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    <body>" El presidente del P.P Mariano Rajoy , dijo que el Tribunal Constitucionalest&#225; " en tela de juicio " y la primac&#237;a de la ley y del Estado de derecho est&#225; " en discusi&#243;n " una situaci&#243;n de la que responsabiliza al jefe del ejecutivo , Jose Luis Rodriguez Zapatero, por no medir " las consecuencias de sus actos " 

 " Los politicos deben valorar las consecuencias de sus actos , y actuar con mesura, Zapatero no lo hace y por eso en Espa&#241;a pasa lo que pasa." Dijo.

 Rajoy clausur&#243; el congreso provincial de su partido en Pontevedra, acompa&#241;ado por el responsable del partido en Galicia , Alberto Nu&#241;ez Feij&#243;o .

 &#161; Como no va ha tener la culpa el Sr. Zapatero ! hasta de que los iceberg se hayan soltado de la Antartida. ( no defiendo a nadie ni culpo a nadie de nada , simplemente doy mi opini&#243;n al comentario ) esto es sistem&#225;tico , no hay nada que no sea objeto de desacreditaci&#243;n en lo que haga el Gobierno o el Sr. Zapatero , es una animosidad irreflesiva ,es el querer el poder ha costa de lo que sea , y no se da cuenta el Sr. Rajoy , que todo esto son piedras arrojadizas , que un dia se le volveran contra &#233;l.

 Observen ustedes que dice " Los piliticos deben valorar..." No dice " Los politicos debemos valorar.." no se cuenta entre ellos, el no est&#225; sujeto a la valoraci&#243;n de sus actos y a la mesura , ( menuda comilona se pegarian despues del congreso,eso es mesura ). Mucha mano izquierda y saber , tendr&#225; que tener el Gobierno para conseguir que su Proyecto marche y las consecuencias de todo este mal ' rollo ' que se llevan, la pagaremos retrasando la salida de Espa&#241;a de la situaci&#243;n en que se encuentra. Es mi opini&#243;n . Un saludo de alfayomega1970

 Fuente: TXT-TVE

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    <title>" El Presidente del P.P. Mariano Rajoy " El Tribunal Constitucional en tela de juicio"</title>
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    <body>&lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;&#161;Ay madre que gobiernos mas ineficientes hemos tenido en la moderna historia de la democracia de Espa&#241;a!, pero, por mucho que les pese a unos u a otros, me refiero casi exclusivamente y con diferencia a los gobiernos socialistas, mas corruptos, con menos vision sobre la economia y con mas sectarismos y amiguismos que nadie sin importarles romper la cabeza a cualquiera que se interponga en su camino. &lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y es que hoy por hoy, ser del PSOE, en mi opini&#243;n, es sinonimo o de ignorancia supina, del interes mas vil o de estupidez absoluta, no digo que ser del PP no lo sea, ya que en el seno del partido hay tambien incoherencias a punta pala, pero particularmente me voy a centrar en este articulo sobre el PSOE, ya que es sinonimo de personas que no leen, que no se informan, que no contrastan las informaciones de los medios afines al gobierno, que se quieren aprovechar de la sociedad o que son netamente masoquistas. Y esto no tiene nada que ver con ser de izquierdas o de derechas. Ser puede ser de izquierdas, pero estar cansado del PSOE y de sus vilezas e incoherencias, al igual que ser de derechas y no ser del PP y estar hastiado del mismo. Aunque eso de la izquierda y de la derecha es bastante discutible, como en tantas ocasiones he mencionado.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;El caso es que ahora, aunque el proceso lleva ya casi 3 decadas en funcionamiento, la familia Ruiz-Mateos pide una indemnizaci&#243;n de mas de 18.000 millones de Euros por la expropiaci&#243;n indebida de Rumasa que, de confirmarse en el juicio, cosa que apuntan todos los indicios (de hecho hay varias empresas de fondos, sobre todo de pa&#237;ses arabes, que quieren comprar los derechos de dicha deuda a la familia Ruiz-Mateos), supondria el costo de 3 billones de las antiguas pesetas o un costo por ciudadano de 400 Euros (suponiendo la base de 45 millones de ciudadanos), que mas bien representaria cerca de 1000 Euros por cada ciudadano activo de este pa&#237;s. &lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;El hecho es que Boyer y Felipe Gonzalez fueron los principales protagonistas de dicha expropiaci&#243;n, la cual, por otra parte, favorecio a un buen numero de empresarios afines y amigos del PSOE y de dichos personajes, con sus adquisiciones y posteriores malventas de todo el holding empresarial troceado por sus verdugos. Y esta expropiaci&#243;n se realiazo de la forma mas vil, incoherente, sin auditoria previa, sin lugar a negociaci&#243;n, sino via decreto, o decretazo mas bien, llevando a un buen numero de familias al paro ya que muchas de las empresas de este holding se fueron al garete (daba trabajo a mas de 65.000 personas)&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y quien es responsable? El ciudadano? Estas desfachateces, estas inmundicias politicas podrian solventarse si los politicos, y me refiero a todos, que en todos los partidos cuecen habas como se dice, fuesen responsables a perpetuidad de sus decisiones, especialmente si estas se hicieron al margen de la ley, de la legalidad, del buen juicio y de la buena fe. Si esta indemnizaci&#243;n llega a confirmarse, deberian de, tanto Boyer como Felipe Gonzalez, como el resto de afiliados del PSOE que hubiera en ese momento, o como m&#237;nimo, los miembros del gobierno al completo, responder con todos sus bienes, presentes, pasados y futuros y con todas las participaciones en sociedades que estos tengan para pagar si no todo, si una parte, de la misma.&lt;/FONT&gt;

