<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<posts>
  <post>
    <IP type="integer">83.37.228.32</IP>
    <author-id type="integer">21266</author-id>
    <blog-id type="integer">13553</blog-id>
    <body>

El ser humano tiene las relaciones m&#225;s diversas hacia los diferentes &#225;mbitos de la naturaleza, que se han investigado desde la ciencia desde hace siglos.

Pero el ser humano tambi&#233;n tiene una estrecha relaci&#243;n hacia lo &#225;mbitos de la cultura: el arte, las formas, los colores, el lenguaje, el movimiento que est&#225;n sometidos a determinadas leyes.
La arteterapia aplica las fuerzas formadoras y transformadoras de movimiento, habla, m&#250;sica, de colores y formas que act&#250;an en el hombre en su potencial terap&#233;utico. Se desarrollan desde cada arte las leyes espec&#237;ficas que act&#250;an en el organismo humano para determinados m&#233;todos terap&#233;uticos. Abren nuevas posibilidades a trav&#233;s de los que los pacientes pueden participar e interferir de modo activo en su propio proceso de sanaci&#243;n.

Las terapias art&#237;sticas son indicadas para pacientes con enfermedades f&#237;sicas y ps&#237;quicas. Tambi&#233;n se aplican en trastornos evolutivos en la pedagog&#237;a y psiquiatr&#237;a infantil.

Las terapias art&#237;sticas se basan en los medios espec&#237;ficos de cada arte. Por ejemplo: la forma en el modelado, el color en la pintura, el intervalo en la m&#250;sica, el consonante en la terapia del habla. Su efecto en los procesos psicol&#243;gicos y fisiol&#243;gicos permite activar las fuerzas regenerativas en el paciente. De ah&#237; pueden surgir nuevas orientaciones tambi&#233;n para el tratamiento m&#233;dico.

&lt;strong&gt;El modelado&lt;/strong&gt; lleva el imaginar, vivenciar y actuar a una interacci&#243;n viva. Aplicado espec&#237;ficamente, fortalece y regula las fuerzas vitales y las fuerzas del Yo. En primer lugar se trabaja con las manos directamente, formando la arcilla. El paciente participa de manera activa en su propio proceso, trabajando con madera, piedra, arcilla; para cada patolog&#237;a individual se desarrolla un ejercicio o una secuencia individual.

&lt;strong&gt;En la pintura&lt;/strong&gt; se estimulan procesos fisiol&#243;gicos tanto como procesos conscientes a trav&#233;s de diferentes m&#233;todos de pintura, dibujo y color. El trabajo con el color calienta y relaja el organismo, profundiza la cualidad de vivencias en el alma. Estimula procesos de fluidez, estructuraci&#243;n y estabilizaci&#243;n en el organismo. Se act&#250;a de manera espec&#237;fica sobre procesos enfermizos o patrones an&#237;micos desequilibrados, sea en estado agudo o cr&#243;nico.


&lt;strong&gt;La m&#250;sica &lt;/strong&gt;trabaja con gran variedad de instrumentos f&#225;ciles de tocar, de viento, de cuerdas, percusi&#243;n, tacto tanto como con el canto. Los instrumentos y la voz se manejan diferenciadamente de manera activa o a trav&#233;s de la escucha. Los tonos, intervalos, sonidos, melod&#237;as, armon&#237;as y ritmos escogidos act&#250;an sobre el conjunto sutil de cuerpo, alma y esp&#237;ritu y liberan las fuerzas de autosanaci&#243;n en el paciente.

&lt;strong&gt;El arte de la palabra&lt;/strong&gt; aplica el habla y la expresi&#243;n como medio para la autoformaci&#243;n. Ejercicios de modulaci&#243;n, gesto, voz y aliento activan procesos fisiol&#243;gicos y psicol&#243;gicos que se pueden aplicar en problemas de respiraci&#243;n, voz y habla. La aplicaci&#243;n de elementos po&#233;ticos como la l&#237;rica, &#233;pica y el drama act&#250;an espec&#237;ficamente sobre la autonom&#237;a humana &#8211; desde la autoinmunidad hasta la biograf&#237;a consciente e individual. </body>
    <closed-comments type="boolean"></closed-comments>
    <closed-trackbacks type="boolean"></closed-trackbacks>
    <comments-count type="integer">0</comments-count>
    <created-at type="datetime">2009-11-29T17:21:24Z</created-at>
    <date type="datetime">2009-11-29T17:17:00Z</date>
    <id type="integer">413021</id>
    <last-comment-date type="datetime"></last-comment-date>
    <myfile-id type="integer"></myfile-id>
    <nicetitle>arteterapia</nicetitle>
    <published-at type="datetime">2009-11-29T17:21:24Z</published-at>
    <site-id type="integer">1</site-id>
    <status type="integer">1</status>
    <title>Arteterapia</title>
    <updated-at type="datetime">2009-11-29T17:21:24Z</updated-at>
  </post>
  <post>
    <IP type="integer">87.221.13.176</IP>
    <author-id type="integer">53409</author-id>
    <blog-id type="integer">24047</blog-id>
    <body>Una persona no ve vien una de mis fuentes que siempre cito al final de mis post , esta en su derecho. Pero yo hago lo siguiente , lo que m&#225;s veo son los titulares , y si algunas de las citas les puede interesar a ustedes , casi nunca leo los textos , si no mi comentario no valdria , seria el del perodista.Siempre elijo los de sociedad , y salud , y los que yo sugetivamente considero interesantes y hago mi comentario segun los sentimientos y emociones que despierta en mi, unas veces lo hare mejor que otras ,pues no soy ningun erudito. Como soy apolitico totalmente, no estoy condicionado por nada, no he votado nunca y no lo har&#233; hasta que no hayan listas abiertas ( si no me muero antes ) no miro la fuente si es de derechas, de izquierdas, del centro o del m&#225;s all&#225;, lo que me interesa es el titular y si ustedes tienen la curiosidad de verlo se daran cuenta de que todos son iguales, otra cosa es el tratamiento que le den a la noticia , que depender&#225; de los intereses que tengan , como yo no tengo ninguno , nada m&#225;s que agradecerles a ustedes sus visitas , y gracias a ellas me animan a seguir ocupando la cantidad de tiempo que te deja la jubilaci&#243; haciendo mis comentarios, como he dicho segun mis emociones o el sentimiento que me producen , ni m&#225;s m&#225;s . Las fuentes que tengo son : El Pais , informaci&#243;n, El mundo, abc ,TXT-TVE, y nada m&#225;s 

