que el personal de tales sociedades est&#233; sometido a las leyes y a los reglamentos militares.

Cada Alta Parte Contratante notificar&#225; a la otra, sea en tiempo de paz sea ya al comienzo o en el transcurso de las hostilidades pero, en todo caso, antes de emplearlas realmente, los nombres de las sociedades que, bajo su responsabilidad, haya autorizado para prestar su colaboraci&#243;n al servicio sanitario oficial de sus fuerzas armadas.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 27 - Sociedades de los pa&#237;ses neutrales&lt;/B&gt;

Una sociedad reconocida de un pa&#237;s neutral no podr&#225; prestar la colaboraci&#243;n de su personal y de sus unidades sanitarias a una de las Partes en conflicto m&#225;s que con el consentimiento del propio Gobierno y con la autorizaci&#243;n de la citada Parte en conflicto. Este personal y estas unidades estar&#225;n bajo el control de esa Parte en conflicto.

El Gobierno neutral notificar&#225; su consentimiento a la Parte adversaria del Estado que acepte tal colaboraci&#243;n. La Parte en conflicto que haya aceptado esta colaboraci&#243;n tiene el deber, antes de emplearla, de hacer la oportuna notificaci&#243;n a la Parte adversaria.

En ninguna circunstancia podr&#225; considerarse esta colaboraci&#243;n como injerencia en el conflicto.

Los miembros del personal citado en el p&#225;rrafo primero deber&#225;n ser provistos, antes de salir del pa&#237;s neutral al que pertenezcan, de los documentos de identidad previstos en el art&#237;culo 40.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 28 - Personal retenido&lt;/B&gt;

El personal designado en los art&#237;culos 24 y 26 no ser&#225; retenido, si cae en poder de la Parte adversaria, m&#225;s que en la medida en que lo requieran la situaci&#243;n sanitaria, las necesidades espirituales y el n&#250;mero de prisioneros de guerra.

Los miembros del personal as&#237; retenido no ser&#225;n considerados como prisioneros de guerra.

Se beneficiar&#225;n, sin embargo, y por lo menos, de todas las disposiciones del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra. Continuar&#225;n desempe&#241;ando, en el &#225;mbito de los reglamentos y de las leyes militares de la Potencia detenedora, bajo la autoridad de sus servicios competentes y de conformidad con su conciencia profesional, sus tareas m&#233;dicas o espirituales en favor de los prisioneros de guerra, pertenecientes preferentemente a las fuerzas armadas de las que ellos procedan. Se beneficiar&#225;n, adem&#225;s, en el ejercicio de su misi&#243;n m&#233;dica o espiritual, de las facilidades siguientes:

a) Estar&#225;n autorizados a visitar peri&#243;dicamente a los prisioneros de guerra en destacamentos de trabajo o en hospitales situados en el exterior del campamento. Para ello, la autoridad detenedora pondr&#225; a su disposici&#243;n los necesarios medios de transporte.

b) En cada campamento, el m&#233;dico militar de mayor antig&#252;edad y de graduaci&#243;n superior ser&#225; responsable ante las autoridades militares del campamento por lo que respecta a todas las actividades del personal sanitario retenido. Con esta finalidad, las Partes en conflicto se pondr&#225;n de acuerdo, ya al comienzo de las hostilidades, sobre la equivalencia de graduaciones de su personal sanitario, incluido el perteneciente a las sociedades designadas en el art&#237;culo 26. Para todas las cuestiones relativas a su misi&#243;n, este m&#233;dico, as&#237; como los capellanes, tendr&#225;n acceso directo a las autoridades competentes del campamento. Estas les dar&#225;n las oportunas facilidades para la correspondencia referente a tales cuestiones.

c) Aunque haya de estar sometido a la disciplina interior del campamento en el que est&#233;, no podr&#225; obligarse al personal retenido a ning&#250;n trabajo ajeno a su misi&#243;n m&#233;dica o religiosa.

En el transcurso de las hostilidades, las Partes en conflicto se pondr&#225;n de acuerdo con respecto al eventual relevo del personal retenido, fijando las modalidades.

Ninguna de las anteriores disposiciones exime a la Potencia detenedora de las obligaciones que le incumben por lo que ata&#241;e a los prisioneros de guerra en los &#225;mbitos sanitario y espiritual.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 29 - Suerte que corre el personal temporero&lt;/B&gt;

El personal designado en el art&#237;culo 25, ca&#237;do en poder del enemigo, ser&#225; considerado como prisionero de guerra; pero ser&#225; empleado, si es necesario, en misiones sanitarias.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 30 - Devoluci&#243;n del personal sanitario y religioso&lt;/B&gt;

Los miembros del personal cuya retenci&#243;n no sea indispensable en virtud de las disposiciones del art&#237;culo 28, ser&#225;n devueltos a la Parte en conflicto a la que pertenezcan, tan pronto como haya una v&#237;a abierta para su regreso y las circunstancias militares lo permitan.

En espera de su devoluci&#243;n, no ser&#225;n considerados como prisioneros de guerra. No obstante, se beneficiar&#225;n, al menos, de las disposiciones del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra. Continuar&#225;n desempe&#241;ando sus tareas, bajo la direcci&#243;n de la Parte adversaria, para asistir, preferentemente, a los heridos y a los enfermos de la Parte en conflicto a la que pertenezcan.

Cuando se vayan, llevar&#225;n consigo los efectos, objetos personales, valores e instrumentos de su pertenencia.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 31 - Elecci&#243;n del personal que haya de devolverse&lt;/B&gt;

La elecci&#243;n del personal cuya devoluci&#243;n a la Parte en conflicto est&#225; prevista en el art&#237;culo 30 tendr&#225; lugar excluyendo toda distinci&#243;n de raza, de religi&#243;n o de opini&#243;n pol&#237;tica, preferentemente seg&#250;n el orden cronol&#243;gico de su captura y el estado de su salud.

Ya al comienzo de las hostilidades, las Partes en conflicto podr&#225;n fijar, mediante acuerdos especiales, el porcentaje del personal que haya de retenerse, en proporci&#243;n con el n&#250;mero de prisioneros y de su distribuci&#243;n en los campamentos.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 32 - Regreso del personal perteneciente a pa&#237;ses neutrales&lt;/B&gt;

Las personas designadas en el art&#237;culo 27 que caigan en poder de la Parte adversaria no podr&#225;n ser retenidas.

Salvo acuerdo en contrario, ser&#225;n autorizadas a volver a su pa&#237;s o, si no es posible, al territorio de la Parte en conflicto a cuyo servicio estaban, tan pronto como haya una v&#237;a abierta para su regreso y las exigencias militares lo permitan.

En espera de su liberaci&#243;n, continuar&#225;n desempe&#241;ando sus tareas, bajo la direcci&#243;n de la parte adversaria, para asistir, preferentemente, a los heridos y a los enfermos de la Parte en conflicto a cuyo servicio estaban.

Cuando se vayan, llevar&#225;n consigo los efectos, los objetos y valores personales, los instrumentos, las armas y, si es posible, los medios de transporte que les pertenezcan.

Las Partes en conflicto garantizar&#225;n a este personal, mientras se halle en su poder, la misma manutenci&#243;n, el mismo alojamiento, las mismas asignaciones y los mismos sueldos que al personal correspondiente de su ej&#233;rcito. La alimentaci&#243;n ser&#225;, en todo caso, suficiente en cantidad, calidad y variedad para mantener a los interesados en un equilibrio normal de salud.
&lt;A name=6&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAPITULO V: Edificios y material&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 33 - Suerte que corren los edificios y el material&lt;/B&gt;

El material de las unidades sanitarias m&#243;viles de las fuerzas armadas que hayan ca&#237;do en poder de la Parte adversaria se destinar&#225; a los heridos y a los enfermos.

Los edificios, el material y los dep&#243;sitos de los establecimientos sanitarios fijos de las fuerzas armadas quedar&#225;n sometidos al derecho de la guerra, pero no podr&#225; alterarse su destino mientras sean necesarios para los heridos y los enfermos. Sin embargo, los comandantes de los ej&#233;rcitos en campa&#241;a podr&#225;n utilizarlos, en caso de necesidad militar urgente, si previamente toman las medidas necesarias para el bienestar de los heridos y de los enfermos all&#237; asistidos.

Ni el material ni los dep&#243;sitos a los que se refiere el presente art&#237;culo podr&#225;n ser intencionalmente destruidos.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 34 - Bienes de las sociedades de socorro&lt;/B&gt;

Los bienes muebles e inmuebles de las sociedades de socorro admitidas a beneficiarse del Convenio ser&#225;n considerados como propiedad privada.
El derecho de requisa reconocido a los beligerantes por las leyes y costumbres de la guerra s&#243;lo se ejercer&#225; en caso de urgente necesidad, y una vez que se haya garantizado la suerte que corren los heridos y los enfermos.
&lt;A name=7&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAPITULO VI: Transportes sanitarios&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 35 - Protecci&#243;n&lt;/B&gt;

Los medios de transporte de heridos y de enfermos o de material sanitario ser&#225;n respetados y protegidos del mismo modo que las unidades sanitarias m&#243;viles.
Cuando estos medios de transporte caigan en poder de la Parte adversaria, quedar&#225;n sometidos a las leyes de la guerra, a condici&#243;n de que la Parte en conflicto que los haya capturado se encargue, en todos los casos, de los heridos y de los enfermos que en ellos haya.

El personal civil y todos los medios de transporte procedentes de la requisa quedar&#225;n sometidos a las reglas generales del derecho internacional.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 36 - Aeronaves sanitarias&lt;/B&gt;

Las aeronaves sanitarias, es decir, las exclusivamente utilizadas para la evacuaci&#243;n de los heridos y de los enfermos, as&#237; como para el transporte del personal y del material sanitarios, no ser&#225;n objeto de ataques, sino que ser&#225;n respetadas por los beligerantes durante los vuelos que efect&#250;en a las altitudes, horas y seg&#250;n itinerarios espec&#237;ficamente convenidos entre todos los beligerantes interesados.

Llevar&#225;n ostensiblemente el signo distintivo previsto en el art&#237;culo 38, junto con los colores nacionales, en sus caras inferior, superior y laterales. Tendr&#225;n cualquier otro se&#241;alamiento o medio de reconocimiento concertado por los beligerantes, sea al comienzo sea en el transcurso de las hostilidades.
Salvo acuerdo en contrario, est&#225; prohibido volar sobre el territorio enemigo u ocupado por el enemigo.

Las aeronaves sanitarias deber&#225;n acatar toda intimaci&#243;n de aterrizar. En caso de aterrizaje as&#237; impuesto, la aeronave, con sus ocupantes, podr&#225; reanudar el vuelo, tras un eventual control.

En caso de aterrizaje fortuito en territorio enemigo u ocupado por el enemigo, los heridos y los enfermos, as&#237; como la tripulaci&#243;n de la aeronave, ser&#225;n prisioneros de guerra. El personal sanitario ser&#225; tratado de conformidad con lo estipulado en los art&#237;culos 24 y siguientes.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 37 - Vuelo sobre pa&#237;ses neutrales. Desembarco de heridos&lt;/B&gt;

Las aeronaves sanitarias de las Partes en conflicto podr&#225;n volar, a reserva de lo dispuesto en el p&#225;rrafo segundo, sobre el territorio de las Potencias neutrales y aterrizar o amarar all&#237;, en caso de necesidad, o para hacer escala. Deber&#225;n notificar previamente a las Potencias neutrales el paso sobre el respectivo territorio y acatar toda intimaci&#243;n de aterrizar o de amarar. No estar&#225;n a cubierto de ataques m&#225;s que durante el vuelo a altitudes, a horas y siguiendo un itinerario que espec&#237;ficamente se hayan convenido entre las Partes en conflicto y las Potencias neutrales interesadas.

Sin embargo, las Potencias neutrales podr&#225;n imponer condiciones o restricciones en cuanto al vuelo sobre su territorio de las aeronaves sanitarias o por lo que respecta a su aterrizaje. Tales eventuales condiciones o restricciones habr&#225;n de aplicarse por igual a todas las Partes en conflicto.

Los heridos o los enfermos desembarcados, con el consentimiento de la autoridad local, en territorio neutral por una aeronave sanitaria, deber&#225;n, a no ser que haya un acuerdo en contrario entre el Estado neutral y las Partes en conflicto, quedar retenidos por el Estado neutral, cuando el derecho internacional as&#237; lo requiera, de modo que no puedan volver a participar en operaciones de guerra. Los gastos de hospitalizaci&#243;n y de internamiento ser&#225;n sufragados por la Potencia de la que dependan los heridos y los enfermos.
&lt;A name=8&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAPITULO VII: Signo distintivo&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 38 - Signo del Convenio&lt;/B&gt;

En homenaje a Suiza, el signo her&#225;ldico de la cruz roja sobre fondo blanco, formado por interversi&#243;n de los colores federales, se mantiene como emblema y signo distintivo del Servicio Sanitario de los ej&#233;rcitos.