 &lt;P class=MsoNormal style="MARGIN: 0cm 0cm 0pt"&gt;&lt;FONT face="Times New Roman" size=3&gt;Y es que esa seria una buena ley, es logico que un estado cometa errores, si los humanos somos imperfectos, un estado no lo es menos al estar formado por personas. Pero hay errores y errores. Hay errores que son fruto de una mala intencion, si Rumasa se hubiera expropiado por error pero hubiera sido gestionada de forma eficiente, sin venderla y luego devuelta, una vez auditada, pues es un error paliado que no ha supuesto coste para nadie. O si se hubiera expropiado una parte proporcional a la supuesta deuda que existia, sin buscar usura ni pretender la ruina de nadie, se hubieran expropiado algunas empresas para compensar lo supuestamente adeudado que no hubiesen hundido a esta familia ni su holding, pero sus empresas eran suculentas y la familia Ruiz-Mateos acumulaba demasiado poder como para no temerle. Y ah&#237; vino el decretazo!! Y la ley que propongo seria la siguiente, que toda actuaci&#243;n del gobierno o de autonomias, diputaciones o ayuntamientos, encaminada a la expropiaci&#243;n de un bien o de empresas, debe de estar auditada por empresas independientes, y si se comete algun error de expropiaciones o multas, estas deban de ser abonadas, si en juicio as&#237; se dictamina, por los responsables de su ejecuci&#243;n, si se manifiesta mala intencion, intereses o fallos en el proceso. Obviamente habr&#237;a que extenderse mas en la elaboraci&#243;n de la ley, pero no se puede permitir que los politicos tomen algunas decisiones a sus anchas y que luego jam&#225;s paguen por sus errores, hay cosas que no deberian de prescribir nunca y todos los politicos deberian de pagar sus facturas con el ciudadano.&lt;/FONT&gt;

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    <title>RUMASA, GONZALEZ Y BOYER EL DESPILFARRADOR</title>
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    <body>&lt;a href="http://www.elpais.com/articulo/espana/Supremo/avala/Sitel/tercera/vez/considera/preferible/anteriores/sistemas/elpepuesp/20091119elpepunac_2/Tes" title="http://www.elpais.com/articulo/espana/Supremo/avala/Sitel/tercera/vez/considera/preferible/anteriores/sistemas/elpepuesp/20091119elpepunac_2/Tes" id="link_0"&gt;El Sistema Integrado de Interceptaci&#243;n Telef&#243;nica (Sitel) ha sido avalado hoy por el Tribunal Supremo como un sistema "preferible a los modos e intervenci&#243;n anteriores a su implantaci&#243;n"&lt;/a&gt;. Con la sentencia del Supremo, el sistema, que se desarroll&#243; durante el Gobierno de Aznar, aunque no se lleg&#243; a poner en marcha, ha sido avalado por tercera vez. El PP se sigue oponiendo a este sistema de escuchas. Seg&#250;n Gonz&#225;lez Pons, "no estamos diciendo que haya escuchas ilegales, estamos diciendo que hay un sistema ilegal de escuchas". 