 Es como si dos amigos se encuentran en el bar y le dice el uno al otro &#161; as oido o visto esta noticia ! y la comentan , en mis comentarios no hay ni senofobia, ni racismo, y procuro no emplear palabras mal sonantes . He hecho este comentario para que sepan ( a&#250;n que se habran dado cuenta de ello , al ver mis fuentes ) que no tengo ningun partidismo por nada ni por nadie , lo &#250;nico que deseo es que todos puedan vivir lo mejor que puedan y que dejemos a nuestros descendientes un mundo mejor que el nuestro . Y que disculpen los errores que pueda tener en algun momento , siempre ajeno a mi voluntad . Un saludo de alfayomega1970

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

</body>
    <closed-comments type="boolean"></closed-comments>
    <closed-trackbacks type="boolean"></closed-trackbacks>
    <comments-count type="integer">0</comments-count>
    <created-at type="datetime">2009-11-19T14:19:24Z</created-at>
    <date type="datetime">2009-11-19T13:13:00Z</date>
    <id type="integer">408781</id>
    <last-comment-date type="datetime"></last-comment-date>
    <myfile-id type="integer"></myfile-id>
    <nicetitle>para-aclarar-particular-una-persona-y-general-todas</nicetitle>
    <published-at type="datetime">2009-11-19T14:19:24Z</published-at>
    <site-id type="integer">1</site-id>
    <status type="integer">1</status>
    <title>Para aclarar en particular a una persona y en general a todas aquellas que visitan mi blog, mis fuentes para los comentarios.</title>
    <updated-at type="datetime">2009-11-19T14:19:24Z</updated-at>
  </post>
  <post>
    <IP type="integer">77.209.29.62</IP>
    <author-id type="integer">1500</author-id>
    <blog-id type="integer">1538</blog-id>
    <body>Un tri&#225;ngulo sin &#225;ngulos no ser&#237;a tal, las formas geom&#233;tricas y l&#237;neas rectas que en oblicuo o vertical se cruzan con otras siempre desencadenan en un &#225;ngulo.

 Dos forman el mismo &#225;ngulo.

 Tres generan al menos dos...

 Quiz&#225;s cuando hablamos de otras dimensiones, cosa que los cient&#237;ficos investigan, no me refiero a las creencias o sobrenatura, sino a un verdadero espacio invisible o ajeno a nuestra percepci&#243;n, lo maravilloso radique en que jam&#225;s formar&#225;n un &#225;ngulo con nuestra l&#237;nea de vida, de universo conoc&#237;do o destino.

 Asi las galaxias son egoc&#233;ntricas y sea casi imposible imaginar l&#237;nea recta alguna en el Universo.

 Cuando se forma el &#225;ngulo del color dando lugar al prisma infinito de luminosidad con la que se mezclan, nos damos cuenta de que lo bello del universo no es su color ni la luz que describen, sino que fueran puros y jam&#225;s se mezclaran para no generar esos &#225;ngulos diferentes de tan dif&#237;cil conjucci&#243;n.

 Todo gira en torno a nosotros y a la vez giramos en torno alguien, somos inequivocablemente egoc&#233;ntricos, por ello la sociedad deber&#237;a ser un c&#237;rculo de convivencia sin &#225;ngulos ni m&#225;s color que la suma de todos, el BLANCO.

 Y esa suma ha de establecerse desde la unidad de cada uno de nosotros, formando un collage con nuestro entorno multicolor, pero nunca de l&#237;neas rectas que den lugar a los distintos tri&#225;ngulos de formas, conductas y reglas conoc&#237;das.

 Para que algo sea redondo, debemos huir del concepto de geometr&#237;a y de la raz&#243;n matem&#225;tica, debemos dejarnos llevar por lo aleatorio y lo que jam&#225;s podr&#225; ser alcanzado de una manera l&#243;gica, el n&#250;mero PI de la cuesti&#243;n, tan infinitamente perfecto como todo nuestro Universo, algo que jam&#225;s alcanzaremos desde nuestros &#225;ngulos.