Sin embargo, para los pa&#237;ses que, en vez de la cruz roja, ya utilizan como distintivo la media luna roja o el le&#243;n y sol rojos sobre fondo blanco, se admiten tambi&#233;n estos emblemas, en el sentido del presente Convenio.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 39 - Aplicaci&#243;n del signo&lt;/B&gt;

Bajo el control de la autoridad militar competente, el emblema figurar&#225; en las banderas, en los brazales y en todo el material empleado por el Servicio Sanitario.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 40 - Identificaci&#243;n del personal sanitario y religioso&lt;/B&gt;

El personal mencionado en el art&#237;culo 24 y en los art&#237;culos 26 y 27 llevar&#225; fijado al brazo izquierdo un brazal resistente a la humedad y provisto del signo distintivo, proporcionado y sellado por la autoridad militar.

Este personal ser&#225; portador, aparte de la placa de identidad prevista en el art&#237;culo 16, de una tarjeta de identidad especial provista del signo distintivo. Esta tarjeta deber&#225; resistir a la humedad y ser de dimensiones tales que quepa en el bolsillo. Estar&#225; redactada en el idioma nacional, y se mencionar&#225;n en la misma, por lo menos, los nombres y los apellidos, la fecha de nacimiento, la graduaci&#243;n y el n&#250;mero de matr&#237;cula del interesado. Constar&#225; la raz&#243;n por la cual tiene derecho a la protecci&#243;n del presente Convenio. La tarjeta llevar&#225; la fotograf&#237;a del titular, as&#237; como la firma o las huellas digitales, o las dos. Figurar&#225; el sello en seco de la autoridad militar.

La tarjeta de identidad deber&#225; ser uniforme en cada ej&#233;rcito y, dentro de lo posible, de las mismas caracter&#237;sticas, en los ej&#233;rcitos de las Altas Partes Contratantes. Las Partes en conflicto podr&#225;n inspirarse, como ejemplo, en el modelo anejo al presente Convenio. Se comunicar&#225;n, al comienzo de las hostilidades, el modelo que utilicen. Cada tarjeta de identidad se expedir&#225;, si es posible, en dos ejemplares por lo menos, uno de los cuales obrar&#225; en poder de la Potencia de origen.

En ning&#250;n caso se podr&#225; privar al personal arriba mencionado de sus insignias ni de la tarjeta de identidad ni del derecho a llevar el brazal. En caso de p&#233;rdida, tendr&#225; derecho a obtener copia de la tarjeta y nuevas insignias.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 41 - Identificaci&#243;n del personal temporero&lt;/B&gt;

El personal mencionado en el art&#237;culo 25 llevar&#225;, solamente mientras desempe&#241;e su cometido sanitario, un brazal blanco que tenga, en su medio, el signo distintivo, pero de dimensiones reducidas, proporcionado y sellado por la autoridad militar.

En los documentos militares de identidad de que ser&#225; portador este personal se especificar&#225;n la instrucci&#243;n sanitaria recibida por el titular, la provisionalidad de su cometido y su derecho a llevar el brazal.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 42 - Se&#241;alamiento de las unidades y de los establecimientos&lt;/B&gt;

La bandera distintiva del Convenio no podr&#225; ser izada m&#225;s que sobre las unidades y los establecimientos sanitarios con derecho a ser respetados, y solamente con el consentimiento de la autoridad militar.

Tanto en las unidades m&#243;viles como en los establecimientos fijos, podr&#225; aparecer acompa&#241;ada por la bandera nacional de la Parte en conflicto de la que dependa la unidad o el establecimiento.

Sin embargo, las unidades sanitarias ca&#237;das en poder del enemigo no izar&#225;n m&#225;s que la bandera del Convenio.

Las Partes en conflicto tomar&#225;n, si las exigencias militares lo permiten, las oportunas medidas para hacer claramente visibles, a las fuerzas enemigas terrestres, a&#233;reas y mar&#237;timas, los emblemas distintivos que se&#241;alen a las unidades y a los establecimientos sanitarios, a fin de evitar toda posibilidad de acci&#243;n hostil.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 43 - Se&#241;alamiento de las unidades neutrales&lt;/B&gt;

Las unidades sanitarias de los pa&#237;ses neutrales que, en las condiciones enunciadas en el art&#237;culo 27, hayan sido autorizadas a prestar servicios a un beligerante, deber&#225;n izar, con la bandera del Convenio, la bandera nacional de este beligerante, si hace uso de la facultad que se le confiere en el art&#237;culo 42.
Salvo orden en contrario de la autoridad militar competente, podr&#225;n, en cualquier circunstancia, izar su bandera nacional, aunque caigan en poder de la Parte adversaria.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 44 - Limitaci&#243;n del empleo del signo y excepciones&lt;/B&gt;

El emblema de la cruz roja sobre fondo blanco y los t&#233;rminos "cruz roja" o "cruz de Ginebra" no podr&#225;n emplearse, excepto en los casos previstos en los siguientes p&#225;rrafos del presente art&#237;culo, sea en tiempo de paz sea en tiempo de guerra, m&#225;s que para designar o para proteger a las unidades y los establecimientos sanitarios, al personal y el material protegidos por el presente Convenio y por los dem&#225;s Convenios internacionales en los que se reglamentan cuestiones similares. D&#237;gase lo mismo por lo que ata&#241;e a los emblemas a que se refiere el art&#237;culo 38, p&#225;rrafo segundo, para los pa&#237;ses que los emplean. Las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y las dem&#225;s sociedades a que se refiere el art&#237;culo 26 no tendr&#225;n derecho al uso del signo distintivo que confiere la protecci&#243;n del Convenio m&#225;s que en el &#225;mbito de las disposiciones de este p&#225;rrafo.

Adem&#225;s, las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja (Media Luna Roja, Le&#243;n y Sol Rojos) podr&#225;n, en tiempo de paz, de conformidad con la legislaci&#243;n nacional, hacer uso del nombre y del emblema de la Cruz Roja para sus otras actividades que se avengan con los principios formulados por las Conferencias Internacionales de la Cruz Roja. Cuando estas actividades prosigan en tiempo de guerra, las condiciones del empleo del emblema deber&#225;n ser tales que &#233;ste no pueda considerarse como tendente a conferir la protecci&#243;n del Convenio; el emblema habr&#225; de tener dimensiones relativamente peque&#241;as, y no podr&#225; ponerse en brazales o en techumbres.

Los organismos internacionales de la Cruz Roja y su personal debidamente autorizado pueden utilizar, en cualquier tiempo, el signo de la cruz roja sobre fondo blanco.

Excepcionalmente, seg&#250;n la legislaci&#243;n nacional y con la autorizaci&#243;n expresa de una de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja (Media Luna Roja, Le&#243;n y Sol Rojos), se podr&#225; hacer uso del emblema del Convenio en tiempo de paz, para se&#241;alar los veh&#237;culos utilizados, como ambulancias, y para marcar la ubicaci&#243;n de los puestos de socorro exclusivamente reservados para la asistencia gratuita a heridos o a enfermos.
&lt;A name=9&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAPITULO VIII: Aplicaci&#243;n del Convenio&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 45 - Detalles de aplicaci&#243;n y casos no previstos&lt;/B&gt;

Incumbir&#225; a cada Parte en conflicto, por mediaci&#243;n de sus comandantes en jefe, la aplicaci&#243;n detallada de los art&#237;culos anteriores, as&#237; como, en los casos no previstos, de conformidad con los principios generales del presente Convenio.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 46 - Prohibici&#243;n de las represalias&lt;/B&gt;

Est&#225;n prohibidas las represalias contra los heridos, los enfermos, el personal, los edificios o el material protegidos por el Convenio.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 47 - Difusi&#243;n del Convenio&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes se comprometen a difundir lo m&#225;s ampliamente posible, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra, el texto del presente Convenio en el pa&#237;s respectivo, y especialmente a incorporar su estudio en los programas de instrucci&#243;n militar y, si es posible, civil, de modo que sus principios sean reconocidos por el conjunto de la poblaci&#243;n, especialmente por las fuerzas armadas combatientes, por el personal sanitario y por los capellanes.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 48 - Traducciones. Normas de aplicaci&#243;n&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes se comunicar&#225;n, por mediaci&#243;n del Consejo Federal Suizo y, durante las hostilidades, por mediaci&#243;n de las Potencias protectoras, las traducciones oficiales del presente Convenio, as&#237; como las leyes y los reglamentos que tal vez hayan adoptado para garantizar su aplicaci&#243;n.
&lt;A name=10&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;CAPITULO IX: Represi&#243;n de los abusos y de las infracciones&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 49 - Sanciones penales : I. Generalidades&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes se comprometen a tomar todas las oportunas medidas legislativas para determinar las adecuadas sanciones penales que se han de aplicar a las personas que hayan cometido, o dado orden de cometer, una cualquiera de las infracciones graves contra el presente Convenio definidas en el art&#237;culo siguiente.

Cada una de las Partes Contratantes tendr&#225; la obligaci&#243;n de buscar a las personas acusadas de haber cometido, u ordenado cometer, una cualquiera de las infracciones graves, y deber&#225; hacerlas comparecer ante los propios tribunales, sea cual fuere su nacionalidad. Podr&#225; tambi&#233;n, si lo prefiere, y seg&#250;n las disposiciones previstas en la propia legislaci&#243;n, entregarlas para que sean juzgadas por otra Parte Contratante interesada, si &#233;sta ha formulado contra ellas cargos suficientes.

Cada Parte Contratante tomar&#225; las oportunas medidas para que cesen, aparte de las infracciones graves definidas en el art&#237;culo siguiente, los actos contrarios a las disposiciones del presente Convenio.

Los inculpados se beneficiar&#225;n, en todas las circunstancias, de garant&#237;as de procedimiento y de libre defensa, que no podr&#225;n ser inferiores a las previstas en los art&#237;culos 105 y siguientes del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 50 - II. Infracciones graves&lt;/B&gt;

Las infracciones graves a las que se refiere el art&#237;culo anterior son las que implican uno cualquiera de los actos siguientes, si se cometen contra personas o bienes protegidos por el Convenio: el homicidio intencional, la tortura o los tratos inhumanos, incluidos los experimentos biol&#243;gicos, el hecho de causar deliberadamente grandes sufrimientos o de atentar gravemente contra la integridad f&#237;sica o la salud, la destrucci&#243;n y la apropiaci&#243;n de bienes, no justificada por necesidades militares y efectuadas a gran escala, il&#237;cita y arbitrariamente.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 51 - III. Responsabilidades de las Partes Contratantes&lt;/B&gt;

Ninguna Parte Contratante podr&#225; exonerarse, ni exonerar a otra Parte Contratante, de las responsabilidades en que haya incurrido ella misma u otra Parte Contratante a causa de las infracciones previstas en el art&#237;culo anterior.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 52 - Procedimiento de encuesta&lt;/B&gt;

Tras solicitud de una de las Partes en conflicto, deber&#225; iniciarse una encuesta, seg&#250;n las modalidades que se determinen entre las Partes interesadas, sobre toda alegada violaci&#243;n del Convenio.

Si no se llega a un acuerdo sobre el procedimiento de encuesta, las Partes se entender&#225;n para elegir a un &#225;rbitro, que decidir&#225; por lo que respecta al procedimiento que haya de seguirse.

Una vez comprobada la violaci&#243;n, las Partes en conflicto har&#225;n que cese y la reprimir&#225;n lo m&#225;s r&#225;pidamente posible.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 53 - Abuso del signo&lt;/B&gt;

El empleo por particulares, sociedades o casas comerciales p&#250;blicas o privadas, que no sean las que tienen derecho en virtud del presente Convenio, del emblema o de la denominaci&#243;n de "cruz roja" o de "cruz de Ginebra", as&#237; como de cualquier otro signo o de cualquier otra denominaci&#243;n que sea una imitaci&#243;n, est&#225; prohibido en todo tiempo, sea cual fuere la finalidad de tal empleo y cualquiera que haya podido ser la fecha anterior de adopci&#243;n.

A causa del homenaje rendido a Suiza con la adopci&#243;n de los colores federales intervertidos y de la confusi&#243;n que puede originar entre el escudo de armas de Suiza y el signo distintivo del Convenio, est&#225; prohibido el empleo, en todo tiempo, por particulares, sociedades o casas comerciales, del escudo de la Confederaci&#243;n Suiza, as&#237; como de todo signo que constituya una imitaci&#243;n, sea como marca de f&#225;brica o de comercio o como elemento de dichas marcas, sea con finalidad contraria a la honradez comercial, sea en condiciones que puedan lesionar el sentimiento nacional suizo.

Sin embargo, las Altas Partes Contratantes que no eran partes en el Convenio de Ginebra del 27 de julio de 1929 podr&#225;n conceder a anteriores usuarios de emblemas, denominaciones o marcas aludidos en el p&#225;rrafo primero, un plazo m&#225;ximo de tres a&#241;os, a partir de la entrada en vigor del presente Convenio, para que abandonen su uso, debiendo entenderse que, durante ese plazo, tal uso no se considerar&#225;, en tiempo de guerra, como tendente a conferir la protecci&#243;n del Convenio.

La prohibici&#243;n consignada en el p&#225;rrafo primero del presente art&#237;culo se aplica tambi&#233;n, sin efectos en los derechos adquiridos por usuarios anteriores, a los emblemas y denominaciones previstos en el p&#225;rrafo segundo del art&#237;culo 38.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 54 - Prevenci&#243;n de empleos abusivos&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes cuya legislaci&#243;n ya no sea suficiente tomar&#225;n las oportunas medidas para impedir y reprimir, en todo tiempo, los abusos a que se refiere el art&#237;culo 53.
&lt;A name=11&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;Disposiciones finales&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 55 - Idiomas&lt;/B&gt;

El presente Convenio est&#225; redactado en franc&#233;s y en ingl&#233;s. Ambos textos son igualmente aut&#233;nticos.