En &lt;a href="../" title="http://lacomunidad.elpais.com" id="link_6"&gt;La Comunidad&lt;/a&gt;  tambi&#233;n se ha hablado de la pol&#233;mica en torno a Sitel de estos d&#237;as: 
&lt;ul&gt;&lt;li&gt;&lt;a href="../santiagoquintana/2009/11/19/sitel" title="http://lacomunidad.elpais.com/santiagoquintana/2009/11/19/sitel" id="link_1"&gt;Sitel&lt;/a&gt; &lt;/li&gt;&lt;li&gt;&lt;a href="../gregaral08/2009/11/19/a-petrov-tampoco-gusta-sitel" title="http://lacomunidad.elpais.com/gregaral08/2009/11/19/a-petrov-tampoco-gusta-sitel" id="link_2"&gt;A Petrov tampoco le gusta Sitel&lt;/a&gt; &lt;/li&gt;&lt;li&gt;&lt;a href="../amanece-que-no-es-poco/2009/11/19/-rubalcaba-connection-" title="http://lacomunidad.elpais.com/amanece-que-no-es-poco/2009/11/19/-rubalcaba-connection-" id="link_3"&gt;&#191;Rubalcaba connection?&lt;/a&gt; &lt;/li&gt;&lt;li&gt;&lt;a href="../pereztroika/2009/11/19/faltan-42-dias" title="http://lacomunidad.elpais.com/pereztroika/2009/11/19/faltan-42-dias" id="link_4"&gt;Faltan 42 d&#237;as&lt;/a&gt; &lt;/li&gt;&lt;li&gt;&lt;a href="../-y-yo-con-estos-pelos-/2009/11/19/el-pp-y-su-politica-tierra-quemada-" title="http://lacomunidad.elpais.com/-y-yo-con-estos-pelos-/2009/11/19/el-pp-y-su-politica-tierra-quemada-" id="link_5"&gt;El PP y su pol&#237;tica de tierra quemada&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; </body>
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    <title>La pol&#233;mica por Sitel</title>
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    <body>Reproducimos la carta que Juli&#225;n Esteban Rivera ha dirigido al alcalde de Navahermosa:



"Solicito&lt;STRONG&gt; &lt;/STRONG&gt;tenga a bien no autorizar la celebraci&#243;n de la eucarist&#237;a cristiana o cualquier otro ritual de naturaleza religiosa sobre la fosa com&#250;n donde se halla sepultado nuestro familiar&lt;SPAN id=more-2034&gt;&lt;/SPAN&gt; JULI&#193;N ESTEBAN RIVERA

Se&#241;or Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Navahermosa:

Como es sabido, existe en el cementerio municipal de Navahermosa una fosa com&#250;n donde fueron arrojados m&#225;s de un centenar de republicanos ejecutados desde 1939 a 1942. Entre los cad&#225;veres all&#237; inhumados se encuentra el de mi t&#237;o carnal, Felipe Esteban Rivera, fusilado el 21 de octubre de 1941 &#8220;en las tapias del cementerio de esta villa&#8221; por &#8220;Adhesi&#243;n a la Rebeli&#243;n y Traici&#243;n&#8221;, seg&#250;n la farsa de sentencia, carente de cualquier garant&#237;a jur&#237;dica, dictada en procedimiento sumar&#237;simo de urgencia n&#186; 19528; cuando, en realidad, por lo que se le arrebat&#243; la vida fue por defender la Constituci&#243;n espa&#241;ola de 1931, alistado desde los dieciocho a&#241;os como voluntario en el ej&#233;rcito Republicano, al cual sirvi&#243; hasta las &#250;ltimas consecuencias con el grado de sargento. Tal era la justicia de los sublevados contra la Segunda Rep&#250;blica: condenar como &#8220;rebeldes y traidores&#8221; a los leales al gobierno legalmente constituido; una &#8220;justicia al rev&#233;s&#8221;, como reconociera, c&#237;nicamente, el &#8220;cu&#241;ad&#237;simo&#8221; de Franco, Ram&#243;n Serrano S&#250;&#241;er.