  

</body>
    <closed-comments type="boolean"></closed-comments>
    <closed-trackbacks type="boolean"></closed-trackbacks>
    <comments-count type="integer">6</comments-count>
    <created-at type="datetime">2009-10-07T12:17:49Z</created-at>
    <date type="datetime">2009-10-07T11:56:00Z</date>
    <id type="integer">388170</id>
    <last-comment-date type="datetime">2009-10-07T14:10:13Z</last-comment-date>
    <myfile-id type="integer"></myfile-id>
    <nicetitle>un-mundo-sin-angulos</nicetitle>
    <published-at type="datetime">2009-10-07T12:17:49Z</published-at>
    <site-id type="integer">1</site-id>
    <status type="integer">1</status>
    <title>UN MUNDO SIN &#193;NGULOS</title>
    <updated-at type="datetime">2009-10-07T14:10:13Z</updated-at>
  </post>
  <post>
    <IP type="integer">81.37.137.52</IP>
    <author-id type="integer">32654</author-id>
    <blog-id type="integer">18432</blog-id>
    <body>&lt;a href="http://www.flickr.com/photos/33121622@N02/3933290351/" title="besar por himilce_44, en Flickr"&gt;&lt;img src="http://farm4.static.flickr.com/3445/3933290351_b21105e0ca_o.jpg" width="301" height="400" alt="besar"&gt;&lt;/a&gt;&lt;object width="353" height="132" style="border-style: initial; border-color: initial; border-top-width: 0px; border-right-width: 0px; border-bottom-width: 0px; border-left-width: 0px; border-style: initial; border-color: initial; background-image: none; background-repeat: initial; background-attachment: initial; -webkit-background-clip: initial; -webkit-background-origin: initial; background-color: initial; margin-top: 0px; margin-right: 0px; margin-bottom: 0px; margin-left: 0px; background-position: initial initial; "&gt;&lt;embed  src="http://www.goear.com/files/external.swf?file=f7559a9" type="application/x-shockwave-flash" wmode="transparent" quality="high" width="353" height="132"&gt;&lt;/embed&gt;&lt;/object&gt;
Muchas veces creemos que sabemos dar besos y no es as&#237;.   No se aprende en el Instituto (aunque hoy en d&#237;a yo dir&#237;a que menos las lecciones propias de las materias educativas, se aprenden muchas cosas y algunas err&#243;neas) Cuando besamos se estimulan muchas terminaciones nerviosas que hacen que se estimule el deseo sexual. Besarse antes, durante y despu&#233;s de una relaci&#243;n sexual es una de las cosas que jam&#225;s deber&#237;amos obviar. No hay que olvidar que el beso con lengua, despacio y de forma sensual es la antesala del buen sexo. Ya sabemos que hay muchas formas de besar y si nos dan algunas pistas para hacerlo mejor y dar m&#225;s placer, pues mucho mejor &#191;C&#243;mo dar&#237;as un beso en la oreja? &#191;C&#243;mo se hace?, pues aunque parezca una tonter&#237;a no todo el mundo sabe hacerlo. Os recuerdo que las terminaciones nerviosas abundan en el &#225;rea que rodea a la oreja, lo que hace que sea un lugar muy sensible al tacto y a las caricias. Lo primero que debes hacer es humedecer tus labios, pues secos&#8230;no se mueven bien y de &#233;sta forma se deslizar&#225;n mucho mejor.
Hay que comenzar oliendo el cuello para pasar despu&#233;s a lamer despacio el l&#243;bulo de la oreja de tu pareja, como si estuvieras trazando el entorno de la misma. Tambi&#233;n puedes a la misma vez susurrarle cosas dulces o si eres m&#225;s atrevido algo m&#225;s fuerte, pero sin ser ordinario. Esto, junto con el sonido agitado de tu respiraci&#243;n puede resultar altamente excitante para tu pareja. Con la lengua recorre el pabell&#243;n de la oreja despacito, para finalizar mordisque&#225;ndolo de forma sensual y suave. 
No olvides que tus manos est&#225;n sin hacer nada, pero eso lo vamos a solucionar &#191;qu&#233; podemos hacer con ellas?, pues te propongo, en primer lugar que: acaricies su cabello, seguro que no se lo espera. Las caricias en el cuero cabelludo suelen ser muy relajantes. Con la yema de los dedos haz c&#237;rculos alrededor de cabello. No hay que olvidar besar su cabeza de vez en cuando. &lt;div&gt;Otra opci&#243;n ser&#237;a acariciar su pecho, pero hazlo de forma sutil y un tanto atrevida. Deja que tus manos den un recorrido por toda el &#225;rea de su pecho. No olvides que los pezones de un hombre son tambi&#233;n una fuente de placer. Estim&#250;lalos con besos, con la lengua, con lamidos o peque&#241;os y suaves mordisquitos.
&#191;Te has detenido a pensar que olvidamos los brazos y las manos cuando hacemos el amor? Creemos que no son zonas er&#243;genas, pero en eso nos equivocamos. Si sabemos estimularlas lograremos despertar una excitaci&#243;n placentera para la pareja. Si tu pareja no tiene cosquillas (se descentrar&#237;a con la 
risa) estimula discretamente la axila y la parte interna del brazo, con la lengua.  Adem&#225;s, de que no debes olvidar los hombros. Dale suaves lametones y peque&#241;os mosdisquitos, ver&#225;s que sensaciones le produces.&lt;/div&gt;&lt;div&gt; Tambi&#233;n  puedes tomar la mano de tu pareja y llevarla hasta tus labios. Recorre, despacito,  la palma de la misma con la punta de la lengua. Dibuja c&#237;rculos sobre ella a la misma vez que lames despacio sus dedos.&lt;/div&gt;&lt;div&gt; Para acabar &#233;ste primer cap&#237;tulo de t&#233;cnicas, formas y lugares de besar, os dir&#233; que lo mejor es dejarse llevar por los sentimientos. Juntar las bocas, saborear vuestra saliva y bailar con las lenguas. Besa y besa.
&lt;/div&gt;</body>
    <closed-comments type="boolean"></closed-comments>
    <closed-trackbacks type="boolean"></closed-trackbacks>
    <comments-count type="integer">48</comments-count>
    <created-at type="datetime">2009-09-19T11:56:38Z</created-at>
    <date type="datetime">2009-09-19T11:46:00Z</date>
    <id type="integer">379032</id>
    <last-comment-date type="datetime">2009-10-05T10:42:43Z</last-comment-date>
    <myfile-id type="integer"></myfile-id>
    <nicetitle>como-ser-kisser-oreja-pecho-brazos-y-manos-i-parte-</nicetitle>
    <published-at type="datetime">2009-09-19T11:56:38Z</published-at>
    <site-id type="integer">1</site-id>
    <status type="integer">1</status>
    <title>C&#211;MO SER UNA KISSER: OREJA, PECHO, BRAZOS Y MANOS (I parte)</title>
    <updated-at type="datetime">2009-10-05T10:42:43Z</updated-at>
  </post>
  <post>
    <IP type="integer">0.0.0.0</IP>
    <author-id type="integer">1146</author-id>
    <blog-id type="integer">1177</blog-id>
    <body>&lt;IMG style="WIDTH: 450px; HEIGHT: 557px" id=img_0 class=imgcen src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/jose-gila/053F1e2.jpg" width=606 height=1051&gt;</body>
    <closed-comments type="boolean"></closed-comments>
    <closed-trackbacks type="boolean"></closed-trackbacks>
    <comments-count type="integer">2</comments-count>
    <created-at type="datetime">2009-08-17T08:08:22Z</created-at>
    <date type="datetime">2009-08-18T08:25:00Z</date>
    <id type="integer">363400</id>
    <last-comment-date type="datetime">2009-08-25T22:04:01Z</last-comment-date>
    <myfile-id type="integer"></myfile-id>
    <nicetitle>formas</nicetitle>
    <published-at type="datetime">2009-08-18T08:25:06Z</published-at>
    <site-id type="integer">1</site-id>
    <status type="integer">1</status>
    <title>Formas</title>
    <updated-at type="datetime">2009-08-25T22:04:01Z</updated-at>
  </post>
  <post>
    <IP type="integer">0.0.0.0</IP>
    <author-id type="integer">1615</author-id>
    <blog-id type="integer">1657</blog-id>
    <body>Por un error borr&#233; la primera parte del III Convenio de Ginebra. Cuando se insertan art&#237;culos muy largos se plantean problemas. Inserto, de nuevo, esta parte.