El Consejo Federal Suizo se encargar&#225; de que se hagan traducciones oficiales del Convenio en los idiomas ruso y espa&#241;ol.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 56 - Firma&lt;/B&gt;

El presente Convenio, que llevar&#225; fecha de hoy, podr&#225; ser firmado, hasta el 12 de febrero de 1950, en nombre de las Potencias representadas en la Conferencia inaugurada en Ginebra el 21 de abril de 1949, as&#237; como de las Potencias no representadas en esta Conferencia que son Partes en los Convenios de Ginebra de 1864, de 1906 o de 1929, para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de los ej&#233;rcitos en campa&#241;a.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 57 - Ratificaci&#243;n&lt;/B&gt;

El presente Convenio ser&#225; ratificado lo antes posible, y las ratificaciones ser&#225;n depositadas en Berna.

Del dep&#243;sito de cada instrumento de ratificaci&#243;n se levantar&#225; acta, una copia de la cual, certificada como fiel, ser&#225; remitida por el Consejo Federal Suizo a todas las Potencias en cuyo nombre se haya firmado el Convenio o notificado la adhesi&#243;n.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 58 - Entrada en vigor&lt;/B&gt;

El presente Convenio entrar&#225; en vigor seis meses despu&#233;s de haber sido depositados, al menos, dos instrumentos de ratificaci&#243;n.

Posteriormente, entrar&#225; en vigor para cada Alta Parte Contratante seis meses despu&#233;s del dep&#243;sito de su instrumento de ratificaci&#243;n.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 59 - Relaci&#243;n con los Convenios anteriores&lt;/B&gt;

El presente Convenio sustituye a los Convenios del 22 de agosto de 1864, del 6 de julio de 1906 y del 27 de julio de 1929 en las relaciones entre las Altas Partes Contratantes.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 60 - Adhesi&#243;n&lt;/B&gt;

Desde la fecha de su entrada en vigor, el presente Convenio quedar&#225; abierto a la adhesi&#243;n de toda Potencia en cuyo nombre no haya sido firmado.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 61 - Notificaci&#243;n de las adhesiones&lt;/B&gt;

Las adhesiones ser&#225;n notificadas por escrito al Consejo Federal Suizo y surtir&#225;n efectos seis meses despu&#233;s de la fecha en que &#233;ste las haya recibido.
El Consejo Federal Suizo comunicar&#225; las adhesiones a todas las Potencias en cuyo nombre se haya firmado el Convenio o modificado la adhesi&#243;n.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 62 - Efecto inmediato&lt;/B&gt;

Las situaciones previstas en los art&#237;culos 2 y 3 har&#225;n que surtan efectos inmediatos las ratificaciones depositadas y las adhesiones notificadas por las Partes en conflicto antes o despu&#233;s del comienzo de las hostilidades o de la ocupaci&#243;n. La comunicaci&#243;n de las ratificaciones o de las adhesiones de las Partes en conflicto la har&#225;, por la v&#237;a m&#225;s r&#225;pida, el Consejo Federal Suizo.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 63 - Denuncia&lt;/B&gt;

Cada una de las Altas Partes Contratantes tendr&#225; la facultad de denunciar el presente Convenio.

La denuncia ser&#225; notificada por escrito al Consejo Federal Suizo, que comunicar&#225; la notificaci&#243;n a los Gobiernos de todas las Altas Partes Contratantes.
La denuncia surtir&#225; efectos un a&#241;o despu&#233;s de su notificaci&#243;n al Consejo Federal Suizo. Sin embargo, la denuncia notificada cuando la Potencia denunciante est&#233; implicada en un conflicto no surtir&#225; efecto alguno mientras no se haya concertado la paz y, en todo caso, mientras no hayan terminado las operaciones de liberaci&#243;n y de repatriaci&#243;n de las personas protegidas por el presente Convenio.

La denuncia s&#243;lo ser&#225; v&#225;lida para con la Potencia denunciante. No surtir&#225; efecto alguno sobre las obligaciones que las Partes en conflicto hayan de cumplir en virtud de los principios del derecho de gentes, tal como resultan de los usos establecidos entre naciones civilizadas, de las leyes de humanidad y de las exigencias de la conciencia p&#250;blica.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 64 - Registro en las Naciones Unidas&lt;/B&gt;

El Consejo Federal Suizo har&#225; registrar este Convenio en la Secretar&#237;a de las Naciones Unidas. El Consejo Federal Suizo informar&#225;, asimismo, a la Secretar&#237;a de las Naciones Unidas acerca de todas las ratificaciones, adhesiones y denuncias que reciba por lo que ata&#241;e al presente Convenio.

EN FE DE LO CUAL, los abajo firmantes, tras haber depositado los respectivos plenos poderes, han firmado el presente Convenio.

HECHO en Ginebra, el 12 de agosto de 1949, en idiomas franc&#233;s e ingl&#233;s. El original debe depositarse en los archivos de la Confederaci&#243;n Suiza. El Consejo Federal Suizo transmitir&#225; una copia del Convenio, certificada como fiel, a cada uno de los Estados signatarios, as&#237; como a los Estados que se hayan adherido al Convenio. 

*******&lt;A name=12&gt; &lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;ANEJO I&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;PROYECTO DE ACUERDO RELATIVO A LAS ZONAS Y LOCALIDADES SANITARIAS&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 1&lt;/B&gt;

Las zonas sanitarias estar&#225;n estrictamente reservadas para las personas mencionadas en el art&#237;culo 23 del Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campa&#241;a, as&#237; como para el personal encargado de la organizaci&#243;n y de la administraci&#243;n de dichas zonas y localidades y de la asistencia a las personas all&#237; concentradas.

Sin embargo, las personas cuya residencia permanente est&#233; en el interior de esas zonas, tendr&#225;n derecho a vivir all&#237;.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 2&lt;/B&gt;

Las personas que vivan, por la raz&#243;n que fuere, en una zona sanitaria, no deber&#225;n realizar, ni en el interior ni en el exterior de dicha zona, trabajo alguno que tenga relaci&#243;n directa con las operaciones militares o con la producci&#243;n de material de guerra.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 3&lt;/B&gt;

La Potencia que designe una zona sanitaria tomar&#225; las oportunas medidas para prohibir el acceso a todas las personas sin derecho a entrar o a encontrarse all&#237;.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 4&lt;/B&gt;

Las zonas sanitarias reunir&#225;n las siguientes condiciones:

a) no ser&#225;n m&#225;s que una peque&#241;a parte del territorio controlado por la Potencia que las haya designado;

b) deber&#225;n estar poco pobladas con respecto a sus posibilidades de alojamiento;

c) estar&#225;n alejadas y desprovistas de todo objetivo militar y de toda importante instalaci&#243;n industrial o administrativa;

d) no estar&#225;n en regiones que, muy probablemente, puedan tener importancia para la conducci&#243;n de la guerra.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 5&lt;/B&gt;

Las zonas sanitarias estar&#225;n sometidas a las siguientes obligaciones:

a) las v&#237;as de comunicaci&#243;n y los medios de transporte que all&#237; haya no se utilizar&#225;n para desplazamientos de personal o de material militar, ni siquiera en tr&#225;nsito;

b) en ninguna circunstancia ser&#225;n defendidas militarmente.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 6&lt;/B&gt;

Las zonas sanitarias estar&#225;n se&#241;aladas con cruces rojas (medias lunas, leones y soles rojos) sobre fondo blanco, puestas en la periferia y en los edificios.
De noche, podr&#225;n estar se&#241;aladas tambi&#233;n mediante la adecuada iluminaci&#243;n.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 7&lt;/B&gt;

Ya en tiempo de paz o cuando se desencadenen las hostilidades, cada Potencia comunicar&#225; a todas las Altas Partes Contratantes la lista de las zonas sanitarias designadas en el territorio por ella controlado, y las informar&#225; acerca de cualquier nueva zona designada en el transcurso de un conflicto.

Tan pronto como la Parte adversaria haya recibido la notificaci&#243;n arriba mencionada, la zona quedar&#225; leg&#237;timamente constituida.

Si, no obstante, la Parte adversaria considera que manifiestamente no se re&#250;ne alguna de las condiciones estipuladas en el presente acuerdo, podr&#225; negarse a reconocer la zona comunicando urgentemente su negativa a la Parte de la que dependa la zona, o subordinar su reconocimiento a la instituci&#243;n del control previsto en el art&#237;culo 8.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 8&lt;/B&gt;

Cada Potencia que haya reconocido una o varias zonas sanitarias designadas por la Parte adversaria tendr&#225; derecho a solicitar que una o varias comisiones especiales comprueben si tales zonas re&#250;nen las condiciones y cumplen las obligaciones mencionadas en el presente acuerdo.

Para ello, los miembros de las comisiones especiales tendr&#225;n, en todo tiempo, libre acceso a las diferentes zonas e incluso podr&#225;n residir en ellas permanentemente. Se les dar&#225;n todas las facilidades para que puedan efectuar su misi&#243;n de control.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 9&lt;/B&gt;

En caso de que las comisiones especiales comprueben hechos que les parezcan contrarios a las estipulaciones del presente acuerdo, se lo comunicar&#225;n inmediatamente a la Potencia de la que dependa la zona, y le dar&#225;n un plazo de cinco d&#237;as, como m&#225;ximo, para rectificar; informar&#225;n sobre el particular a la Potencia que haya reconocido la zona.

Si, pasado este plazo, la Potencia de la que dependa la zona no tiene en cuenta el aviso, la Parte adversaria podr&#225; declarar que deja de considerarse obligada por el presente acuerdo con respecto a esa zona.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 10&lt;/B&gt;

La Potencia que haya designado una o varias zonas y localidades sanitarias, as&#237; como las Partes adversarias a las que se haya notificado su existencia, nombrar&#225;n, o har&#225;n designar por Potencias neutrales, a las personas que puedan formar parte de las comisiones especiales mencionadas en los art&#237;culos 8 y 9.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 11&lt;/B&gt;

Las zonas sanitarias no podr&#225;n, en ning&#250;n caso, ser atacadas, y siempre ser&#225;n protegidas y respetadas por las Partes en conflicto.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 12&lt;/B&gt;

En caso de ocupaci&#243;n de un territorio, las zonas sanitarias que all&#237; haya deber&#225;n continuar siendo respetadas y utilizadas como tales.

Sin embargo, la Potencia ocupante podr&#225; modificar su utilizaci&#243;n tras haber garantizado la suerte que correr&#225;n las personas que all&#237; se alojaban.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 13&lt;/B&gt;

El presente acuerdo se aplicar&#225; tambi&#233;n a las localidades que las Potencias designen con la misma finalidad que las zonas sanitarias. 
*******&lt;A name=13&gt; &lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;ANEJO II: &lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Modelo de tarjeta de identidad para los miembros del personal sanitario y religioso agregados a los ej&#233;rcitos&lt;/B&gt;


&lt;IMG height=350 alt="" src="http://www.icrc.org/Web/spa/sitespa0.nsf/f0f81fc74dd287bfc12570d70053c8a5/2e048a9478bb2678c1256de100525076/Body/2.1F3E!OpenElement&amp;amp;FieldElemFormat=gif" width=535 border=0&gt;

Ver:

 &lt;A href="http://www.icrc.org/Web/spa/sitespa0.nsf/iwpList103/2E048A9478BB2678C1256DE100525076#1"&gt;http://www.icrc.org/Web/spa/sitespa0.nsf/iwpList103/2E048A9478BB2678C1256DE100525076#1&lt;/A&gt;

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 &lt;H4&gt;POR DRYA&lt;IMG class=imgizqda id=img_0 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/sibyllanetcom/205395_4186.jpg"&gt;

&lt;/H4&gt;









 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;ELPLURAL.COM&lt;?xml:namespace prefix = o ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:office" /&gt;&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;IMG class=imgcen id=img_0 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/sibyllanetcom/loquelaverdadesconde-tamayo-saez.jpg"&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt; COLOR: blue"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;A pesar de estar contratado como asesor de seguridad, Jos&#233; Antonio Exp&#243;sito posee el carn&#233; de prensa de Intereconom&#237;a. Y aunque su carrera como reportero es breve y pol&#233;mica &#8211;incluye un televisivo boicot a una reportera de Caiga Quien Caiga mientras aquella intentaba acercarse a Fabra, un intento de montaje contra el abogado que lo acusa, y poco m&#225;s-, la de escolta viene de lejos. Exp&#243;sito estaba en junio de 2003 acompa&#241;ando a Eduardo Tamayo y Mar&#237;a Teresa S&#225;ez, los tr&#225;nsfugas del PSOE que dieron la presidencia de la Comunidad a Esperanza Aguirre. Y como no s&#243;lo de tamayazo se vive, el escolta tambi&#233;n trabaj&#243; para el Banco Santander a las &#243;rdenes del ejecutivo Rodrigo Echenique, cercano a Emilio Bot&#237;n. Un largo periplo que ha acabado a las puertas de Intereconom&#237;a y las &#243;rdenes de Julio Ariza, presidente del grupo y ex diputado del PP en Catalu&#241;a.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;