A los familiares de Felipe Esteban Rivera nos consta -por certificaci&#243;n original conservada en el Archivo Hist&#243;rico del Ministerio de Defensa- que la inhumaci&#243;n irregular de los restos mortales de este ejecutado se llev&#243; a cabo en la fila 14, n&#186; 50 de la fosa com&#250;n de Navahermosa. Igualmente, hemos tenido conocimiento de que, el D&#237;a de Difuntos, viene celebr&#225;ndose la eucarist&#237;a cat&#243;lica sobre la referida fosa com&#250;n; costumbre cuando menos inaudita en lugar donde fueron abandonados anarquistas, comunistas, socialistas, simples republicanos, &#8220;bandoleros o huidos de la sierra&#8221;, agn&#243;sticos&#8230; v&#237;ctimas, muchas de ellas, significativamente desafectas a la religi&#243;n cat&#243;lica. Quisi&#233;ramos creer que la inadecuada elecci&#243;n del lugar para la celebraci&#243;n de tal liturgia fuese consecuencia de un simple error de apreciaci&#243;n, por no alcanzar a entender los organizadores del acto el significado de provocaci&#243;n religiosa que pudiese darse al mismo por parte de los deudos de las v&#237;ctimas. Sea como fuere, la familia de Felipe Esteban Rivera, en consideraci&#243;n a la memoria debida a nuestro difunto, cuya elecci&#243;n &#233;tica e ideol&#243;gica le llev&#243; en vida a renegar de toda creencia religiosa, nos oponemos con total rotundidad a la celebraci&#243;n sobre su tumba, -a&#250;n siendo &#233;sta provisional- de todo tipo de rito religioso.

Se&#241;or alcalde: los cementerios son recintos civiles cuya gesti&#243;n compete al gobierno municipal (art&#237;culo 25.2.j de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del R&#233;gimen Local). Su administraci&#243;n viene regida por el vigente Reglamento de Polic&#237;a Sanitaria Mortuoria, aprobado por Decreto 2263/1974, de 20 de Julio y el Decreto 37/1990, de 13 de Mayo, dictado por la Consejer&#237;a de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Es por lo que con este escrito y en su calidad de responsable &#250;ltimo de la gesti&#243;n y administraci&#243;n del cementerio municipal de Navahermosa,

&lt;STRONG&gt;Solicito &lt;/STRONG&gt;tenga a bien no autorizar la celebraci&#243;n de la eucarist&#237;a cristiana o cualquier otro ritual de naturaleza religiosa sobre la fosa com&#250;n donde se halla sepultado nuestro familiar. Lo contrario lo entender&#237;amos como una &#8220;profanaci&#243;n de la memoria debida a los muertos, una acci&#243;n intencionada de provocaci&#243;n religiosa, de sometimiento moral, de chantaje emocional, de desprecio y humillaci&#243;n&#8221; a los familiares de Felipe Esteban Rivera; y, por extensi&#243;n, a ciento cuarenta v&#237;ctimas del franquismo, as&#237; como a sus deudos.

Atentamente.

Firma: Juli&#225;n Esteban Rivera

19 de octubre de 2009"



Visto en:

&lt;A href="http://www.foroporlamemoria.info/2009/10/carta-al-senor-alcalde-de-navahermosa/"&gt;http://www.foroporlamemoria.info/2009/10/carta-al-senor-alcalde-de-navahermosa/&lt;/A&gt;

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    <title>Carta de Juli&#225;n Esteban Rivera al Alcalde de Navahermosa</title>
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    <body>Rudolf Sl&#225;nski naci&#243; en 1902 y fue uno de los primeros comunistas checoslovacos, adem&#225;s de seguidor de Stalin. En 1944 fue nombrado secretario general del Partido Comunista checo. Fue uno de los pol&#237;ticos que m&#225;s hizo por instaurar el comunismo en su pa&#237;s. 