 Recordemos que el III Convenio de Ginebra se aplica a los prisioneros de guerra. El Convenio reemplaza al firmado en el a&#241;o 1929. Entr&#243; en vigor en 1950.

  

 &lt;DIV class=title&gt;III. Convenio de Ginebra del 12 de Agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra.&lt;/DIV&gt; &lt;DIV class=title&gt; &lt;/DIV&gt; &lt;DIV class=title&gt; &lt;B&gt;&lt;U&gt;T&#205;TULO I - DISPOSICIONES GENERALES&lt;/U&gt;&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 1 - Respeto del&lt;/B&gt; &lt;B&gt;Convenio&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes se comprometen a respetar y a hacer respetar el presente Convenio en todas las circunstancias.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 2 - Aplicaci&#243;n del Convenio&lt;/B&gt;

Aparte de las disposiciones que deben entrar en vigor ya en tiempo de paz, el presente Convenio se aplicar&#225; en caso de guerra declarada o de cualquier otro conflicto armado que surja entre dos o varias de las Altas Partes Contratantes, aunque una de ellas no haya reconocido el estado de guerra.

El Convenio se aplicar&#225; tambi&#233;n en todos los casos de ocupaci&#243;n total o parcial del territorio de una Alta Parte Contratante, aunque tal ocupaci&#243;n no encuentre residencia militar.

Si una de las Potencias en conflicto no es parte en el presente Convenio, las Potencias que son Partes en el mismo estar&#225;n, sin embargo, obligadas por el Convenio con respecto a dicha Potencia si &#233;sta acepta y aplica sus disposiciones.
&lt;A name=2&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;Art&#237;culo 3 - Conflictos no internacionales&lt;/B&gt;

En caso de conflicto armado que no sea de &#237;ndole internacional y que surja en el territorio de una de las Altas Partes Contratantes, cada una de las Partes en conflicto tendr&#225; la obligaci&#243;n de aplicar, como m&#237;nimo, las siguientes disposiciones:

1) Las personas que no participen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detenci&#243;n o por cualquier otra causa, ser&#225;n, en todas las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinci&#243;n alguna de &#237;ndole desfavorable, basada en la raza, el color, la religi&#243;n o la creencia, el sexo, el nacimiento o la fortuna, o cualquier otro criterio an&#225;logo.

A este respecto, se prohiben, en cualquier tiempo y lugar, por lo que ata&#241;e a las personas arriba mencionadas:

a) los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles, la tortura y los suplicios;

b) la toma de rehenes;

c) los atentados contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes;

d) las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal leg&#237;timamente constituido, con garant&#237;as judiciales reconocidas como indispensables por los pueblos civilizados.

2) Los heridos y los enfermos ser&#225;n recogidos y asistidos.