 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;
&lt;IMG class=imgcen id=img_1 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/sibyllanetcom/artzy04.jpg"&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt; COLOR: blue"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Jos&#233; Antonio Exp&#243;sito tiene una larga y pol&#233;mica trayectoria. Y no precisamente en el periodismo, aunque, por cosas de la vida, haya acabado trabajando como reportero en &lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;Intereconom&#237;a&lt;/B&gt;. Hoy mismo, seg&#250;n ha revelado el diario Levante, hemos sabido que era tambi&#233;n uno de los dos falsos empresarios que intent&#243; tender una trampa al abogado de la acusaci&#243;n contra Fabra, el pol&#233;mico jefe de filas del PP castellonense y presidente de la Diputaci&#243;n provincial.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Pese a que supuestamente el &lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;Grupo Interconom&#237;a &lt;/B&gt;lo contrat&#243; como asesor de seguridad y no como informador, &#250;ltimamente donde se le ha visto no es a las puertas del grupo sino boicoteando a Estibaliz Gabilondo en Caiga Quien Caiga y, ahora, intentando tender una trampa al abogado &lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;Jos&#233; Luis Vera&lt;/B&gt;.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;El montaje fallido de Intereconom&#237;a&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

&lt;IMG class=imgcen id=img_2 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/sibyllanetcom/bart04.gif"&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;



 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Exp&#243;sito ha vuelto a estar en el ojo del hurac&#225;n desde que sali&#243; a la luz que era uno de los dos farsantes que intentaron sobornar a Vera haci&#233;ndose pasar por empresarios. El objetivo de este montaje era grabar el chantaje, en caso de que &#233;ste hubiese sido aceptado, y desprestigiar al letrado. Aqu&#233;l, no obstante, fue m&#225;s &#225;gil y, a pesar de anticipar la jugarreta, avis&#243; a la polic&#237;a y continu&#243; con el n&#250;mero. Los agentes interrumpieron el montaje, requisando a los falsos empresarios una c&#225;mara oculta y dos carn&#233;s de Intereconom&#237;a. &lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;El escolta del tamayazo&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;
&lt;IMG class=imgcen id=img_3 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/sibyllanetcom/el-senordelosladrillos.jpg"&gt;
 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Pero aunque posee el carn&#233; de prensa del grupo, Exp&#243;sito es conocido, entre otras cosas, por ser el escolta que acompa&#241;&#243; a los tr&#225;nsfugas Eduardo Tamayo y Mar&#237;a Teresa S&#225;ez cuando, en junio de 2003, protagonizaban el episodio m&#225;s bochornoso de la democracia madrile&#241;a -el famoso &lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;tamayazo&lt;/B&gt;-. Exp&#243;sito fue contratado apenas dos d&#237;as despu&#233;s de las elecciones por empresarios cercanos al PP para proteger a los tr&#225;sfugas, pero antes hab&#237;a laborado para el Banco Santander, seg&#250;n contaron en su momento la SER y la revista Intervi&#250;. La cadena de radio inform&#243; que estuvo durante diez a&#241;os siendo &#8220;el hombre para todo&#8221; de Rodrigo Echenique, consejero del Banco e &#237;ntimo amigo del presidente Emilio Bot&#237;n. &lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Relaciones con la Banca&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Las relaciones del pol&#233;mico personaje y la banca salieron a la palestra en marzo de 2006, a ra&#237;z del sumario que se le abri&#243; por los presuntos delitos de falsedad documental, usurpaci&#243;n de funciones p&#250;blicas y revelaci&#243;n de secretos. Fue entonces cuando tambi&#233;n se conoci&#243; que sus ingresos ascend&#237;an a 4.500 euro mensuales &#8211;m&#225;s del doble de lo que cobraban trabajadores m&#225;s veteranos por los mismos servicios-, y que recibi&#243; varios cr&#233;ditos del Santander por un valor de 350 mil euros. En total, se calcula que Exp&#243;sito movi&#243; m&#225;s de un mill&#243;n de euros en sus cuentas corrientes, s&#243;lo en el a&#241;o 2004. &lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;
&lt;IMG class=imgcen id=img_4 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/sibyllanetcom/102773_4292646553.jpg"&gt;
 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Vera pide amparo al Colegio de Abogados&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Mientras tanto, Vera, ha pedido amparo al Colegio de Abogados de Valencia ante el acoso al que le est&#225; sometiendo Intereconom&#237;a. El letrado ha presentado una denuncia por &#8220;amenazas y coacciones, chantaje, revelaci&#243;n de secretos y obstrucci&#243;n de la justicia&#8221;. A &#233;sta se sum&#243; otra por acoso presentada al d&#237;a siguiente cuando, tras el estrepitoso fracaso del montaje, Exp&#243;sito y el otro reportero se presentaran en su domicilio y le siguieran por la calle. Las denuncias, sin embargo, han sido archivadas por el Juzgado de Instrucci&#243;n n&#250;mero 14 de Valencia ya que el titular del &#243;rgano no ha visto indicios de delito, seg&#250;n informa Europa Press. &lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;La mano de Fabra&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: center" align=center&gt;&lt;B style="mso-bidi-font-weight: normal"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 18pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/B&gt;&lt;IMG class=imgcen id=img_0 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/sibyllanetcom/3E.jpg"&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Por su parte, Vera ve una mano negra m&#225;s all&#225; de los farsantes y el grupo. &#8220;Lo f&#225;cil es pensar que han sido ellos&#8221;, ha remarcado, apuntando a Fabra o a alguien &#8220;de su entorno&#8221; como inductores.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/SPAN&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt; TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;SPAN style="FONT-SIZE: 14pt"&gt;&lt;o:p&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/SPAN&gt;

















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    <title>EXP&#211;SITO: DE ESCOLTA DEL TAMAYAZO A REPORTERO DE INTERECONOM&#205;A</title>
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Zapatero destac&#243; la buena salud del sistema financiero espa&#241;ol en un acto organizado en Nueva York por la&lt;STRONG&gt; C&#225;mara de Comercio de Estados Unidos &lt;/STRONG&gt;en Espa&#241;a, ante directivos de multinacionales y bancos de inversi&#243;n americanos que emplean en Espa&#241;a a cerca de 33.000 personas. Ante ellos, y a pesar de su optimismo sobre las buenas &lt;STRONG&gt;perspectivas de la econom&#237;a espa&#241;ola,&lt;/STRONG&gt; reconoci&#243; tambi&#233;n los dos "problemas" del modelo espa&#241;ol: el "exceso" del sector inmobiliario y el elevado d&#233;ficit exterior. 



&lt;IMG alt="" src="http://www.buscaoposiciones.com/foro/ima/chincheta.jpg"&gt; 



&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;--No es normal que este hombre se empecine que Espa&#241;a est&#225; boyante, puede que su estado de optimismo est&#233; ya rozando el desbordamiento de las neuronas que le hacen sentir en en pleno alucinamiento permanente. Pero lo peor, es que nadie hace nada por quitarle esa aureola de fantas&#237;a , y hacerle caer de un golpe en la realidad.&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;



&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;IMG alt="" src="http://www.buscaoposiciones.com/foro/ima/chincheta.jpg"&gt; &lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;



&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;Vamos un cachete distraido para ver si por f&#237;n vuelve en s&#237; de una vez. &#191;Nadie es capaz? Que se pasee por Madrid sin escolta, a ver si llega a la Moncloa, si se atreve , o con un metro distancia si tanto miedo tiene.&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt; 

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;IMG alt="" src="http://img.photobucket.com/albums/v516/draco703/Humor/final_eta.gif"&gt; &lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;



&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;ANGELINA GOMEZ RUEDA&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt; &lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;



&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;A href="http://www.angoru.net/"&gt;ANGORU&lt;/A&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt; &lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;/SPAN&gt;

&lt;/TD&gt;&lt;/TR&gt; &lt;TR vAlign=top&gt; &lt;TD&gt;&lt;SPAN class=texto&gt;&lt;/SPAN&gt;&lt;/TD&gt;&lt;/TR&gt;&lt;/TBODY&gt;&lt;/TABLE&gt;</body>
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    <title>ZAPATERO EN SU PAIS DE LAS MIL MARAVILLAS</title>
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Una antorcha con guardaespaldas KIKE CALVO Y RA&#218;L RODR&#205;GUEZ (desde Pek&#237;n)/ V&#205;DEOS: ATLAS. 06.08.2008 - 09:53h  &lt;UL&gt; &lt;LI&gt;El s&#237;mbolo de los Juegos ya recorre las calles de Pek&#237;n.  &lt;LI&gt;El baloncestista Yao Ming fue uno de sus porteadores.  &lt;LI&gt;Las medidas de seguridad se han extremado.  &lt;LI&gt;Se han producido protestas en apoyo al T&#237;bet. &lt;/LI&gt;&lt;/UL&gt;Especial &lt;A href="http://www.20minutos.es/especial/252/olimpiadas-2008"&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;Juegos Ol&#237;mpicos&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; 

A poco m&#225;s de dos d&#237;as para el comienzo de los Juegos Ol&#237;mpicos, &lt;STRONG&gt;Pek&#237;n vive en estado de alerta constante&lt;/STRONG&gt;. El reciente &lt;STRONG&gt;atentado en el que murieron 16 polic&#237;as&lt;/STRONG&gt;, las &#250;ltimas manifestaciones en Tiananmen y, sobre todo, la llegada de la antorcha ol&#237;mpica, han paralizado la ciudad. 

Lo notas en el tr&#225;fico, en la seguridad y en &lt;STRONG&gt;la cantidad de militares que han ocupado la capital china&lt;/STRONG&gt;. Al menos, la seguridad no tuvo problemas con uno de los primeros porteadores, Yao Ming, al que nadie intent&#243; molestar en su simb&#243;lico recorrido. &lt;STRONG&gt;Cada relevista era escoltado por una docena de voluntarios&lt;/STRONG&gt; que no soltaron prenda cuando intentamos entrevistarles: primero, porque no les dejaban hablar; segundo, porque no entend&#237;an nada.

Poco a poco, y durante todo el d&#237;a continuar&#225; el recorrido, hasta &lt;STRONG&gt;llegar por la tarde al m&#237;tico Templo del Cielo&lt;/STRONG&gt;. La ruta llegar&#225; el viernes al Nido, centro ol&#237;mpico por excelencia, donde &lt;STRONG&gt;nadie suelta un s&#243;lo detalle&lt;/STRONG&gt; de como ser&#225; el encendido del pebetero. Nuestra curiosidad concluir&#225; en unas pocas horas.

&lt;STRONG&gt;Protestas Pro T&#237;bet &lt;/STRONG&gt;

Cuatro brit&#225;nicos y estadounidenses fueron detenidos tras desplegar &lt;STRONG&gt;pancartas en apoyo a la independencia del T&#237;bet&lt;/STRONG&gt; cerca del Estadio Nacional, pocas horas antes de que &lt;A title="La antorcha llega a Pek&#65533;n." href="http://www.20minutos.es/noticia/404463/0/Juegos"&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;llegara la antorcha ol&#237;mpica a Pek&#237;n&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; y a dos d&#237;as de la inauguraci&#243;n de los Juegos. 

La organizaci&#243;n Estudiantes por un T&#237;bet Libre (SFT, en ingl&#233;s) ha reivindicado el acto. Las autoridades reaccionaron r&#225;pida y cancelaron o cambiaron de lugar los actos previstos en las cercan&#237;as de ese lugar mientras deten&#237;a a los cuatro "extranjeros" que hab&#237;a entrado en China con visado de turista. 

El hecho tiene lugar cinco meses despu&#233;s de que en el T&#237;bet&lt;A title="Protestas en T&#65533;bet" href="http://www.20minutos.es/noticia/365275/0/CHINA/TIBET/"&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt; se produjeran las peores protestas&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; contra China en dos d&#233;cadas, con entre 20 y 200 muertos y &lt;A title="El gobernador del T&#65533;bet reconoce que hay 953 detenidos por los disturbios" href="http://www.20minutos.es/noticia/367561/0/tibet/detenidos/disturbios/"&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;cientos de detenidos&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt;, seg&#250;n las fuentes, y tras la cual Pek&#237;n reaccion&#243; con una represi&#243;n militar que dispar&#243; &lt;A title="Los Juegos de Pek&#65533;n viven su peor crisis" href="http://www.20minutos.es/noticia/367114/0/suspender/recorrido/antorcha/"&gt;&lt;STRONG&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;una oleada de cr&#237;ticas&lt;/FONT&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;/A&gt; contra el r&#233;gimen en la cuenta atr&#225;s para los Juegos.