 La situaci&#243;n de Sl&#225;nski cambi&#243; a partir de las purgas de signo antisemitas promovidas por Stalin a finales de los a&#241;os cuarenta en la URSS y en Hungr&#237;a. Stalin presion&#243; a Gotwald para que aceptara la celebraci&#243;n de varios juicios con el fin de erradicar la influencia jud&#237;a y de Titoist en el Partido Comunista. Asi pues, Sl&#225;nski fue detenido el 23 de noviembre de 1951. Fue torturado y bajo esta situaci&#243;n admiti&#243; los cargos que se formularon contra &#233;l. Junto con otros diez jud&#237;os fue sentenciado a muerte el 26 de noviembre de 1952, y ahorcado el 3 de diciembre.

 A t&#237;tulo p&#243;stumo fue rehabilitado durante la Primavera de Praga.

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    <title>El juicio de Sl&#225;nski</title>
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    <body>La cuesti&#243;n objeto de estudio consiste en determinar &lt;DEL&gt;&lt;STRONG&gt;&lt;DEL&gt;&lt;DEL&gt;&lt;DEL&gt;&lt;STRONG&gt;&lt;DEL&gt;&amp;lt;strong&amp;gt;&amp;amp;lt;strong&amp;amp;gt;si cabe enervar la acci&#243;n de desahucio, mediando un segundo retraso en el pago del alquiler tras un desahucio anterior&amp;amp;lt;/strong&amp;amp;gt;&amp;lt;/strong&amp;gt;&lt;/DEL&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;/DEL&gt;&lt;/DEL&gt;&lt;/DEL&gt;&lt;/STRONG&gt;&lt;/DEL&gt;.
Lo cierto es que cuando el propio contrato estipula un plazo m&#225;ximo de retraso en el pago, previendo expresamente que despu&#233;s de vencido este plazo el arrendador podr&#225; promover el desahucio, carece de sentido plantearse si un retraso superior constituye ya incumplimiento resolutorio o mero retraso, pues las propias partes lo han configutrado como incumplimiento justificativo del desahucio,y al propio contrto habr&#225; de estarse; de otro, que la consideraci&#243;n de otros plazos diferentes por los tribunales, para distinguir el mero retraso del incumplimiento resolutorio, conducir&#237;a a la m&#225;s absoluta inseguridad jur&#237;dica creando un indudable riesgo de arbitrariedad m&#225;s que de arbitirio judicial, sin perjuicio de que las circunstancias del caso concreto s&#237; puedan y deban ser atendidas para valorar si efectivamente ha existido o no incumplimiento contractual; y por &#250;ltimo, que un excesivo proteccionismo de los arrendatarios, sobre todo si raya en el paternalismo, puede generar el indeseable efecto general de retraer la oferta de viviendas en alquiler por el temor de los propietarios a tener que soportar los reiterados incumplimintos de los inquilinos, m&#225;xime cuando en mcuhas ocasiones la necesidad del arrendador de cobrar puntualmente la renta puede ser tan acuciante como la del inquilino de disponer de una vivienda.
Resulta, as&#237;, que la regulaci&#243;n de los arrendamientos se caracteriza por responder a las circunstancias econ&#243;mico-sociales de cada etapa hist&#243;rica, incumbiendo al legislador snetar las normas y a los jueces y tribunales interpretarlas. No cabe desconocer que la evoluci&#243;n de la legislaci&#243;n arrendaticia urbana desde el REal Decreto Ley 2/1985, de 30 de abril, sobre medidas de pol&#237;tica econ&#243;mica, ha venido respondiendo a una limitacion de los derechos del arrendatario en la prolongaci&#243;n temporal de la relaci&#243;n arrendaticia y, sobre todo, a un progresivo refuerzo de la tuela del arrendador frente a los incumplimientos contractuales del arrendadtario, buena muestra de lo cual es la reducci&#243;n de las posibilidades de enervaci&#243;n de la acci&#243;n de desahucio por falta de pago a una sola; y la inclusi&#243;n de las demandas sobre desahucios de finca urbana por falta de pago de rentas o cantidades debidas en el &#225;mbito de los juicios de se&#241;alamiento r&#225;pido. Es la propia legislaci&#243;n arrendaticia urbana, por tanto, la que en determinadas