Un organismo humanitario imparcial, tal como el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, podr&#225; ofrecer sus servicios a las Partes en conflicto.
Adem&#225;s, las Partes en conflicto har&#225;n lo posible por poner en vigor, mediante acuerdos especiales, la totalidad o parte de las otras disposiciones del presente Convenio.

La aplicaci&#243;n de las anteriores disposiciones no surtir&#225; efectos sobre el estatuto jur&#237;dico de las Partes en conflicto.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 4 - Prisioneros de guerra&lt;/B&gt;

A. Son prisioneros de guerra, en el sentido del presente Convenio, las personas que, perteneciendo a una de las siguientes categor&#237;as, caigan en poder del enemigo:

1) los miembros de las fuerzas armadas de una Parte en conflicto, as&#237; como los miembros de las milicias y de los cuerpos de voluntarios que formen parte de estas fuerzas armadas;

2) los miembros de las otras milicias y de los otros cuerpos de voluntarios, incluidos los de movimientos de resistencia organizados, pertenecientes a una de las Partes en conflicto y que act&#250;en fuera o dentro del propio territorio, aunque este territorio est&#233; ocupado, con tal de que estas milicias o estos cuerpos de voluntarios, incluidos estos movimientos de resistencia organizados, re&#250;nan las siguientes condiciones:

a) estar mandados por una persona que responda de sus subordinados;

b) tener un signo distintivo fijo reconocible a distancia;

c) llevar las armas a la vista;

d) dirigir sus operaciones de conformidad con las leyes y costumbres de la guerra;

3) los miembros de las fuerzas armadas regulares que sigan las instrucciones de un Gobierno o de una autoridad no reconocidos por la Potencia detenedora;

4) las personas que sigan a las fuerzas armadas sin formar realmente parte integrante de ellas, tales como los miembros civiles de tripulaciones de aviones militares, corresponsales de guerra, proveedores, miembros de unidades de trabajo o de servicios encargados del bienestar de los militares, a condici&#243;n de que hayan recibido autorizaci&#243;n de las fuerzas armadas a las cuales acompa&#241;an, teniendo &#233;stas la obligaci&#243;n de proporcionarles, con tal finalidad, una tarjeta de identidad similar al modelo adjunto;

5) los miembros de las tripulaciones, incluidos los patrones, los pilotos y los grumetes de la marina mercante, y las tripulaciones de la aviaci&#243;n civil de las Partes en conflicto que no se beneficien de un trato m&#225;s favorable en virtud de otras disposiciones del derecho internacional;

6) la poblaci&#243;n de un territorio no ocupado que, al acercarse el enemigo, tome espont&#225;neamente las armas para combatir contra las tropas invasoras, sin haber tenido tiempo para constituirse en fuerzas armadas regulares, si lleva las armas a la vista y respeta las leyes y las costumbres de la guerra.

B. Se beneficiar&#225;n tambi&#233;n del trato reservado en el presente Convenio a los prisioneros de guerra:

1) las personas que pertenezcan o hayan pertenecido a las fuerzas armadas del pa&#237;s ocupado, si, por raz&#243;n de esta pertenencia, la Potencia ocupante, aunque inicialmente las haya liberado mientras prosegu&#237;an las hostilidades fuera del territorio que ocupa, considera necesario internarlas, especialmente tras una tentativa fracasada de estas personas para incorporarse a las fuerzas armadas a las que pertenezcan y que est&#233;n combatiendo, o cuando hagan caso omiso de una intimidaci&#243;n que les haga por lo que ata&#241;e a su internamiento;

2) las personas que pertenezcan a una de las categor&#237;as enumeradas en el presente art&#237;culo que hayan sido recibidas en su territorio por Potencias neutrales o no beligerantes, y a quienes &#233;stas tengan la obligaci&#243;n de internar en virtud del derecho internacional, sin perjuicio de un trato m&#225;s favorable que dichas Potencias juzguen oportuno concederles, exceptuando las disposiciones de los art&#237;culos 8, 10, 15, 30, p&#225;rrafo quinto, 58 a 67 incluidos, 92 y 126, as&#237; como las disposiciones relativas a la Potencia protectora, cuando entre las Partes en conflicto y la Potencia neutral o no beligerante interesada haya relaciones diplom&#225;ticas. Cuando haya tales relaciones, las Partes en conflicto de las que dependan esas personas estar&#225;n autorizadas a ejercer, con respecto a ellas, las funciones que en el presente Convenio se asignan a las Potencias protectoras, sin perjuicio de las que dichas Partes ejerzan normalmente de conformidad con los usos y los tratados diplom&#225;ticos y consulares.

C. El presente art&#237;culo no afecta al estatuto del personal sanitario y religioso, como se estipula en el art&#237;culo 33 del presente Convenio.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 5 - Principio y fin de la aplicaci&#243;n&lt;/B&gt;

El presente Convenio se aplicar&#225; a las personas mencionadas en el art&#237;culo 4 a partir del momento en que caigan en poder del enemigo y hasta su liberaci&#243;n y su repatriaci&#243;n definitiva.

Si hay duda por lo que respecta a la pertenencia a una de las categor&#237;as enumeradas en el art&#237;culo 4 de las personas que hayan cometido un acto de beligerancia y que hayan ca&#237;do en poder del enemigo, dichas personas se benefician de la protecci&#243;n del presente Convenio, en espera de que un tribunal competente haya determinado su estatuto.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 6 - Acuerdos especiales&lt;/B&gt;

Aparte de los acuerdos expresamente previstos en los art&#237;culos 10, 23, 28, 33, 60, 65, 66, 67, 72, 73, 75, 109, 110,118, 119, 122 y 132, las Altas Partes Contratantes podr&#225;n concertar otros acuerdos especiales sobre cualquier cuesti&#243;n que les parezca oportuno zanjar particularmente. Ning&#250;n acuerdo especial podr&#225; perjudicar a la situaci&#243;n de los prisioneros, tal como se reglamenta en el presente Convenio, ni restringir los derechos que en &#233;ste se les otorga.