&lt;IMG alt="" src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;--Es una pena que los campeonatos que se celebran en Pekin, tenga que ser escoltado el portador de la antorcha, y se convierta el deporte una vez m&#225;s en un lugar de concentraci&#243;n para reivindicaciones, m&#225;s o menos justas. Es comprensible a la vez, que tenga que aumentar la protecci&#243;n de nuestros deportistas tal y como podemos apreciar en el &lt;A href="http://www.20minutos.es/noticia/404463/0/juegosolimpicos/pekin/antorcha/"&gt;VIDEO&lt;/A&gt; que adjunto.&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;IMG alt="" src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;Se dice que avanzamos, no s&#233; a donde a un precipicio y sin protecci&#243;n. &#191;Os acordais de las que se hicieron en Barcelona? Mirar los videos que se acompa&#241;an abajo de estas l&#237;neas pinchando en ellos, y vere&#237;s que diferencia de clima se respiraba en el ambiente, y no hablo del clim&#225;tico. &lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;A href="http://es.youtube.com/watch?v=8vumkrLwcF8"&gt;&lt;IMG class=vimg120 title="Inauguraci&#65533;n Barcelona 92" alt=v&#65533;deo src="http://i1.ytimg.com/vi/8vumkrLwcF8/default.jpg"&gt;&lt;/A&gt; &lt;A href="http://es.youtube.com/watch?v=7oH5SNmUZkc"&gt;&lt;IMG class=vimg120 title="Freddie mercury and Montserrat Caball&#65533; - Barcelona" alt=v&#65533;deo src="http://i4.ytimg.com/vi/7oH5SNmUZkc/default.jpg"&gt;&lt;/A&gt; &lt;A href="http://es.youtube.com/watch?v=ck9OoY3b9WI"&gt;&lt;IMG class=vimg120 title="Barcelona 1992 Closing Ceremonies - Fuego Gitano" alt=v&#65533;deo src="http://i4.ytimg.com/vi/ck9OoY3b9WI/default.jpg"&gt;&lt;/A&gt;



&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;Probablemente con los medios de hoy d&#237;a, los de Pek&#237;n ser&#237;an m&#225;s hermosos, pero el recuerdo que nos dej&#243; en Barcelona los juegos fu&#233; de ilusi&#243;n, trabajo, alegr&#237;a, y ganas de seguir adelantando, para encontrarnos con lo que ahora tenemos.....Que pena de ilusiones perdidas ......&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;IMG alt="" src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;ANGELINA GOMEZ RUEDA&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;/SPAN&gt;&lt;/TD&gt;&lt;/TR&gt;&lt;/TBODY&gt;&lt;/TABLE&gt;</body>
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    <title>EL PORTADOR DE LA ANTORCHA EN PEKIN, CON ESCOLTA</title>
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    <body>&lt;DIV class=antetitulo&gt;Seg&#250;n el CIS&lt;/DIV&gt; &lt;H2 class=titular_principal&gt;PSOE y PP se sit&#250;an en empate t&#233;cnico tras sus congresos&lt;/H2&gt; &lt;DIV class=NormalTextoNoticia id=CuerpoNoticia&gt;&lt;!-- inicio multimedia --&gt; &lt;TABLE class=" FCK__ShowTableBorders" width=254 align=left valign="top"&gt;&lt;!-- inicio foto --&gt; &lt;TBODY&gt; &lt;TR&gt; &lt;TD colSpan=2&gt;&lt;A title="Ampliar foto" href="javascript:AbrePopUp('fotoampliada.aspx?cod=20080801131013&amp;amp;ch=66')"&gt;&lt;IMG class=bordeFoto id=fotoPrincipalNoticia alt="Foto de la Noticia" src="http://img.europapress.es/fotoweb/fotonoticia_20080801131013.jpg"&gt;&lt;FONT color=#2f4f88&gt; &lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt;&lt;/TD&gt;&lt;/TR&gt; &lt;TR&gt; &lt;TD class=TextoPieFoto id=pieFotoPrincipalNoticia align=left&gt;Foto: EP&lt;/TD&gt; &lt;TD class="TextoPieFoto ampliarFoto"&gt;&lt;A id=ampliarFotoPrincipal href="javascript:AbrePopUp('fotoampliada.aspx?cod=20080801131013&amp;amp;ch=66')"&gt;&lt;IMG alt=+ src="http://www.europapress.es/nacional/img/ico_mas.gif"&gt; Ampliar&lt;/A&gt; &lt;/TD&gt;&lt;/TR&gt;&lt;!-- fin foto --&gt;&lt;!-- inicio noticias relacionadas --&gt; &lt;TR&gt; &lt;TD colSpan=2&gt; &lt;SCRIPT src="http://rel.europapress.es/europapress/doAction?action=suggest&amp;amp;reference=http://www.europapress.es/nacional/noticia-psoe-pp-situan-empate-tecnico-congresos-celebrados-ambos-partidos-20080801131013.html"&gt; &lt;/SCRIPT&gt;  &lt;DIV class=relacionadas&gt;&lt;/DIV&gt;&lt;/TD&gt;&lt;/TR&gt;&lt;!-- fin noticias relacionadas --&gt;&lt;/TBODY&gt;&lt;/TABLE&gt;&lt;!-- fin multimedia --&gt;











MADRID, 2 Ago. (EUROPA PRESS) - 

El PSOE ten&#237;a a finales de julio una ventaja electoral sobre el PP de tan s&#243;lo dos d&#233;cimas, es decir que los dos grandes partidos se han situado en un empate t&#233;cnico, tras la celebraci&#243;n de los congresos que ambos celebraron antes del verano, seg&#250;n el bar&#243;metro correspondiente al mes de julio realizado por el Centro de Investigaciones Sociol&#243;gicas (CIS). 

En concreto, la encuesta otorga al PSOE una estimaci&#243;n de voto del 39,5 por ciento, 3,1 puntos menos que en el anterior sondeo electoral, mientras que el PP se queda con un 39,3 por ciento, subiendo 1,7 puntos respecto al estudio del pasado mes de abril.

El bar&#243;metro entregado ayer en el Congreso se basa en 2.468 entrevista personales y domiciliarias realizadas en 238 municipios de 48 provincias entre los d&#237;as 7 y 13 de julio y tiene un margen de error de m&#225;s/menos 2 por ciento. 

El trabajo de campo se realiz&#243; en los d&#237;as posteriores al Congreso que el PSOE celebr&#243; en Madrid entre el 4 y el 5 de julio y dos semanas despu&#233;s del que congreg&#243; a los 'populares' en Valencia y devolvi&#243; la calma al partido de Mariano Rajoy.

Como es habitual, el CIS pregunta a los ciudadanos a qu&#233; partido votar&#237;a al d&#237;a siguiente, lo que se conoce como 'intenci&#243;n directa de voto'. En este apartado el PSOE consigue un apoyo del 29,3 por ciento, frente al 22,8 por ciento que logra el PP, lo que supone una ventaja de 7,5 puntos a favor de los socialistas. Al sumar las simpat&#237;as de los que no contestan a esa pregunta, el PSOE sube al 33,7 por ciento, casi 7,8 puntos por encima del PP, que llega al 25,9 por ciento. 

PSOE PIERDE 4,1 PUNTOS DESDE EL 9-M Y PP SUBE 8 D&#201;CIMAS

Con otras preguntas de su encuesta, el CIS traduce todos esos datos en una estimaci&#243;n de voto para el PSOE del 39,5 por ciento y del 39,3 por ciento para el PP. En comparaci&#243;n con los resultados de las elecciones del 9 de marzo, el PSOE, que cosech&#243; entonces un 43,6 por ciento de los votos, pierde 4,1 puntos. Por su parte, el PP, que logr&#243; el apoyo del 40,1 por ciento de quienes votaron en las generales, sube ocho d&#233;cimas. As&#237;, la distancia entre ambos se ha reducido de los 3,5 puntos de marzo a tan s&#243;lo dos d&#233;cimas en junio.

Detr&#225;s de los mayoritarios figuran en la encuesta Izquierda Unida, con una estimaci&#243;n de voto del 4,8 por ciento, un punto m&#225;s que en las generales, y CiU, con un 3,3 por ciento similar al de marzo. En quinto lugar repite Uni&#243;n, Progreso y Democracia (UPyD), el partido de Rosa D&#237;ez, al que se calcula un apoyo del 2,5 por ciento, casi el doble de lo que logr&#243; el 9-M y s&#243;lo una d&#233;cima menos que en abril.

En cuanto a la valoraci&#243;n de l&#237;deres, los ciudadanos vuelven a otorgar a Jos&#233; Luis Rodr&#237;guez Zapatero la mejor nota, con un 4,75, la m&#225;s baja desde abril de 2005. El presidente ha perdido ocho d&#233;cimas en su calificaci&#243;n respecto a hace tres meses, cuando logr&#243; 5,58 puntos, su mejor puntuaci&#243;n de los &#250;ltimos a&#241;os. 

CRECE LA DESCONFIANZA EN ZAPATERO Y RAJOY

Adem&#225;s, crece el porcentaje de quienes desconf&#237;an del presidente, que pasa del 51 por ciento de abril a 63,4 por ciento actual. Paralelamente, tres meses antes dec&#237;an tener "mucha o bastante" confianza en &#233;l el 46 por ciento y ahora s&#243;lo son de esa opini&#243;n el 34 por ciento.

En segunda posici&#243;n figura Mariano Rajoy, que consigue 3,99 puntos, frente a los 4,24 que se anot&#243; en abril. El l&#237;der del PP roza as&#237; los 3,97 puntos de media que obtuvo en abril de 2006, cuando logr&#243; una de sus notas m&#225;s bajas de los &#250;ltimos tres a&#241;os. 

Eso s&#237;, pese a haber superado la prueba del 16 Congreso Nacional de su partido, crece en casi 2,5 puntos el porcentaje de los que admiten no tener confianza en Rajoy, que suman el 78 por ciento de los encuestados. Por contra, un 18,4 por ciento si se f&#237;a del l&#237;der del PP, un porcentaje 2,1 puntos inferior al de hace tres meses. 

La valoraci&#243;n de l&#237;deres la completan el secretario general y portavoz de CiU en el Congreso, Josep Antoni Duran i Lleida y el coordinador general de IU, Gaspar Llamazares, con 3,38 y 3,29 puntos, respectivamente. 

S&#211;LO APRUEBAN TRES MINISTROS

En general, los miembros del nuevo Gobierno de Zapatero se sit&#250;an entre el 4 y el 5, aunque muchos de sus ministros son desconocidos para los encuestados. Lideran la tabla dos mujeres: la vicepresidenta Mar&#237;a Teresa Fern&#225;ndez de la Vega y las ministras Carmen Chac&#243;n (Defensa), con notas del 5,35 y el 5,24, respectivamente. El tercero mejor valorado es el responsable de Interior, Alfredo P&#233;rez Rubalcaba, con un 5,09.

Eso s&#237;, la mayor&#237;a de los ministros han bajado nota respecto a abril y si en ese mes aprobaron siete, ahora s&#243;lo lo hacen los tres citados. Destaca la nota del vicepresidente econ&#243;mico, Pedro Solbes, que, aunque perdi&#243; puntos en el &#250;ltimo bar&#243;metro electoral logr&#243; mantenerse por encima del cinco. La crisis econ&#243;mica ha hecho mella en su gesti&#243;n y en junio se qued&#243; con un 4,3. 

Tambi&#233;n han pasado del aprobado de abril a un 'cate' en junio el titular de Trabajo e Inmigraci&#243;n Celestino Corbacho (4,6); la de Ciencia e Innovaci&#243;n, Cristina Garmendia (4,5); la de Vivienda, Beatriz Corredor (4,07) y la de Igualdad, Bibiana A&#237;do (3,62), que se convierte en la peor valorada, un puesto que en los &#250;ltimos meses ocupaba siempre la ministra de Fomento, Magdalena Alvarez.

En resumen, el 33 por ciento de los sondeados ve "mala" o "muy mala" la gesti&#243;n del Gobierno en estos meses, frente a un 19,9 por ciento que la considera "buena" o "muy buena". La labor de oposici&#243;n que realiza el PP es valorada negativamente por el 45,7 por ciento y s&#243;lo el 11,1 por ciento la define como "buena" o "muy buena".

LOS CONGRESOS NO INTERESAN Y NO IMPLICAN CAMBIOS

El CIS ha analizado en esta ocasi&#243;n el seguimiento que han tenido los congresos del PP y el PSOE. Seg&#250;n los resultados, ninguno de los dos c&#243;nclaves ha interesado demasiado a los ciudadanos, ya que s&#243;lo s&#243;lo un 20,5 por ciento dijo haber atendido con atenci&#243;n el de los 'populares' y un 22,7 el de los socialistas.

La impresi&#243;n que han sacado del evento 'popular' es "m&#225;s bien negativa" para el 32,5 por ciento, y justo lo contrario para el 23,4. Adem&#225;s, el 47,8 por ciento cree que las decisiones adoptadas en Valencia por el PP no van a suponer "cambios muy significativos" en el partido de Mariano Rajoy, y s&#243;lo el 25,7 conf&#237;a en que s&#237; los habr&#225;.

Respecto al c&#243;nclave del PSOE el 29,1 se ha quedado con una sensaci&#243;n positiva frente al 27,4 que la tiene negativa. Asimismo, &#250;nicamente el 20,8 por ciento cree que lo aprobado en ese encuentro implicar&#225; cambios importante en el partido de Jos&#233; Luis Rodr&#237;guez Zapatero, mientras que el 54 por ciento cree que no ser&#225; as&#237;. 