circunstancias acaba equiparando el cumplimiento tard&#237;o por el arendatario de su obligaci&#243;n de pagar la renta a un cincumplimiento definitivo que justifica la resoluci&#243;n del contrato a instancia del arrendador, de suerte que la enervaci&#243;n se presenta no tanto como un derecho cuanto como una oportunidad del arrendtario de evitar el desahucio. En definitiva, dentro del cuidadoso equilibrio entre los derechos del arrendador y del inquilino que la legislaci&#243;n arrendaticia urbana busca en cada etapa hist&#243;rica, con normas que progegen al arrendatario, como la pr&#243;rroga forzosa antes y la duraci&#243;n m&#237;nima del contrato ahora, y otras que amparan al arrendador frente a los incumplimientos de aqu&#233;l, como la actual reducci&#243;n de las oportunidades de enervaci&#243;n del desahucioa una sola, al arrendador no le es indiferente el momento en que se le pague la renta estipulada, y el abuso de derecho estar&#225; no tanto en el arrendador que pretenda resolver el contrato por impago puntual de la renta cuanto en el arrendatario que persista en su impuntualidad. Por eso la enervaci&#243;n del desahucio no puede entenderse ya como un "derecho procesal" que menoscabe el derecho sustantivo del arrendador a que se le pague la renta puntualmente, sino como una oportunidad que la propia ley administra cuidadosamente atendiendo a razones sociales de cada momento hist&#243;rico, y de ah&#237; que no quepa obligar al arrendador a interponer una demanda tras otra cuando resulta que no depende de &#233;l el momento en que sus reclamaciones vayan a ser conocidas por el inquilino y, en cambio, si depende de &#233;ste el pago puntual de la renta.</body>
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    <title>DESAHUCIO Y ENERVACION. IMPAGO DE RENTAS</title>
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    <body>&lt;div&gt;&lt;img src="http://t3.gstatic.com/images?q=tbn:d0ODlWmVdC7obM:http://www.colegaweb.org/medias/Image/Espana/asesinoVigo.jpg" id="img_0" class="imgcen"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div&gt;
&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;div style="text-align:center"&gt;&lt;a href="http://www.ambienteg.com/integracion/el-tsxg-anula-la-sentencia-del-crimen-de-vigo" title="http://www.ambienteg.com/integracion/el-tsxg-anula-la-sentencia-del-crimen-de-vigo" id="link_0"&gt;ambienteg.com&lt;/a&gt; 
&lt;/div&gt;&lt;/div&gt;&lt;div&gt;
&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;span class="Apple-style-span" style="font-weight: bold; "&gt;Tras estimar el recurso presentado por la familia de una de las v&#237;ctimas y por parte de la Fiscal&#237;a, el Tribunal gallego ha declarado nulo un juicio celebrado con jurado popular&lt;/span&gt;. Jacobo Pi&#241;eiro confes&#243; haber asesinado, en julio de 2006, a dos j&#243;venes homosexuales tras asestarles 57 pu&#241;aladas en el domicilio donde viv&#237;a la pareja. Posteriormente incendi&#243; el inmueble, ubicado en la calle Oporto de Vigo. El jurado popular lo absolvi&#243; del homicidio -por el que el fiscal ped&#237;a 60 a&#241;os- y lo conden&#243; a 20 a&#241;os de prisi&#243;n por el incendio.&lt;/div&gt;</body>
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    <nicetitle>el-tribunal-superior-xusticia-galicia-anula-condena-por</nicetitle>
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    <title>El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia anula la condena por el asesinato de dos homosexuales2</title>
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    <body>Hemos dedicado mucha atenci&#243;n a los procesos de depuraci&#243;n que distintos cuerpos de funcionarios de las diversas administraciones p&#250;blicas sufrieron por parte del franquismo. Recientemente, se ha publicado un estudio editado por la Fundaci&#243;n Largo Caballero, al respecto.