Los prisioneros de guerra seguir&#225;n benefici&#225;ndose de estos acuerdos mientras el Convenio les sea aplicable, salvo estipulaciones en contrario expresamente consignadas en dichos acuerdos o en acuerdos ulteriores, o tambi&#233;n, salvo medidas m&#225;s favorables tomadas a su respecto por una u otra de las Partes en conflicto.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 7 - Inalienabilidad de derechos&lt;/B&gt;

Los prisioneros de guerra no podr&#225;n, en ninguna circunstancia, renunciar parcial o totalmente a los derechos que se les otorga en el presente Convenio y, llegado el caso, en los acuerdos especiales a que se refiere el art&#237;culo anterior.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 8 - Potencias protectoras&lt;/B&gt;

El presente Convenio ser&#225; aplicado con la colaboraci&#243;n y bajo el control de las Potencias protectoras encargadas de salvaguardar los intereses de las Partes en conflicto. Para ello, las Potencias protectoras podr&#225;n designar, a parte de su personal diplom&#225;tico o consular, a delegados de entre los propios s&#250;bditos o de entre los de otras Potencias neutrales. Estos delegados ser&#225;n sometidos a la aprobaci&#243;n de la Potencia ante la cual hayan de efectuar su misi&#243;n.

Las Partes en conflicto facilitar&#225;n, en la mayor medida posible, la labor de los representantes o delegados de las Potencias protectoras.

Los representantes o delegados de las Potencias protectoras nunca deber&#225;n extralimitarse en la misi&#243;n que se les asigna en el presente Convenio; habr&#225;n de tener en cuenta, especialmente, las imperiosas necesidades de seguridad del Estado ante el cual ejercen sus funciones.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 9 - Actividades del Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja&lt;/B&gt;

Las disposiciones del presente Convenio no son &#243;bice para las actividades humanitarias que el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, u otro organismo humanitario imparcial, emprenda para la protecci&#243;n de los prisioneros de guerra, as&#237; como para los socorros que, con el consentimiento de las Partes en conflicto interesadas, se les proporcione.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 10 - Sustitutos de las Potencias protectoras&lt;/B&gt;

Las Altas Partes Contratantes podr&#225;n convenir, en todo tiempo, en confiar a un organismo que ofrezca todas las garant&#237;as de imparcialidad y de eficacia, las tareas asignadas en el presente Convenio a las Potencias protectoras.

Si prisioneros de guerra no se benefician, o ya no se benefician, sea por la raz&#243;n que fuere, de las actividades de una Potencia protectora o de un organismo designado de conformidad con lo estipulado en el p&#225;rrafo anterior, la Potencia detenedora deber&#225; solicitar, sea a un Estado neutral sea a tal organismo, que asuma las funciones asignadas en el presente Convenio a las Potencias protectoras designadas por las Partes en conflicto.

Si no puede conseguirse as&#237; una protecci&#243;n, la Potencia detenedora deber&#225; solicitar a un organismo humanitario, tal como el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, que se encargue de desempe&#241;ar las tareas humanitarias asignadas en el presente Convenio a las Potencias protectoras, o deber&#225; aceptar, a reserva de las disposiciones del presente art&#237;culo, los ofrecimientos de servicios de tal organismo. Cualquier Potencia neutral o cualquier organismo invitado por la Potencia interesada o que se ofrezca con la finalidad indicada deber&#225; percatarse de su responsabilidad para con la Parte en conflicto a la que pertenezcan las personas protegidas por el presente Convenio, y deber&#225; dar suficientes garant&#237;as de capacidad para asumir el cometido de que se trata y para desempe&#241;arlo con imparcialidad.

No podr&#225;n derogarse las disposiciones anteriores por acuerdo particular entre Potencias cuando una de ellas se vea, aunque sea temporalmente, limitada en su libertad para negociar con respecto a la otra Potencia o a sus aliados, a causa de acontecimientos militares, especialmente en caso de ocupaci&#243;n de la totalidad o de una parte importante de su territorio.

Cuantas veces se menciona en el presente Convenio a la Potencia protectora, tal menci&#243;n designa, asimismo, a los organismos que la sustituyan en el sentido de este art&#237;culo.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 11 - Procedimiento de conciliaci&#243;n&lt;/B&gt;

Siempre que lo juzguen conveniente en inter&#233;s de las personas protegidas, especialmente en caso de desacuerdo entre las Partes en conflicto acerca de la aplicaci&#243;n o la interpretaci&#243;n de las disposiciones del presente Convenio, las Potencias protectoras prestar&#225;n sus buenos oficios para dirimir el litigio.