&lt;IMG src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif" _fcksavedurl="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;




&lt;/DIV&gt;&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;--Es una pena que el Partido Popular tenga a un l&#237;der que no sabes nunca si sube o baja, que no ha cumplido con sus promesas, algo que si ha criticado al Gobierno una y otra vez, y no sabe luchar por lo que muchos pusimos sin ser militantes de nadie nuestro voto, como mal peor.&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;IMG src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif" _fcksavedurl="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;Mariano Rajoy en el momento de las elecciones, estaba firme, sab&#237;a que dese&#225;bamos y no es lo que tenemos, cuanto menos podr&#237;a haber luchado por defenderlo a&#250;n perdiendo como oposici&#243;n, y no es as&#237;, se ha acercado en exceso a Zapatero y ello ha hecho que genere desconfianza con el electorado, se act&#250;a as&#237; cuando uno no sabe realmente que defiende, si sus ideas o su posici&#243;n pol&#237;tica que intenta salvaguardar antes que sus promesas.&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;IMG src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif" _fcksavedurl="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;Dejar perder piezas importantes en las comunidades, personas s&#243;lidas con una s&#243;la idea, defender su ideol&#243;g&#237;a ha sido la tumba que se ha cavado directamente Mariano Rajoy como l&#237;der de la oposici&#243;n, no es as&#237; como se gana unas elecciones, aquellos que hemos puesto nuestro voto muchos por ideolog&#237;a posicionados en el Partido Popular, una gran mayor&#237;a, como mal menor en los que me encuentro y para hacer pi&#241;a contra quien es capaz  dejar a un asesino como De Juana Chaos hoy en la calle, y con escolta para m&#225;s recochineo. Un ser despreciable que reta a todos, y que seguro no tardar&#225; una semana que volver&#225; o intervendr&#225; en m&#225;s asesinatos, aunque sea con mando a distancia.&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;IMG src="http://www.euroresidentes.com/euroresiuk/Spanish_Government/Jaime_Mayor_Oreja.jpg"&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;



&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;O se pone las pilas Rajoy y demuestra que va a acumplir con sus promesas, o su carrera pol&#237;tica se termina en este encuentro. Jaime &lt;A href="http://es.wikipedia.org/wiki/Jaime_Mayor_Oreja" _fcksavedurl="http://es.wikipedia.org/wiki/Jaime_Mayor_Oreja"&gt;Mayor &lt;/A&gt;Oreja, ser&#237;a un buen candidato, y seguro para que en las pr&#243;ximas elecciones, llevara ganador al Partido Popular como nuevo Gobierno, y que estoy segura, ni siquiera se terminar&#237;a en la fecha prevista esta legislatura. No podemos permitirnos m&#225;s d&#233;ficit, tanta desconfianza por nuestros gobernantes y oposici&#243;n, menos tender la mano a quien te la muerde y m&#225;s defender a quienes cre&#237;mos en su momento las intenciones de Rajoy.&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;IMG src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif" _fcksavedurl="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;ANGELINA GOMEZ RUEDA&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

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    <title>CON S&#211;LO UN SUSPIRO GANAR&#205;A EL PARTIDO POPULAR......</title>
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    <body>&lt;H2 class=h1dos&gt;De Juana tendr&#225; escolta al salir de prisi&#243;n&lt;/H2&gt; &lt;DIV class="author a100"&gt;DAVID FERN&#193;NDEZ. 31.07.2008 - 06:11h &lt;/DIV&gt; &lt;DIV class="author a100"&gt;&lt;IMG height=427 alt="Pintadas en la casa de De Juana" src="http://estaticos.20minutos.es/img/2008/07/30/853557.jpg" width=665 border=0&gt;&lt;/DIV&gt; &lt;DIV class="author a100"&gt;&lt;/DIV&gt;&lt;!-- /TITULAR --&gt;&lt;!-- FOTO_PRINCIPAL --&gt; &lt;DIV class=pic style="WIDTH: 544px"&gt; &lt;DIV class=img&gt;&lt;A title="De Juana tendr&#225; escolta al salir de prisi&#243;n" onclick="AmpliarFoto(this.href,853557,665,427);return false;" href="http://www.20minutos.es/imagen/853557"&gt;&lt;/A&gt;&lt;/DIV&gt; &lt;DIV class=footer-pic style="WIDTH: 544px"&gt; &lt;DIV class=augmenter&gt;&lt;A onclick="AmpliarFoto(this.href,853557,665,427);return false;" href="http://www.20minutos.es/imagen/853557"&gt;&lt;FONT color=#ffffff&gt;Ampliar foto&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt;&lt;/DIV&gt;&lt;SPAN&gt;Amenazas en el portal del piso donde vivir&#225; De Juana Chaos (EFE)&lt;/SPAN&gt; &lt;/DIV&gt;&lt;/DIV&gt;&lt;!-- /FOTO_PRINCIPAL --&gt;&lt;!-- ENTRADILLA --&gt; &lt;DIV class=chapeau id=entradilla_noticia&gt; &lt;UL&gt; &lt;LI&gt;El etarra abandona la c&#225;rcel este s&#225;bado.&lt;/LI&gt; &lt;LI&gt;Residir&#225; con su mujer en un piso de San Sebasti&#225;n.&lt;/LI&gt; &lt;LI&gt;Su protecci&#243;n correr&#225; a cargo de la Ertzaintza.&lt;/LI&gt;&lt;/UL&gt;&lt;/DIV&gt;&lt;!-- /ENTRADILLA --&gt;&lt;!-- MINUTECA --&gt; &lt;DIV class=minutec_art_mod&gt; &lt;DL&gt; &lt;DT&gt;&lt;STRONG&gt;&lt;FONT color=#b92728 size=3&gt;Minuteca&lt;/FONT&gt;&lt;/STRONG&gt; todo sobre:  &lt;DD&gt; &lt;UL&gt; &lt;LI&gt;&lt;A title="De Juana Chaos" href="http://www.20minutos.es/minuteca/de-juana-chaos/"&gt;&lt;STRONG&gt;&lt;FONT face=Georgia color=#0c2269&gt;De Juana Chaos&lt;/FONT&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;/A&gt;&lt;FONT face=Georgia&gt; &lt;/FONT&gt;&lt;/LI&gt;&lt;/UL&gt;&lt;/DD&gt;&lt;/DL&gt;&lt;/DIV&gt;&lt;!-- /MINUTECA --&gt;&lt;!-- TEXTO --&gt; &lt;DIV id=cuerpo_noticia&gt;El terrorista &lt;A title="minuteca juana chaos" href="http://www.20minutos.es/minuteca/de-juana-chaos/"&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;I&#241;aki de Juana Chaos&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; &lt;STRONG&gt;tendr&#225; escolta y protecci&#243;n cuando salga este s&#225;bado de prisi&#243;n&lt;/STRONG&gt;, seg&#250;n fuentes consultadas por &lt;EM&gt;&lt;STRONG&gt;20minutos.es. &lt;/STRONG&gt;&lt;/EM&gt;De Juana abandonar&#225; &lt;A title="De Juana ingresa en la prisi&#243;n de Aranjuez" href="http://www.20minutos.es/noticia/244056/0/inadi/prision/paisvasco/"&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;la c&#225;rcel madrile&#241;a de Aranjuez&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; tras cumplir su &#250;ltima condena de &lt;A title="rebada de la pena a De Juana" href="http://www.20minutos.es/noticia/200800/0/supremo/condena/de-juana/"&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;tres a&#241;os por amenazas terroristas&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt;. 

La hora de su salida no ha sido a&#250;n confirmada por motivos de seguridad. Ni si acudir&#225; a un centro hospitalario debido a &lt;A title="de juana huelga de hambre" href="http://www.20minutos.es/noticia/399590/0/chaos/huelga/hambre/"&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;la nueva huelga de hambre&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; que inici&#243; hace varios d&#237;as. 

 &lt;DIV class=imp&gt;De Juana abandor&#225; la prisi&#243;n este s&#225;bado tras cumplir su &#250;ltima condena de tres a&#241;os&lt;/DIV&gt;La escolta, &lt;STRONG&gt;"una cobertura discreta, pero visible, con contravigilancias" &lt;/STRONG&gt;se prolongar&#225; por un tiempo indefinido, seg&#250;n las fuentes consultadas. El objetivo no s&#243;lo es proregerle a &#233;l sino tambi&#233;n a la que &lt;STRONG&gt;ser&#225; su nueva residencia&lt;/STRONG&gt;, &lt;A title="piso de Juana en San Sebasti&#225;n" href="http://www.20minutos.es/noticia/398953/0/"&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;un piso c&#233;ntrico de San Sebasti&#225;n&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt;. &lt;STRONG&gt;El terrorista compartir&#225; edificio con dos v&#237;ctimas de ETA&lt;/STRONG&gt;. Y en su misma calle viven otras tres.


Una vivienda bastante pol&#233;mica que la Fiscal&#237;a de la Audiencia Nacional &lt;A title="Embargo del piso de De Juana" href="http://www.20minutos.es/noticia/399420/0/dejuana/piso/libertad/"&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;ha pedido que se embargue&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; para que el etarra haga frente a la &lt;A title="eta debe dinero a sus victimas" href="http://www.20minutos.es/noticia/399684/0/eta/millones/victimas/"&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;indemnizaci&#243;n econ&#243;mica&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; que a&#250;n debe a sus 25 v&#237;ctimas.

Lo que parece claro es que su seguridad correr&#225; a cargo de la &lt;A title=ertzaintza href="http://www.ertzaintza.net/" target=_blank&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;Ertzaintza&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt;. El Gobierno vasco, a preguntas de &lt;EM&gt;&lt;STRONG&gt;20minutos.es&lt;/STRONG&gt;&lt;/EM&gt;, no ha querido hacer &lt;STRONG&gt;"ning&#250;n comentario sobre este tema"&lt;/STRONG&gt;. Desde la &lt;A title="asociacion de escoltas" href="http://www.escoltas.net/" target=_blank&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;Asociaci&#243;n de Escoltas del Pa&#237;s Vasco&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; califican de &lt;STRONG&gt;"indecente" que el Gobierno vasco les pidiera&lt;/STRONG&gt; que se hiciera cargo de la protecci&#243;n del etarra.


&lt;STRONG&gt;Amenazas en el portal &lt;/STRONG&gt;

El portal del edificio de De Juana&lt;STRONG&gt; ya ha sufrido los primeros da&#241;os&lt;/STRONG&gt;. Hace unos d&#237;as aparecieron &lt;STRONG&gt;unas pintadas amenazantes&lt;/STRONG&gt; supuestamente firmadas por miembros de Falange: &lt;STRONG&gt;"No olvidamos, no perdonamos". &lt;/STRONG&gt;

 &lt;DIV class=imp&gt;Su nueva casa de San Sebasti&#225;n ya ha sufrido pintadas amenazantes&lt;/DIV&gt;&lt;STRONG&gt;"De Juana es un problema, un conflicto en s&#237;"&lt;/STRONG&gt;, explican fuentes antiterroristas del Pa&#237;s Vasco. "Por un lado hay que garantizar la seguridad de un ciudadano que ya ha cumplido su condena con la sociedad. Por otro, no hay que olvidar que es &lt;STRONG&gt;unos de los terroristas m&#225;s sanguinarios&lt;/STRONG&gt; en la historia de ETA con muchos enemigos".

"La Falange en el Pa&#237;s Vasco, llamada Falange Vasca, tiene &lt;STRONG&gt;fuertes conexiones con antiguos miembros del antiguo &lt;/STRONG&gt;&lt;A title="batallon vasco frances" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Alianza_Apost%C3%B3lica_Anticomunista" target=_blank&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;Batall&#243;n Vasco Franc&#233;s&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; y &lt;A title="fuerza nueva" href="http://www.fuerzanueva.com/" target=_blank&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;Fuerza Nueva&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt;. Toda precauci&#243;n es poca", se&#241;alan las mismas fuentes.

&lt;STRONG&gt;Concentraci&#243;n frente a su casa&lt;/STRONG&gt;

Miembros de la &lt;A title="asociacion de victimas del terrorismo" href="http://www.avt.org/" target=_blank&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;Asociaci&#243;n de V&#237;ctimas del Terrorismo&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; y de varias asociaciones de guardias civiles, como &lt;A title="Asigc profesional" href="http://www.asigc.es/isweb/" target=_blank&gt;&lt;FONT color=#0c2269&gt;Asigc-profesional&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt; , han confirmado que se &lt;STRONG&gt;manifestar&#225;n este fin de semana&lt;/STRONG&gt; frente al piso donostiarra de De Juana.

De Juana, &lt;STRONG&gt;unos de los terroristas m&#225;s medi&#225;ticos&lt;/STRONG&gt;, ha pasado m&#225;s de 20 a&#241;os en pris&#243;n &lt;STRONG&gt;tras matar a 25 personas en los a&#241;os 80&lt;/STRONG&gt;, cuando dirig&#237;a el comando Madrid de ETA. 



&lt;IMG src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif" _fcksavedurl="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;--Aberrante,humillante y absolutamente injusto a &#233;ste asesino se le env&#237;a a la calle , justo en un momento donde se protege m&#225;s a los asesinos que a los propios ciudadanos de bien, con privilegios que cualquier preso sin ayudas externas no tienen. O sea, 25x 15 o 20 = CADENA PERPETUA.&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;IMG src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif" _fcksavedurl="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;Le ha salido barato matar a 25 personas, seg&#250;n el c&#243;digo penal la pena por asesinato :&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

 &lt;H4&gt;&lt;B&gt;La pena&lt;/B&gt;&lt;/H4&gt;El delito de asesinato lleva aparejada una pena de &lt;B&gt;prisi&#243;n&lt;/B&gt; de 15 a 20 a&#241;os. 