El libro es fruto de un proyecto de la historiadora Josefina Cuesta, catedr&#225;tica de la Universidad de Salamanca. El t&#237;tulo de la obra es el siguiente, &lt;EM&gt;Depuraci&#243;n de funcionarios bajo la dictadura franquista&lt;/EM&gt;. Se recogen estudios sobre Salamanca, Sevilla y Extremadura.

Una vez instaurada la dictadura en todo el pa&#237;s los funcionarios debieron acreditar su no pertenencia a partidos y sindicatos vinculados a la Rep&#250;blica, ni actividades significadas en su defensa. Los funcionarios necesitaban el aval de un p&#225;rroco o de una persona libre de toda sospecha y adicta claramente al r&#233;gimen. El proceso no ten&#237;a ninguna garant&#237;a procesal, ya que, era el investigado el que deb&#237;a demostrar su "inocencia", y aportar documentaci&#243;n. Era un juicio moral y pol&#237;tico.

La noticia en:

&lt;A href="http://www.salamanca24horas.com/noticias/la-fundacion-largo-caballero-edita-un-libro-sobre-la-depuracion-de-funcionarios-en-el-franquismo-14235.html"&gt;http://www.salamanca24horas.com/noticias/la-fundacion-largo-caballero-edita-un-libro-sobre-la-depuracion-de-funcionarios-en-el-franquismo-14235.html&lt;/A&gt;

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    <nicetitle>depuracion-funcionarios</nicetitle>
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    <title>Depuraci&#243;n de funcionarios</title>
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    <body>El conseller de Interior, Joan Saura, anunci&#243; que el Govern Catal&#225;n aprobar&#225; a mediados del mes de octubre un acuerdo para reclamar la nulidad del juicio al president Lluis Companys.

 Se instar&#225; al Fiscal General del Estado a reclamar la revisi&#243;n del juicio que sufri&#243; Companys, y la subsiguiente anulaci&#243;n de la sentencia condenatoria. Se tratar&#237;a de una demanda hist&#243;rica "para conseguir la nulidad del juicio al presidente, el &#250;nico de Europa democr&#225;tica fusilado".

 El pr&#243;ximo d&#237;a 13 se celebrar&#225; en M&#233;xico el acto de entrega del documento de reparaci&#243;n y reconocimiento de la figura de Companys a su nieta, Mar&#237;a Llu&#239;sa Gally. Este acto estar&#225; presidido por el ministro de Justicia y el conseller, representando a la Generalitat.

 La noticia en:

 &lt;A href="http://www.20minutos.es/noticia/530162/0/nulidad/juicio/companys/"&gt;http://www.20minutos.es/noticia/530162/0/nulidad/juicio/companys/&lt;/A&gt;

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    <title>La Generalitat reclamar&#225; la nulidad del juicio a Companys</title>
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    <body>Con una actitud cobarde, fr&#237;a y cobarde, siguiendo consignas de su defensa, Josu&#233; Est&#233;banez, mentecato donde los haya, pide perd&#243;n a su v&#237;ctima y a los familiares. Pura estratagema. Yo era feliz y f&#237;jese, la vida me cambi&#243;. Matar. Vaya mentalidad, la muerte y otras sorpresas en el camino: asesinar por la cara, por chuler&#237;a, por ideolog&#237;a.

 El caso ha quedado visto para sentencia. Todos deseamos que &#233;sta sea ejemplar. Y que tenga tiempo en prisi&#243;n de pensar en esv&#225;ticas, himnos nacionales, pu&#241;os de hierro y navajas. Todo el tiempo del mundo. Esperamos que la muerte de Carlos no haya sido en vano, que sirva para, al menos, hacer reflexionar a todos... &#191;hay que matar por las ideas?, &#191;asesinar por un heil naci&#243;n?, &#191;arruinar vidas, incluida la ruinosa vida de uno mismo?.

 Se lo dice Mavi Mu&#241;oz, mujer admirable, madre del chico asesinado: "Te deseo lo peor, Josu&#233;". Lo decimos desde estas l&#237;neas: "Ojal&#225; te pudras en la c&#225;rcel, Josu&#233;".

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    <title>VISTO PARA SENTENCIA EL JUICIO CONTRA EL NAZI ASESINO EST&#201;BANEZ</title>
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