Con esta finalidad, cada una de las Potencias protectoras podr&#225;, tras invitaci&#243;n de una Parte, o por propia iniciativa, proponer a las Partes en conflicto una reuni&#243;n de sus representantes y, en particular, de las autoridades encargadas de los prisioneros de guerra, si es posible en un territorio neutral convenientemente elegido. Las Partes en conflicto tendr&#225;n la obligaci&#243;n de aceptar las propuestas que en tal sentido se les haga. Las Potencias protectoras podr&#225;n, llegado el caso proponer a la aprobaci&#243;n de las Partes en conflicto una personalidad perteneciente a una Potencia neutral, o una personalidad delegada por el Comit&#233; Internacional de la Cruz Roja, que ser&#225; invitada a participar en la reuni&#243;n.
&lt;A name=3&gt;&lt;/A&gt;
 &lt;B&gt;&lt;U&gt;T&#205;TULO II - PROTECCI&#211;N GENERAL DE LOS PRISIONEROS DE GUERRA&lt;/U&gt;&lt;/B&gt;

&lt;B&gt;Art&#237;culo 12 - Responsabilidad por el trato a los prisioneros&lt;/B&gt;

Los prisioneros de guerra est&#225;n en poder de la Potencia enemiga, y no de los individuos o de los cuerpos de tropa que los hayan capturado. Independientemente de las responsabilidades individuales que pueda haber, la Potencia detenedora es responsable del trato que reciban.

Los prisioneros de guerra no pueden ser transferidos por la Potencia detenedora m&#225;s que a otra Potencia que sea Parte en el Convenio y cuando la Potencia detenedora se haya cerciorado de que la otra Potencia desea y puede aplicar el Convenio. Cuando los prisioneros hayan sido as&#237; transferidos, la responsabilidad de la aplicaci&#243;n del Convenio incumbir&#225; a la Potencia que haya aceptado acogerlos durante el tiempo que se le conf&#237;en.

Sin embargo, en el caso de que esta Potencia incumpla sus obligaciones de aplicar las disposiciones del Convenio en cualquier punto importante, la Potencia que haya transferido a los prisioneros de guerra deber&#225;, tras haber recibido una notificaci&#243;n de la Potencia protectora, tomar medidas eficaces para remediar la situaci&#243;n, o solicitar que le sean devueltos los prisioneros de guerra. Habr&#225; de satisfacerse tal solicitud.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 13 - Trato humano a los prisioneros&lt;/B&gt;

Los prisioneros de guerra deber&#225;n ser tratados humanamente en todas las circunstancias. Est&#225; prohibido y ser&#225; considerado como infracci&#243;n grave contra el presente Convenio, todo acto il&#237;cito o toda omisi&#243;n il&#237;cita por parte de la Potencia detenedora, que comporte la muerte o ponga en grave peligro la salud de un prisionero de guerra en su poder. En particular, ning&#250;n prisionero de guerra podr&#225; ser sometido a mutilaciones f&#237;sicas o a experimentos m&#233;dicos o cient&#237;ficos sea cual fuere su &#237;ndole, que no se justifiquen por el tratamiento m&#233;dico del prisionero concernido, y que no sean por su bien.

Asimismo, los prisioneros de guerra deber&#225;n ser protegidos en todo tiempo, especialmente contra todo acto de violencia o de intimidaci&#243;n, contra los insultos y la curiosidad p&#250;blica.

Est&#225;n prohibidas las medidas de represalia contra ellos.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 14 - Respeto a la persona de los prisioneros&lt;/B&gt;

Los prisioneros de guerra tienen derecho, en todas las circunstancias, al respeto de su persona y de su honor.

Las mujeres deben ser tratadas con todas las consideraciones debidas a su sexo y, en todo caso, se beneficiar&#225;n de un trato tan favorable como el que reciban los hombres.

Los prisioneros de guerra conservar&#225;n su plena capacidad civil tal como era cuando fueron capturados. La Potencia detenedora no podr&#225; limitar el ejercicio de esa capacidad, sea en su territorio sea fuera del mismo, m&#225;s que en la medida requerida por el cautiverio.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 15 - Manutenci&#243;n de los prisioneros&lt;/B&gt;

La Potencia detenedora de los prisioneros de guerra est&#225; obligada a atender gratuitamente a su manutenci&#243;n y a proporcionarles gratuitamente la asistencia m&#233;dica que su estado de salud requiera.

&lt;B&gt;Art&#237;culo 16 - Manutenci&#243;n de los prisioneros&lt;/B&gt;

Habida cuenta de las disposiciones del presente Convenio relativas a la graduaci&#243;n as&#237; como al sexo, y sin perjuicio del trato privilegiado que puedan recibir los prisioneros de guerra a causa de su estado de salud, de su edad o de sus aptitudes profesionales, todos los prisioneros deber&#225;n ser tratados de la misma manera por la Potencia detenedora, sin distinci&#243;n alguna de &#237;ndole desfavorable de raza, de nacionalidad, de religi&#243;n, de opiniones pol&#237;ticas u otras, fundadas en criterios an&#225;logos.
&lt;A name=4&gt;&lt;/A&gt;


Ver:&lt;/DIV&gt; &lt;DIV class=title&gt; &lt;/DIV&gt; &lt;DIV class=title&gt;&lt;A href="http://www.icrc.org/Web/spa/sitespa0.nsf/iwpList103/1FB1554798C43090C1256DE1005394D2"&gt;http://www.icrc.org/Web/spa/sitespa0.nsf/iwpList103/1FB1554798C43090C1256DE1005394D2&lt;/A&gt;&lt;/DIV&gt; &lt;DIV class=description&gt;&lt;/DIV&gt; 
 