Si en la comisi&#243;n del delito interviene m&#225;s de una de las circunstancias anteriores, la pena m&#225;xima de prisi&#243;n podr&#225; incrementarse de 20 a 25 a&#241;os.



&lt;IMG src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif" _fcksavedurl="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&#191;C&#243;mo quiere la justicia que confiemos en ella, si &#233;ste individuo no ha pagado por la pena impuesta? &#191;O es que presionado el Gobierno por ETA, ordena a la justicia benevolencia con los etarras? Tambien se ha demostrado trato de favor a la presa de la banda terrorista &lt;A href="http://www.elpais.com/articulo/espana/Dignidad/Justicia/libertad/Elena/Beloki/elpepunac/20080730elpepinac_1/Tes" _fcksavedurl="http://www.elpais.com/articulo/espana/Dignidad/Justicia/libertad/Elena/Beloki/elpepunac/20080730elpepinac_1/Tes"&gt;Elena Beloki&lt;/A&gt; , salir de la c&#225;rcel para someterse a un tratamiento de fertilizaci&#243;n ! a los 47 a&#241;os !, y se le concede. &lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;IMG src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif" _fcksavedurl="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;Pero el insulto m&#225;s grave a&#250;n si cabe, es que el asesino De Juana Chaos, salga de la c&#225;rcel, con escolta que pagaremos todos los espa&#241;oles. Ahora que salga la justicia y diga que es independiente........&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;IMG src="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif" _fcksavedurl="http://personal.telefonica.terra.es/web/lopenta/Chincheta.gif"&gt;

&lt;STRONG&gt;&lt;EM&gt;ANGELINA GOMEZ RUEDA&lt;/EM&gt;&lt;/STRONG&gt;

&lt;!-- /TEXTO --&gt;&lt;/DIV&gt;</body>
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    <nicetitle>-quien-nos-protege-los-ciudadanos-</nicetitle>
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    <title>&#191;QUIEN NOS PROTEGE A LOS CIUDADANOS ?</title>
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    <body>&lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;&lt;STRONG&gt;Michael Jordan&lt;/STRONG&gt; y 'Magic' Johnson han sido elegidos como los mejores jugadores exteriores de la historia del baloncesto.&lt;?xml:namespace prefix = o ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:office" /&gt;&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;El protagonismo en la votaci&#243;n se lo llev&#243; el legendario &lt;STRONG&gt;Michael Jordan&lt;/STRONG&gt;, siendo votado por todos los expertos de la ESPN estadounidense (todos ellos periodistas) con la m&#225;xima puntuaci&#243;n posible en la categor&#237;a de escoltas (obtuvo 200 puntos sobre 200). Su palmar&#233;s deja sin palabras: seis anillos de campe&#243;n, fue 14 veces 'all star', promedio de 30 puntos por partido... S&#243;lo &#233;l consigui&#243; llevar a lo m&#225;s alto a los Chicago Bulls, dejando a un lado a los Celtics y a los Lakers, de ah&#237; su triunfo irrefutable. Tras &#233;l qued&#243; el actual compa&#241;ero de Gasol, Bryant, con 170 puntos.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Por su parte, 'Magic' consigui&#243; ser elegido como el mejor base, con 128 puntos sobre 130. El segundo mejor base fue Robertson, con 109 puntos.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;La clasificaci&#243;n qued&#243; as&#237;:&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Bases (sobre 130 puntos).&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;1. 'Magic' Johnson 128 puntos.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;2. Oscar Robertson 109.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;3. Isiah Thomas 84.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;4. John Stockton 81.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;5. Bob Cousy 76.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;Escoltas (sobre 200 puntos).&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;1. Michael Jordan 200 puntos.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;2. Kobe Bryant 170.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;3. Jerry West 167.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;4. George Gervin 100.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;FONT size=3&gt;&lt;FONT face="Times New Roman"&gt;5. Allen Iverson 82.&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/FONT&gt;

 &lt;P style="TEXT-ALIGN: justify"&gt;&lt;A id=link_2 title=http://www.clarin.com/diario/2008/03/12/um/m-01626964.htm href="http://www.clarin.com/diario/2008/03/12/um/m-01626964.htm"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" color=#800080 size=3&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/A&gt;&lt;U&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" color=#800080 size=3&gt;&lt;/FONT&gt;&lt;/U&gt;&lt;o:p&gt;&lt;/o:p&gt; 



Fuentes: &lt;A id=link_0 title=http://www.atbnoticias.es/noticia.php?id_seccion=0&amp;amp;id=121779 href="http://www.atbnoticias.es/noticia.php?id_seccion=0&amp;amp;id=121779"&gt;ATB Noticias&lt;/A&gt;, &lt;A id=link_1 title=http://www.terra.es/deportes/articulo/html/dpo469775.htm href="http://www.terra.es/deportes/articulo/html/dpo469775.htm"&gt;Terra&lt;/A&gt;, &lt;A id=link_2 title=http://www.clarin.com/diario/2008/03/12/um/m-01626964.htm href="http://www.clarin.com/diario/2008/03/12/um/m-01626964.htm"&gt;Clarin&lt;/A&gt;



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    <title>Michael Jordan y 'Magic' Johnson, mejores jugadores exteriores de la historia</title>
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    <body>&lt;IMG class=imgcen id=img_0 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/viajealasantipodas/REFUGIADOS.JPG"&gt;11 de septiembre, Kabul, Afganist&#225;n

La "causalidad" ha querido que me encuentre en Kabul cuando se cumple la efem&#233;rides de un fat&#237;dico suceso que est&#225; destinado a permanecer en un lugar privilegiado de los libros de Historia, si conseguimos que &#233;sta consiga extenderse algunos siglos m&#225;s. 

No creo que sea el mejor lugar para recordar lo sucedido hace seis a&#241;os en Nueva York. Sin embargo, desde mi habitaci&#243;n en el c&#233;ntrico hotel Mustaf&#225; de Kabul, iluminada por la blanquecina luz que hace brillar el sempiterno polvo que se pega a la ventana, me pregunto c&#243;mo se vivi&#243; ese d&#237;a en la capital afgana. &lt;FONT size=2&gt;&#191;&lt;/FONT&gt;Cuando fueron sus habitantes conscientes de que el ataque contra el World Trade Center iba a suponer una nueva vuelta de tuerca en la sangrienta espiral b&#233;lica en la que el pa&#237;s se halla sumido, ininterrumpidamente, desde que la desaparecida Uni&#243;n Sovi&#233;tica enviara sus tanques al centro de Kabul para certificar la dolorosa, inutil y catastr&#243;fica invasi&#243;n de Afganist&#225;n? 

Llegu&#233; a esta ciudad hace dos d&#237;as, procedente de Peshawar, en el noroeste de Pakist&#225;n. Ese d&#237;a fue largo, pero consegu&#237; hacer posible lo que parerc&#237;a &#250;nicamente "t&#233;cnicamente posible", es decir, llegar a Kabul despu&#233;s de atravesar las Areas Tribales de Pakist&#225;n, el m&#237;tico paso del Khyber, la frontera afgano-pakistan&#237;, la ciudad past&#250;n de Jalalabad y, por &#250;ltimo, la negra garganta del r&#237;o Kabul que, pocos kil&#243;metros antes de llegar a la ciudad a la que da nombre, estrangula la carretera desplaz&#225;ndola hacia los cielos a modo de monta&#241;a rusa.



&lt;IMG class=imgcen id=img_0 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/viajealasantipodas/KABUL-COMETAS.JPG"&gt;
Ese d&#237;a, un domingo con cierto holor a oto&#241;o, la noche se mezclaba con las primeras luces del Alba en Peshawar, y sus calles, eternamente sucias y enegrecidas por el humo de la miriada de veh&#237;culos que abusan de ellas a diario, se inundaban r&#225;pidamente de hombres atabiados en el tradicional shalwar. Rostros serios, pobladas barbas y ojos negros sal&#237;an poco a poco a la superficie de las primeras luces del d&#237;a y yo, desde la puerta de la recepci&#243;n del Rose Hotel, donde esperaba al taxi que hab&#237;a solicitado la tarde anterior, observaba esta cotidianidad con una especial sensaci&#243;n de despedida. Peshawar me hab&#237;a tratado bien al fin y al cabo, y abandonarla ahora, para adentrarme en un pa&#237;s como Afganist&#225;n, del que dolorosamente no pod&#237;a hacerme ninguna expectativa, se me antojaba como un obstinado quiebro a la raz&#243;n, un nuevo giro voluntario a la esencia propia del miedo. Un giro al infierno; un viaje a las antipodas de lo conocido. 

Creo recordar que el miedo deboraba mi pasi&#243;n viajera.

Hab&#237;a dejado mi llamativa mochila moderna, con la mayor&#237;a de mis enseres, bajo la custodia del sombr&#237;o recepcionista del hotel, y hab&#237;a introducido todo lo que pudiera necesitar para las pr&#243;ximas dos semanas en una austera pero discreta bolsa de viaje comprada el d&#237;a anterior. As&#237;, vistiendo mi shalwar, con mi rebelde pero bastante larga barba y mi nueva bolsa barata, podr&#237;a decirse que mi aspecto pasaba desapercibido, condici&#243;n que me hab&#237;a planteado desde el primer momento en que me propuse viajar a Afganist&#225;n.

El taxi lleg&#243; a la hora convenida. Agradec&#237; de inmediato que el taxista hablase buen ingl&#233;s y conociera las circunstancias de mi destino. El primer lugar al que nos dirigimos fue el cuartel de la Autoridad Paksitan&#237; para Asuntos Tribales del Khyber, donde me correspond&#237;a la asignaci&#243;n de un escolta que no se despegar&#237;a de m&#237; hasta llegar al puesto fronterizo afgano-pakistan&#237;. Este procedimiento, cuya tramitaci&#243;n me hab&#237;a ocupado casi todo el d&#237;a anterior, es obligatorio -y gratuito- para todas los extranjeros que atraviesan las Areas Tribales de Pakist&#225;n con destino a Afganist&#225;n, y aunque en principio parece garantizar cierta seguridad para el viajero, lo cierto es que cuando vi aparecer a mi "Angel de la Guardia", en absoluto me sent&#237; m&#225;s seguro.

Se trataba de un jovenc&#237;simo, t&#237;mido y m&#225;s bien torpe soldado. Parec&#237;a un ni&#241;o en su primer d&#237;a de escuela, con la diferencia de que, en lugar de una mochila llena de libros, portaba un manoseado fusil que ni tan siquiera sab&#237;a como colocar en el asiento que ocupaba en la parte delantera del taxi. Creo sinceramente que era su primer servicio de este tipo, lo cual le pregunt&#233; de manera educada. Sin embargo, como suele ser habitual con los polic&#237;as y militares pakistn&#237;es, no hablaba ni una palabra de ingl&#233;s. O tal vez no quer&#237;a contestarme.

La distancia que separa Peshawar de la frontera con Afganist&#225;n no es larga, tan solo unos cincuenta kil&#243;metros, pero abundan las curiosidades y referencias hist&#243;ricas notables. Para muchos historiadores, este trayecto, coronado en su parte m&#225;s alta por el Paso del Khyber, era el centro de una de las principales preocupaciones que atormentaron a los defensores del Raj Brit&#225;nico que coloniz&#243; todo el subcontinente indio. Es aqu&#237; donde se decid&#243; el destino de las llamadas Guerras Afganas, que enfrentaron al Imperio Brit&#225;nico con los ej&#233;rcitos musulmanes de los emires afganos durante el siglo XIX. Y tambi&#233;n fue este territorio el centro de la discreta pero transcendente lucha que manten&#237;an, como si de una aut&#233;ntica Guerra Fr&#237;a se tratase, los imperios brit&#225;nico y ruso. 



&lt;IMG class=imgcen id=img_0 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/viajealasantipodas/KABUL-NINOS.JPG"&gt;Mucho antes el Khyber ya hab&#237;a visto, desde sus altas cumbres, el paso de ilustres personajes abri&#233;ndose camino entre las rocosas paredes del Hindu Kush. Nombres como Dario el Grande, Aljandro Magno o Timur utilizaron este paso estrat&#233;gicamente para conquistar partes de la India, siendo la joya m&#225;s codiciada la f&#233;rtil y rica regi&#243;n del Punjab.

Pero no solo hombres y ej&#233;rcitos. El Khyber fue la puerta a trav&#233;s de la que se expandieron grandes religiones. Fue por aqu&#237; por donde el imperio Mughal accedi&#243; a la India e instaur&#243; el Islam como religi&#243;n de estado, y tambi&#233;n fue a trav&#233;s del Khyber por donde hab&#237;an pasado los monjes que llevaron el budismo a territorios tan occidentales como la regi&#243;n de Bamiyan, en el centro de Afganist&#225;n, antes incluso de que existiese el cristianismo. Incluso el Zoroastrismo, la primera religi&#243;n monoteista, dependi&#243; de la porosidad que el Khyber ofrece al Hindu Kush para llevar la nueva creencia a tierras del sur de lo que es hoy Pakist&#225;n, donde se encuentra la mayor comunidad de zoroastras que a&#250;n hoy practican este antiguo culto.

No obstante, conforme atravesaba las Areas Tribales con el taxi, poco de esto se hac&#237;a evidente. El terreno era en efecto abrupto y correoso, aunque no especialmente elevado. A pesar del vac&#237;o legal que caracteriza a esta regi&#243;n, la vida parec&#237;a tan cotidiana y trivial como en cualquier otra parte de Pakist&#225;n, con peque&#241;as aldeas aqu&#237; y all&#237;, todas ellas llenas de vida; sin embargo, de vez en cuando nos cruz&#225;bamos, o &#233;ramos adelantados, por &lt;EM&gt;pick-ups &lt;/EM&gt;cargados de hombres armados con kalashnikovs y vestidos de civil. Al preguntar por ellos al taxista, lo primero que me dijo, como si estuviera adivinando mis intenciones, fue que no hiciera fotos. Luego me explic&#243; que estos hombres formaban comandos de defensa de los distintos Jefes tribales que hab&#237;a en la regi&#243;n. Eran ellos los encargados de mantener el orden dentro de cada se&#241;or&#237;o, y eran pagados por los jefes de cada zona. Estaba viajando, a bordo de un destartalado taxi, por medio de una sociedad enteramente feudal.

Tambi&#233;n fui testigo, desde la misma carretera, de la magnificencia con la que cada se&#241;or feudal destacaba dentro de esta arcaica sociedad. Sin necesidad de esconderse de nadie, sus imponentes mansiones llegaban al mismo margen de la carretera. Aunque los recintos de cada una de estas mansiones estaban rodeados de afeados y bastos muros de barro, a plena luz del d&#237;a los portones de los muros permanec&#237;an abiertos, con lo que se pod&#237;a otear r&#225;pidamente en su interior. All&#237; se ve&#237;an blancas y bien adornadas casas de varias plantas, con hermosos jardines y porches sombreados. Le pregunt&#233; al taxista si esta gente era en realidad tan rica y poderosa. "&#191;Ricos? Ah&#237; dentro hay m&#225;quinas en las que si aprietas un bot&#243;n te sale coca-cola, le das a otro y te llena el baso de wishki, y si quieres, pulsas otro y a los pocos minutos aparece una hermosa mujer que har&#225; todo lo que le pidas. Hay m&#225;s oro y diamantes que madera o hierro; ser&#237;a muy dificil incendiar una de estas chozas..."

Poco antes de llegar a la frontera, el taxista me se&#241;al&#243; una peque&#241;a protuberancia rocosa en lo alto de una colina al lado de la carretera. "&#191;Ves aquello? Es una estupa budista". Efectivamente, en medio de este mar musulm&#225;n, aquello era un derruido y descuidado vestigio de una &#233;poca, hace unos dos mil a&#241;os, en la que la religi&#243;n que florec&#237;a en esta regi&#243;n era el budismo.

Finalmente llegamos a Torkham, donde se haya el &#250;nico puesto fronterizo abierto a extranjeros entre Pakist&#225;n y Afganist&#225;n. El escolta, del cual casi me hab&#237;a olvidado, sali&#243; inmediatamente del coche con la intenci&#243;n de dirigirse al cuartel aduanero, pero le detuve con un gesto del brazo para darle una peque&#241;a propina. Fue entonces cuando vislumbr&#233; la primera sonrisa en su morena tez y cuando recib&#237; la primera mirada de sus negros ojos. Era un ni&#241;o.

Pagu&#233; al taxista lo convenido, al tiempo que aceptaba su tarjeta con su n&#250;mero de tel&#233;fono por si necesitaba sus servicios en el futuro. No en vano, si todo me iba bien, deber&#237;a regresar a Pakist&#225;n por el mismo camino unas dos semanas m&#225;s tarde.


&lt;IMG class=imgcen id=img_0 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/viajealasantipodas/KABUL-CALLE.jpg"&gt;
He cruzado muchas fronteras a pie en mi vida, aunque pocas tan multitudinarias como esta. Para empezar, la entrada en Afganist&#225;n fue sumamente sencilla. Resulta curioso que dos de los pa&#237;ses a los que la l&#243;gica invita menos a viajar, como son Irak y Afganist&#225;n, pongan tan pocas trabas para hacerlo. En el caso de Irak te dan el visado -gratuito- en la propia frontera con Turqu&#237;a, mientras que en el caso de Afganist&#225;n, el amable y paternal consul afgano en Peshawar se encarga de facilitarte un visado para treinta d&#237;as de manera r&#225;pida y sencilla. 

Una vez en el lado afgano, comenc&#233; a caminar hacia el interior, rodeado de una multitud compuesta por todo tipo de personajes: refugiados afganos transportando todos sus bienes, ni&#241;os ofreciendo portear los equipajes, mercaderes de hielo fabricado en Landi Kotal -el &#250;ltimo pueblo pakistan&#237; antes de llegar a la frontera-, mendigos pidiendo limosna, y tambi&#233;n, vendedores de todo tipo de art&#237;culos cuyas provisiones escasean en Afganist&#225;n. 

Cuando llevaba pocos metros recorridos sin un rumbo fijo me percat&#233; de que ten&#237;a a mi lado a un se&#241;or cuya cara me resultaba familiar. Efectivamente, se trataba de una de las personas que hab&#237;a visto haciendo cola unos minutos atr&#225;s en el puesto pakistan&#237; para obterner el sello de salida. Record&#233; que me hab&#237;a sonreido cortesmente al verme incorpor&#225;ndome a la cola. Ahora caminaba a mi lado, pretendiendo aparentar que ambos form&#225;bamos un peque&#241;o grupo de viaje. Y en realidad, el Sr. Younos Tahawad, que adem&#225;s ostentaba el t&#237;tulo de &lt;EM&gt;Haji&lt;/EM&gt; (musulm&#225;n que ha hecho la peregrinaci&#243;n a la ciudad de Mecca), quer&#237;a caminar conmigo para ayudarme en lo que necesitara. De igual manera a como me sol&#237;a ocurrir en Pakist&#225;n, tambi&#233;n aqu&#237; hab&#237;a quien se preocupaba de un extranjero viajando solo. Sin pretenderlo, estaba de nuevo bajo la protecci&#243;n de un &lt;EM&gt;padrino&lt;/EM&gt;. Pregunt&#233; a Younos cual era la mejor manera de llegar a Kabul y me replic&#243; que la mejor, y la &#250;nica que deber&#237;a considerar, era tomar un taxi compartido con m&#225;s gente, pues los autobuses de l&#237;nea eran demasiado lentos, irregulares y, adem&#225;s, peligrosos. El mismo se ocup&#243; de encontrarme uno con destino directo a Kabul, el cual parti&#243; a los pocos minutos, tan pronto como se hubo llenado.

El viaje fue tranquilo y la carretera bastante buena durante todo el recorrido. En ocasiones el taxi se cruzaba con carros acorazados de la OTAN -principalmente Hammers americanos con armamento pesado en sus cuatro costados- los cuales ocupaban casi toda la carretera y obligaban a los coches a salirse de &#233;sta y a circular por el estrecho arc&#233;n. Tambi&#233;n pude divisar algunos modernos helic&#243;pteros de asalto en el cielo y varias bases militares a lo largo del trayecto. A &#250;ltima hora de la tarde el taxi llegaba a Kabul, el objetivo que me hab&#237;a propuesto al comenzar el d&#237;a.

La ciudad que fuera capital del imperio Mughal, antes que la propia Delhi, se extiende a lo largo de un espacioso valle que me recordaba mucho a los paisajes contemplados en Ir&#225;n. No en vano, Afganist&#225;n est&#225; emparentado historicamente con la vieja persia. El idioma oficial de la capital y del gobierno de Afganist&#225;n, por ejemplo, es el dari, muy similar al farsi (persa); y en tiempos remotos, a esta regi&#243;n se la conoc&#237;a bajo el t&#233;rmino Ariana, tierra de &#225;rios. Antes de que los sovi&#233;ticos invadieran el pa&#237;s, Ir&#225;n -entonces el reino del Sha de Persia- era el espejo en el que se miraban los habitantes de Kabul.

As&#237; es, una gran capital del pasado, pero con una terrible enfermedad terminal que se hace visible nada m&#225;s atravesar las primeras "avenidas" de la periferia. El polvo es la principal materia prima de que disponen los kabulenses. L&#225;stima que no se pueda comer, o que no cure enfermedades, o que no sirva para comprar vestimenta, pues de ser as&#237;, ser&#237;a &#233;sta la capital m&#225;s rica del mundo.

El sol enrojec&#237;a y me brindaba su mirada conforme me adentraba en este cementerio de edificios. Me se&#241;alaba el oeste y me invitaba a que le prestase atenci&#243;n, como si deseara que distrajera mi sentidos ante el melanc&#243;lico espect&#225;culo del que estaba siendo mudo expectador. Por un momento no pude respetar sus ruegos y centr&#233; mi mirada en un recien pintado letrero dispuesto sobre el muro de una base militar. 

En este se le&#237;a: "Unity starts here" (&lt;EM&gt;la Unidad comienza aqu&#237;&lt;/EM&gt;). 


&lt;FONT color=#ffffff&gt;.&lt;/FONT&gt;


&lt;SMALL&gt;&lt;EM&gt;&lt;SMALL&gt;Foto 1: refugiados afganos volviendo a su pa&#237;s, paso del Khyber

Foto 2: mercader artesano de cometas, Kabul

Foto 3: ni&#241;os sacando agua en una fuente de Kabul

Foto 4: calle-bazar del barrio viejo de Kabul

&lt;/SMALL&gt;&lt;/EM&gt;&lt;/SMALL&gt;

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    <title>Afganist&#225;n: m&#225;s all&#225; del paso del Khyber</title>
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    <body>&lt;img src="../blogfiles/ucm/43174_images2.jpg" id="img_1" class="imgcen"&gt;Escuchando o leyendo a Juan Jos&#233; Ibarretxe, el &lt;em&gt;lehendakari &lt;/em&gt;o presidente de la Comunidad Aut&#243;noma de El Pa&#237;s Vasco, siempre he tenido la duda de si de verdad puede ser tan tonto como aparenta o es que en realidad es un t&#237;o tan brillante intelectualmente que, bajo esa pose de bonhom&#237;a clerical que adopta, en realidad est&#225; tomando el pelo a los destinatarios de sus deliberadamente primitivos mensajes. Hoy, con motivo o, m&#225;s bien, con la excusa del atentado terrorista de ETA dirigido contra un pol&#237;tico socialista vasco que ha herido a su escolta, se ha descolgado de nuevo con una de sus perlas: &lt;em&gt;ETA no impedir&#225; que los vascos hagan su camino.

&lt;/em&gt;Teniendo en cuenta lo que para el l&#237;der del Partido Nacionalista Vasco (PNV) incluye (y, por tanto, excluye) la expresi&#243;n &lt;em&gt;los vascos&lt;/em&gt;, es decir, el &lt;em&gt;pueblo vasco&lt;/em&gt; (que si est&#225; &lt;em&gt;&lt;/em&gt; despierto y es consciente no puede ser sino nacionalista), sus declaraciones suponen una inmunda burla m&#225;s a numerosas v&#237;ctimas de ETA, a sus familiares y a los pol&#237;ticos e intelectuales constitucionalistas vascos, puesto que lo que est&#225; diciendo en realidad, bajo la falsa apariencia de poner a caldo a la banda terrorista y condenar el atentado, es precisamente lo contrario, es decir, que aquello en lo que se empe&#241;an en seguir haciendo los terroristas despu&#233;s de la p&#233;simamente llamada tregua de hace unos meses supone un obst&#225;culo a la &#250;nica estrategia independentista que para &#233;l es factible (y con raz&#243;n), y que ya ha puesto en marcha: conseguir celebrar el ilegal refer&#233;ndum plebiscitario anunciado para el pr&#243;ximo a&#241;o y, por la v&#237;a de los hechos consumados de una supuesta o real mayor&#237;a a favor de la igualmente err&#243;neamente llamada &lt;em&gt;autodeterminaci&#243;n&lt;/em&gt;, celebrar el definitivo en el que se ventilar&#237;a, ya s&#237;, la independencia &lt;em&gt;monda y lironda&lt;/em&gt;. 

El atentado ser&#237;a condenable no porque contribuya a mantener la intimidaci&#243;n de la poblaci&#243;n no nacionalista en su vida cotidiana y de cara a su posible participaci&#243;n en la arena pol&#237;tica, sino porque resultar&#237;a contraproducente precisamente a los objetivos que ETA y el PNV comparten en gran medida, que el pueblo vasco estar&#237;a a punto de confirmar por una v&#237;a ilegal pero no violenta y cuyo m&#225;s importante riesgo proceder&#237;a de la posibilidad de que el Gobierno central lo intentara impedir con absoluta firmeza &lt;em&gt;excus&#225;ndose &lt;/em&gt;en los atentados que de aqu&#237; a entonces llevara a cabo la banda terrorista.

En realidad, el &#250;nico discurso p&#250;blico que deber&#237;a hacer Ibarretxe es el de agradecer abiertamente a ETA el trabajo realizado desde la promulgaci&#243;n de la Constituci&#243;n, de cuyos efectos en la sociedad vasca ha sido su partido el que en realidad m&#225;s se ha aprovechado.










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