</body>
    <closed-comments type="boolean"></closed-comments>
    <closed-trackbacks type="boolean"></closed-trackbacks>
    <comments-count type="integer">0</comments-count>
    <created-at type="datetime">2009-08-15T12:33:21Z</created-at>
    <date type="datetime">2009-08-15T12:24:00Z</date>
    <id type="integer">362909</id>
    <last-comment-date type="datetime"></last-comment-date>
    <myfile-id type="integer"></myfile-id>
    <nicetitle>iii-convenio-ginebra-primera-parte</nicetitle>
    <published-at type="datetime">2009-08-15T12:33:21Z</published-at>
    <site-id type="integer">1</site-id>
    <status type="integer">1</status>
    <title>III Convenio de Ginebra. Primera Parte</title>
    <updated-at type="datetime">2009-08-15T12:33:21Z</updated-at>
  </post>
  <post>
    <IP type="integer">0.0.0.0</IP>
    <author-id type="integer">1146</author-id>
    <blog-id type="integer">1177</blog-id>
    <body>&lt;IMG style="WIDTH: 623px; HEIGHT: 516px" id=img_0 class=imgcen src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/jose-gila/garachico033.JPG" width=1033 height=1008&gt;</body>
    <closed-comments type="boolean"></closed-comments>
    <closed-trackbacks type="boolean"></closed-trackbacks>
    <comments-count type="integer">3</comments-count>
    <created-at type="datetime">2009-07-28T07:20:44Z</created-at>
    <date type="datetime">2009-07-30T13:17:00Z</date>
    <id type="integer">355775</id>
    <last-comment-date type="datetime">2009-08-11T21:57:03Z</last-comment-date>
    <myfile-id type="integer"></myfile-id>
    <nicetitle>formas</nicetitle>
    <published-at type="datetime">2009-07-30T13:17:06Z</published-at>
    <site-id type="integer">1</site-id>
    <status type="integer">1</status>
    <title>Formas</title>
    <updated-at type="datetime">2009-08-11T21:57:03Z</updated-at>
  </post>
  <post>
    <IP type="integer">0.0.0.0</IP>
    <author-id type="integer">1146</author-id>
    <blog-id type="integer">1177</blog-id>
    <body>&lt;IMG class=imgcen id=img_0 style="WIDTH: 373px; HEIGHT: 565px" height=1295 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/jose-gila/14-04003.JPG" width=292&gt;</body>
    <closed-comments type="boolean"></closed-comments>
    <closed-trackbacks type="boolean"></closed-trackbacks>
    <comments-count type="integer">5</comments-count>
    <created-at type="datetime">2009-04-28T15:52:22Z</created-at>
    <date type="datetime">2009-04-30T14:48:00Z</date>
    <id type="integer">315083</id>
    <last-comment-date type="datetime">2009-05-01T10:13:41Z</last-comment-date>
    <myfile-id type="integer"></myfile-id>
    <nicetitle>formas-y-texturas-iii-</nicetitle>
    <published-at type="datetime">2009-04-30T14:48:06Z</published-at>
    <site-id type="integer">1</site-id>
    <status type="integer">1</status>
    <title>Formas y texturas (III)</title>
    <updated-at type="datetime">2009-08-13T16:09:12Z</updated-at>
  </post>
  <post>
    <IP type="integer">0.0.0.0</IP>
    <author-id type="integer">1146</author-id>
    <blog-id type="integer">1177</blog-id>
    <body>&lt;IMG class=imgcen id=img_0 style="WIDTH: 375px; HEIGHT: 564px" height=1267 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/jose-gila/IM000349.JPG" width=403&gt;</body>
    <closed-comments type="boolean"></closed-comments>
    <closed-trackbacks type="boolean"></closed-trackbacks>
    <comments-count type="integer">7</comments-count>
    <created-at type="datetime">2009-04-27T08:24:04Z</created-at>
    <date type="datetime">2009-04-29T14:15:00Z</date>
    <id type="integer">314345</id>
    <last-comment-date type="datetime">2009-05-01T10:12:29Z</last-comment-date>
    <myfile-id type="integer"></myfile-id>
    <nicetitle>formas-y-texturas-ii-</nicetitle>
    <published-at type="datetime">2009-04-29T14:15:07Z</published-at>
    <site-id type="integer">1</site-id>
    <status type="integer">1</status>
    <title>Formas y texturas (II)</title>
    <updated-at type="datetime">2009-08-10T06:57:14Z</updated-at>
  </post>
  <post>
    <IP type="integer">0.0.0.0</IP>
    <author-id type="integer">1146</author-id>
    <blog-id type="integer">1177</blog-id>
    <body>&lt;IMG class=imgcen id=img_0 style="WIDTH: 578px; HEIGHT: 531px" height=766 src="http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/jose-gila/P1000408.JPG" width=667&gt;</body>
    <closed-comments type="boolean"></closed-comments>
    <closed-trackbacks type="boolean"></closed-trackbacks>
    <comments-count type="integer">7</comments-count>
    <created-at type="datetime">2009-04-27T08:16:52Z</created-at>
    <date type="datetime">2009-04-28T14:15:00Z</date>
    <id type="integer">314344</id>
    <last-comment-date type="datetime">2009-04-30T16:23:31Z</last-comment-date>
    <myfile-id type="integer"></myfile-id>
    <nicetitle>formas-y-texturas-i-</nicetitle>
    <published-at type="datetime">2009-04-28T14:15:06Z</published-at>
    <site-id type="integer">1</site-id>
    <status type="integer">1</status>
    <title>Formas y texturas(I)</title>
    <updated-at type="datetime">2009-04-30T16:23:31Z</updated-at>
  </post>
</posts>
